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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 222 Miércoles, 19 de noviembre de 2014 Pág. 48008

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 31 de octubre de 2014 por la que se notifica la imposición de una tercera multa coercitiva (expediente IU3/110/2011-C1).

La directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 25 de septiembre de 2014, resolución por la que se impone una tercera multa coercitiva a José Antonio Otero Piñeiro como consecuencia de incumplir la Resolución de 18 junio de 2012 por la que se ordena la demolición de las obras consistentes en la construcción de una edificación con tipología de vivienda unifamiliar sin vinculación a explotación agropecuaria, en el lugar de Vilar, Marnés, parroquia de Pantón, en el término municipal de Pantón, provincia de Lugo.

Al no poderse realizar la notificación personal de aquella resolución, mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se notifica al interesado dicha resolución.

Teniendo en cuenta que el acto no se publica en su integridad, se comunica al interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, situadas en el Edificio Witland-Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra esta resolución el interesado puede interponer recurso de reposición, ante la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que se produzca la notificación, o bien, si no ejerce su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y sirva de notificación al citado interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la LRJPAC, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 31 de octubre de 2014

María Martínez Allegue
Directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística