Intentada la notificación personal y devuelta por el servicio de Correos por resultar imposible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, por la presente cédula se notifica a la entidad relacionada en el anexo el acuerdo de inicio del procedimiento de reintegro de la subvención concedida mediante resolución del director general de Promoción del Empleo de fecha 7 de agosto de 2009.
Se hace saber que el interesado dispondrá de un plazo de 15 días para que alegue o presente los documentos que estime pertinentes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 77 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Se le recuerda también su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de esta dirección general, sita en el Edificio Administrativo San Lázaro, s/n en Santiago de Compostela, y a obtener, en su caso, copia de la resolución, según lo previsto en la letra a) del artículo 35 de la mencionada Ley 30/1992.
Santiago de Compostela, 7 de enero de 2015
Ana María Díaz López
Directora general de Empleo y Formación
ANEXO
Entidad: Asociación de Empresarios de Arcade-Soutomaior.
Dirección: avda. Castelao, 47 bajo. 36690 Soutomaior, Pontevedra.
Nº de expediente: TR352A 2009/327-0.
Fecha del acuerdo de inicio del expediente de reintegro: 5 de noviembre de 2014.
Preceptos incumplidos: artículo 7.2.a) de la Orden de 29 de diciembre de 2008, por la que se establecen las bases que regulan, para el ejercicio del año 2009, las ayudas y subvenciones para el fomento del empleo a través de los programas de cooperación en el ámbito de colaboración con las entidades locales y con los órganos y organismos de las administracións públicas distintas de la local, universidades y entidades sen ánimo de lucro y se procede a su convocatoria (DOG nº 7, de 12.1.2009), artículo 33.1.g) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Cantidad a reintegrar: 87,45 €.