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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 219 Viernes, 14 de noviembre de 2014 Pág. 47523

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 22 de octubre de 2014, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de A Coruña (expediente IN407A 2014/092-1).

Visto el expediente para otorgar la autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se cita:

Expediente: IN407A 2014/092-1.

Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Domicilio social: avenida de Arteixo, 171, 15007 A Coruña.

Denominación: cambio de sección LMTS EPU-704A.

Situación: ayuntamiento de A Coruña.

Características técnicas: tramo línea de media tensión subterránea EPU-704A a 15/20 kV,
con una longitud de 0,531 km, con el origen en celda de línea existente en el CT General Alesón (expediente 27443), conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV (1×240 mm2 Al), y final en empalmes proyectados en la LMTS. EPU-704A, en el tramo entre el CT Atocha Baixa, nº 22 y el CT P. Adormideras F. (expediente 34569), después de realizar los empalmes con la LMTS que cose los CT Atocha Baixa, nº 2 (expediente 307/06), Varela Silvani, nº 4 (expediente 348/07) y Atocha Baixa nº 22.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre (BOE núm. 310), del sector eléctrico, y en el título VII, capítulo II, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE núm. 310), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y de acuerdo con la Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54), esta jefatura territorial resuelve:

Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la citada instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.

Esta instalación está previsto que se ejecute en un plazo de un año, a contar a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria.

Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación en los términos establecidos en los artículos 107, 110, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), sin prejuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.

A Coruña, 22 de octubre de 2014

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña