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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 22 Martes, 3 de febrero de 2015 Pág. 4929

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Trabajo y Bienestar

CÉDULA de 13 de enero de 2015, de la Dirección General de Empleo y Formación, por la que se publica la resolución dictada en el procedimiento de baja en el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo, de la entidad Sociedad Cooperativa Copás (número de censo 15H00151) devuelta por el servicio de Correos porque, intentada la notificación en dos ocasiones, no se pudo efectuar.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la Sociedad Cooperativa Copás la Resolución de 3 de noviembre de 2014, de la directora general de Empleo y Formación, dictada en el procedimiento de baja en el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo de la Consellería de Trabajo y Bienestar, devuelta por el servicio de Correos porque, intentada la notificación en dos ocasiones, no se pudo efectuar.

«Número de censo: 15H00151

Sociedad Cooperativa Copás

Calle Hórreo, número 23, entresuelo

15702 Santiago de Compostela

A Coruña

Después de examinar la inscripción de la entidad Sociedad Cooperativa Copás en el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo de la Consellería de Trabajo y Bienestar.

Supuestos de hecho.

Primero. La entidad Sociedad Cooperativa Copás se encuentra inscrita en el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo de la Consellería de Trabajo y Bienestar, con el número 15H00151, en las especialidades formativas siguientes:

Código de la especialidad

Descripción

Alta de homologación

TMVC31

Condutor de vehículos clase C

17.10.2001

Segundo. Por parte de la Jefatura Territorial de la Consellería de Trabajo y Bienestar de A Coruña, el 19 de febrero de 2014 y el 25 de marzo de 2014, acuse de recibo de 28 de marzo de 2014, se requirió a la entidad Sociedad Cooperativa Copás, a los efectos de comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa vigente para mantener la condición de centro/entidad inscrito o acreditado en el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo de la Consellería de Trabajo y Bienestar, la documentación prevista en los artículos 5 y 6 del Decreto 106/2011, informándole de que, en caso de no adjuntar la documentación requerida, se propondrá su baja en dicho registro.

Tercero. La Sociedad Cooperativa Copás no presentó la documentación requerida.

Cuarto. En cumplimiento de lo dispuesto en la disposición transitoria primera del Decreto 106/2011, el 15 de octubre de 2014, la jefa territorial de la Consellería de Trabajo y Bienestar de A Coruña propone la revocación de la inscripción del centro.

Fundamentos de derecho.

Primero. La competencia para resolver el presente expediente le corresponde a la directora general de Empleo y Formación, de conformidad con el establecido en el artículo 6.3) y artículo 8 del Decreto 106/2011, de 19 de mayo.

Segundo. La disposición transitoria primera del Decreto 106/2011, de 19 de mayo, dispone que los centros y entidades de formación inscritos en el Censo de centros colaboradores de formación ocupacional de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud en virtud del Decreto 158/2001, quedarán inscritos y, si es el caso, acreditados, en el Registro de Centros y Entidades de Formación en aquellas especialidades formativas en que habían estado homologados, y que dispondrán de un plazo de dos (2) años para adaptar sus instalaciones a los requisitos establecidos en el artículo 30 de la Orden TAS 718/2008, de 7 de marzo. Asimismo, establece que, transcurrido el dicho plazo de dos (2) años sin adaptarse a dicha normativa, causarán baja automáticamente.

Revisado el expediente se comprueba que la Sociedad Cooperativa Copás no acreditó el cumplimiento de los requisitos para la inscripción y acreditación de los centros y entidades de formación para el empleo en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia, del número de censo 15H00151.

Tercero. Toda vez que en la tramitación del expediente se observaron las normas que al efecto se establecen en el Decreto 106/2011, de 19 de mayo, y en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Después de ver el Real decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, modificada por la Orden ESS/1726/2012, de 2 de agosto, por la que se desarrolla dicho real decreto, el Decreto106/2011, de 19 de mayo, por lo que se crea el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo de la Consellería de Trabajo y Bienestar y se regula el procedimiento para la inscripción y, en su caso, acreditación de los centros y entidades que impartan formación para el empleo en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia, el Decreto 235/2012, de 5 de diciembre, por lo que se fija la estructura orgánica de la Vicepresidencia y de las consellerías de la Xunta de Galicia, el Decreto 42/2013, de 21 de febrero, por lo que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Trabajo y Bienestar, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y demás normativa de general aplicación.

RESUELVO:

Dar de baja a la entidad Sociedad Cooperativa Copás, número de censo 15H00151, del Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo de la Consellería de Trabajo y Bienestar.

Se notifique a los interesados la presente resolución para su conocimiento y efectos oportunos.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la conselleira de Trabajo y Bienestar en el término de un mes a contar desde su notificación de acuerdo con el establecido en el artículo 114, siguientes y concordantes, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero)».

Santiago de Compostela, 13 de enero de 2015

Ana Mª Díaz López
Directora general de Empleo y Formación