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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 202 Miércoles, 22 de octubre de 2014 Pág. 45167

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 6 de octubre de 2014 por la que se notifica la resolución del expediente de reposición de la legalidad urbanística COR/220/2013-RP1, devuelta por el servicio de Correos por resultar sus destinatarios ausentes en el reparto.

La directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística el día 18 de septiembre de 2014, dictó resolución por la que se declara que las obras realizadas en suelo rústico sin autorización urbanística autonómica, consistentes en la instalación de tres casetas prefabricadas, construcción de solera de hormigón y parrilla, excavación de zanja y foso e instalación de caja de suministro eléctrico sitas en el lugar de Vilar, parroquia de Doniños, en el término municipal de Ferrol, provincia de A Coruña, no son legalizables por ser incompatibles con el ordenamiento urbanístico.

Al no poder realizarse la notificación personal de aquella resolución a los herederos de Consuelo Gómez Díaz, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se le notifica a los interesados dicha resolución.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se hace saber a los interesados que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que pon fin a la vía administrativa, los interesados pueden interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se haya producido la notificación, ante la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejercita su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, pueden interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y sirva de notificación a los citados interesados en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, expido e firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 6 de octubre de 2014

María Martínez Allegue
Directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística