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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 226 Martes, 25 de noviembre de 2014 Pág. 48589

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Sanidad

CÉDULA de 27 de octubre de 2014, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se notifica el acuerdo de inicio del expediente sancionador 2014286TA-PO por infracción en materia sanitaria.

En fecha 11 de septiembre de 2014, la jefa territorial de la Consellería de Sanidad de Pontevedra dictó acuerdo de inicio del expediente sancionador 2014286TA-PO incoado en la Jefatura Territorial de la Consellería de Sanidad de Pontevedra contra Víctor Martínez Alonso, con NIF 35546307Z, como responsable del establecimiento Club Cóndor.

Tras intentar la notificación de este acuerdo según lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, no se pudo practicar, por lo que, mediante esta cédula, se notifica a Víctor Martínez Alonso el contenido de dicho acuerdo, que figura en el anexo, según lo dispuesto en el apartado 5 del referido artículo, para que tenga conocimiento del mismo.

Asimismo, se le hace saber el derecho que le asiste, al amparo de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 16 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, para presentar alegaciones, ante esta jefatura territorial, en el plazo de quince (15) días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta cédula, recordándole su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de esta jefatura, sita en Pontevedra en el Edificio Administrativo de la Xunta de Galicia; calle Fernández Ladreda, número 43-1ª planta, y a obtener, en su caso, copia del mismo, según lo previsto en el apartado a) del artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Se le notifica también que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de dicho acuerdo en el citado plazo, el acuerdo de inicio podrá ser considerado propuesta de resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del citado reglamento.

Esta cédula se expide para que conste y sirva de notificación al interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pontevedra, 27 de octubre de 2014

Ángeles Feijoo-Montenegro Fernández
Jefa territorial de Pontevedra

ANEXO

Número del expediente: 2014286TA-PO.

Denunciado: Víctor Martínez Alonso, con NIF 35546307Z, como responsable del establecimiento Club Cóndor.

Último domicilio conocido: Balteiro, número 50, 36416 Petelos-Mos (Pontevedra).

Hecho imputado: supuesta infracción de lo previsto en la Ley 28/2005, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, modificada por la Ley 42/2010, de 30 de diciembre.

Preceptos presuntamente infringidos:

– Disposición adicional tercera de la Ley 28/2005, que establece que en los centros o dependencias en los que existe prohibición legal de fumar deberán colocarse en su entrada, en lugar visible, carteles que anuncien la prohibición del consumo de tabaco.

– Artículo 7) «Se prohíbe fumar..., en: u) Bares, restaurantes y demás establecimientos de restauración cerrados».

Tipificación: dos infracciones administrativas, una tipificada como leve y otra como grave en los artículos 19.2.d) y 19.3.b) de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, modificada por la Ley 42/2010, de 30 de diciembre.

Sanción propuesta: mil doscientos euros (1.200 €).