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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 192 Miércoles, 8 de octubre de 2014 Pág. 43633

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (150/2012).

María Adelaida Egurbide Margañón, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 150/2012 de este juzgado de lo social, seguidos a instancia de Fundación Laboral de la Construcción contra la empresa Teijeiro Recarey, S.L., Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Sentencia: 415/2014.

Número de autos: 150/2012.

En la ciudad de A Coruña, 17 de septiembre de 2014.

Miguel Herrero Liaño, magistrado juez del Juzgado de lo Social número 2 del juzgado y localidad o provincia de A Coruña, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario entre partes, de una y como demandante Fundación Laboral de la Construcción, que comparece representado y asistido del letrado Sr. Adrián Núñez Fernández y de otra como demandado Teijeiro Recarey, S.L., que no comparece y Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), que no comparece.

Fallo:

Se estima la demanda formulada por la Fundación Laboral de la Construcción frente a la empresa Teijeiro Recarey, S.L. y, en consecuencia, se condena a la parte demandada a abonar a la actora la cantidad de 369,71 euros en concepto de principal y recargo por demora.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La extiendo yo, secretaria judicial, para hacer constar que en el día de hoy por el magistrado juez se deposita en la secretaria de este juzgado la anterior sentencia para su notificación y publicidad en la forma permitida y ordenada por la Constitución y las leyes. Misma fecha que la sentencia. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Teijeiro Recarey, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 18 de septiembre de 2014

Adelaida Egurbide Margañón
Secretaria judicial