Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:
Solicitante: Xallas, Flejes y Suministros del Embalaje.
Domicilio social: María Ángeles de la Gándara, 9-11, 15890 Santiago de Compostela.
Denominación: CS y CT de 400 kVA.
Situación: Paramos, 22, Val do Dubra, A Coruña.
Características técnicas: dos celdas de entrada/salida, celda de seccionamiento de la compañía, remonte a protección general, celda de protección general, celda de medida y transformador trifásico reductor de tensión, con neutro accesible en el secundario, de 400 kVA y refrigeración natural en aceite, 20 kV de tensión primaria y 420 V de tensión secundaria en vacío y grupo de conexión DNY11.
En cumplimiento de los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre (BOE núm. 310), del sector eléctrico, y en el título VII, capítulo II, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y de acuerdo con la Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54), esta jefatura territorial resuelve:
Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.
Esta instalación está previsto que se ejecute en un plazo de un año, a contar a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria.
Esta autorización se otorga sen perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía e Industria en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su notificación o publicación en los términos establecidos en los artículos 107,110,114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero); sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.
A Coruña, 10 de diciembre de 2014
Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña