La directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 29 de octubre de 2014, resolución por la cual se desestima el recurso potestativo de reposición interpuesto por Elda Lozano Díaz y a Arturo Sordo Muíño contra la Resolución de 13 de septiembre de 2013 dictada por la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, en relación con las obras consistentes en la nueva construcción de una vivienda unifamiliar, en el lugar de San Bartolo, San Pedro de Benquerencia, en el término municipal de Barreiros, provincia de Lugo.
Al no poder realizarse la notificación personal de la referida resolución a los citados interesados, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se les notifica a los citados interesados dicha resolución.
Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se les hace saber a los interesados que el texto íntegro de la resolución que se les notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, sitas en el Edificio Witland, 1ª planta, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesado podrán interponer recurso contencioso-administrativo, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1.3ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a aquel en que haya producido la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada ley.
Para que conste y les sirva de notificación a los interesados, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la LRJPAC, expido y firmo esta cédula.
Santiago de Compostela, 18 de noviembre de 2014
María Martínez Allegue
Directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística