De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que a continuación se relacionan las resoluciones que la subdirectora general de Inspección de Transportes dictó en los expedientes sancionadores instruidos por infracción de la normativa vigente de los transportes terrestres, porque, intentada la notificación, no se pudo efectuar.
Se les hace saber que contra dicha resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe recurso de alzada, ante la directora general de Movilidad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula.
Las sanciones impuestas fueron abonadas anticipadamente con una reducción del 30 % de su importe en la forma prevista en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres.
Para que conste y sirva de notificación a los interesados, firmo y sello esta cédula.
Santiago de Compostela, 24 de noviembre de 2014
Mercedes López Caneda
Subdirectora general de Inspección del Transporte
ANEXO
Expediente Matrícula Denunciante |
Persona sancionada DNI/CIF Última dirección conocida |
Infracción cometida Fecha; hora; carretera; p.k. |
Precepto calificador |
Precepto sancionador |
Sanción impuesta |
LU-00378-O-2014 Z-5931-BS Guardia Civil 2702 U89694K |
Sociedad Coop. Agropecuaria San Mamés F34173930 San Mamés, 1 34220 Magaz de Pisuerga Palencia |
Disminución del descanso diario reducido en más de 1 hora (sobre 9 horas). Igual o superior a 7 horas e inferior a 8 horas. 29.1.2014; 10.00; A-6; 507,00 |
Art. 141.24.4 LOTT |
Art. 143.1.d) LOTT Art. 143.4.b) LOTT |
401 |
LU-00589-O-2014 1083-HMW Guardia Civil 2701 F02025Q |
Translano, S.L. B27280619 Avda. de Magoi, 64 27002 Lugo |
El exceso igual o superior al 15 por ciento e inferior al 25 por ciento sobre la MMA total en vehículos con MMA hasta 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior al 17 %. 21.2.2014; 7.21; A-6; 485,00 |
Art. 141.2 LOTT |
Art. 143.1.f) LOTT |
850 |
LU-00912-O-2014 0279-CRW Guardia Civil 2701 V08644T |
Nadeiros, S.L. B27424886 Plaza Fonte dos Ranchos, 39 27003 Lugo |
El exceso igual o superior al 15 por ciento e inferior al 25 por ciento sobre la MMA total en vehículos con MMA hasta 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior al 15 %. 26.3.2014; 10.19; N-VI; 507,00 |
Art. 141.2 LOTT |
Art. 143.1.f) LOTT |
801 |
PO-03588-O-2013 PO-5031-BP Guardia Civil 3601 N04453S |
Distribuciones Marmel, C.B. E27744614 C/ Barrio Peinador, 58D (Peinador) 36417 Vigo (Pontevedra) |
Atenuante. Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero careciendo de título habilitante. 27.9.2013; 5.15; N-550; 126.500 |
Art. 141.25 en relación con el art. 140.1 LOTT |
Art. 143.1.k) en relación con la letra f) LOTT |
801 |
XC-02280-O-2014 3428-FXM Guardia Civil 1504 A35144Y |
Pescados Juan Fernández, S.L.U. B15301740 Puerto pesquero, s/n 15965 Aguiño-Ribeira (A Coruña) |
La realización de transportes de productos alimenticios o mercancías perecederas utilizando un vehículo que carezca del certificado de conformidad para el transporte de mercancías perecederas o tenerlo caducado o falseado. 11.1.2014; 10.22; DP-7301; 1,3 |
Art. 141.21 LOTT |
Art. 143.1.d) LOTT |
401 |