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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 199 Viernes, 17 de octubre de 2014 Pág. 44650

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (929/2013).

Yo, Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de María Mercedes Boquete Codesido contra Fotocopias Maxin, S.L.U., María Sierra Rodríguez, Copy Belén, S.L. y J.B. Castro Ambrona, registrado con el número PO 929/2013, se ha acordado citar a Fotocopias Maxin, S.L.U., en ignorado paradero, a fin de que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado de lo Social número 3, situado en la calle Berlín, s/n, polígono de As Fontiñas, 15707, el día 24 de noviembre de 2014, a las 11.10 y 11.15 horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se le hace saber que tiene a su disposición en la oficina judicial la cédula de citación, copia de la demanda y decreto de admisión de la misma, y demás resoluciones y documentos obrantes en el procedimiento.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio con objeto de que, trasladada tal intención a la actora, pueda esta estar representada técnicamente por graduado social colegiado, o representada por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a Fotocopia Maxin, S.L.U., se expide el presente edicto para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

Santiago de Compostela, 26 de septiembre de 2014

La secretaria judicial