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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 216 Martes, 11 de noviembre de 2014 Pág. 47027

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Trabajo y Bienestar

CÉDULA de 22 de octubre de 2014, de la Dirección General de Empleo y Formación, por la que se publica la resolución dictada en el procedimiento de baja en el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo de la entidad Talleres de Calderería Ros, S.L. (número de censo 27H00406), devuelta por el servicio de Correos por resultar desconocida su destinataria.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la entidad Talleres de Calderería Ros, S.L., la Resolución de 14 de julio de 2014, de la directora general de Empleo y Formación, dictada en el procedimiento de baja en el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo de la Consellería de Trabajo y Bienestar, devuelta por el servicio de Correos por resultar desconocido su destinatario.

«Número de censo: 27H00406.

Talleres de Calderería Ros, S.L.

San Martín de Guillar, núm. 21.

Outeiro de Rei.

Lugo.

Examinada la inscripción/acreditación de la entidad Talleres de Calderería Ros, S.L., en el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo de la Consellería de Trabajo y Bienestar.

Supuestos de hecho:

Primero. La entidad Talleres de Calderería Ros, S.L. se encuentra inscrita en el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo de la Consellería de Trabajo y Bienestar, con el número 27H00406, en las especialidades formativas siguientes:

Código especialidad

Descripción

Alta homologación

FMEC10

Calderero tubero

25.10.2000

FMEL10

Calderero industrial

25.10.2000

Segundo. Por parte de la Jefatura Territorial de la Consellería de Trabajo y Bienestar se requirió a la entidad Talleres de Calderería Ros, S.L., a los efectos de comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa vigente para mantener la condición de centro/entidad inscrito o acreditado en el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo de la Consellería de Trabajo y Bienestar.

Tercero. El 14 de febrero de 2014 se devolvió la notificación del requerimiento por resultar desconocido el centro en la dirección San Martín de Guillar, núm. 21, de Outeiro de Rei.

Cuarto. El 18 de marzo de 2014, el personal técnico realizó visita al centro Talleres de Calderería Ros, S.L., comprobándose que no existe dicho centro en San Martín de Guillar, núm. 21, de Outeiro de Rei (Lugo).

Quinto. En cumplimiento de lo dispuesto en la disposición transitoria primera del Decreto 106/2011, el 24 de marzo de 2014, el jefe territorial de la Consellería de Trabajo y Bienestar de Lugo propone la baja de la entidad, en el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo, por no existir dicho centro en la dirección señalada.

Fundamentos de derecho:

Primero. La competencia para resolver el presente expediente corresponde a la directora general de Empleo y Formación, de conformidad con lo establecido en el artículo 6.3 y artículo 8 del Decreto 106/2011, de 19 de mayo.

Segundo. La disposición transitoria primera del Decreto 106/2011, de 19 de mayo, dispone que los centros y entidades de formación inscritos en el Censo de centros colaboradores de formación ocupacional de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud en virtud del Decreto 158/2001, quedarán inscritos y, en su caso, acreditados, en el Registro de Centros y Entidades de Formación en aquellas especialidades formativas en que estuvieran homologados, y que dispondrán de un plazo de dos años para adaptar sus instalaciones a los requisitos establecidos en el artículo 30 de la Orden TAS 718/2008, de 7 de marzo. Asimismo, establece que, transcurrido dicho plazo de dos años sin adaptarse a dicha normativa, causarán baja automáticamente.

Revisado el expediente se comprueba que ya no existen instalaciones de Talleres de Calderería Ros, S.L., en San Martín de Guillar, núm. 21, de Outeiro de Rei (Lugo).

Tercero. Teniendo en cuenta que en la tramitación del expediente se observaron las normas que al efecto se establecen en el Decreto 106/2011, de 19 de mayo y en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Visto el Real decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, modificada por la Orden ESS/1726/2012, de 2 de agosto, por la que se desarrolla dicho real decreto, el Decreto 106/2011, de 19 de mayo, por el que se crea el Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo de la Consellería de Trabajo y Bienestar y se regula el procedimiento para la inscripción y, en su caso, acreditación de los centros y entidades que impartan formación para el empleo en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia, el Decreto 235/2012, de 5 de diciembre, por el que se fija la estructura orgánica de la Vicepresidencia y de las consellerías de la Xunta de Galicia, el Decreto 42/2013, de 21 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Trabajo y Bienestar, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y demás normativa de general aplicación.

RESUELVO:

Dar de baja a la entidad Talleres de Calderería Ros, S.L., número 27H00406, del Registro de Centros y Entidades de Formación para el Empleo de la Consellería de Trabajo y Bienestar.

Notifíquese a los interesados la presente resolución para su conocimiento y efectos oportunos.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la conselleira de Trabajo y Bienestar en el término de un mes a contar desde la notificación de acuerdo con lo establecido en el artículo 114, siguientes y concordantes, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero)».

Santiago de Compostela, 22 de octubre de 2014

Ana Mª Díaz López
Directora general de Empleo y Formación