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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 188 Jueves, 2 de octubre de 2014 Pág. 43041

III. Otras disposiciones

Escuela Gallega de Administración Pública

RESOLUCIÓN de 12 de septiembre de 2014 por la que se convoca el VI Curso superior de formación del técnico en la Administración local.

La Escuela Gallega de Administración Pública, la Dirección General de Administración Local, la Federación Gallega de Municipios y Provincias y el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de Galicia organizan el presente curso con la intención de favorecer la formación específica de los técnicos de la Administración local, en las materias propias de este ámbito de trabajo.

El curso comenzó, con su primera edición, en el año 2007. Originalmente, el curso estaba dirigido exclusivamente a los ingenieros de caminos y a los alumnos de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de la Universidad de A Coruña. Sin embargo, los organizadores del curso, conscientes de que el trabajo municipal es interdisciplinar, consideraron conveniente, en su IV convocatoria, abrir el curso a todo tipo de técnicos, especialmente a los funcionarios con habilitación de carácter nacional, puesto que la incorporación de personal responsable de las funciones públicas necesarias y reservadas acarrea, sin duda, una nueva perspectiva al modo de tratar las materias del curso y logra la interrelación entre todos los agentes del trabajo municipal.

Conforme a los fines que le asigna a este centro la normativa que lo regula (Ley 4/1987, de 27 de mayo, de creación de la Escuela Gallega de Administración Pública, modificada por la Ley 10/1989, de 10 de julio), la EGAP, en colaboración con el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, la Federación Gallega de Municipios y Provincias (Fegamp) y la Dirección General de Administración Local, convoca el VI Curso superior de formación del técnico en la Administración local.

1. Objetivos.

El objetivo de este curso es dar una visión actualizada y completa de los conocimientos necesarios para el desarrollo del trabajo del técnico en el ámbito de la Administración local.

Se busca afianzar los conocimientos de los técnicos que ya ejercen sus funciones en este sector, así como presentar de forma estructurada todas las materias que afectan al día a día de la Administración local.

2. Contenido.

Los temas que se tratarán en el curso serán los siguientes:

Tema 1. Estructura organizativa del Estado y papel de las entidades locales (municipios y diputaciones).

Tema 2. La Ley 7/1985, reguladora de las bases de régimen local: competencias y deberes de las entidades locales.

Tema 3. Competencias, funciones y responsabilidades del técnico de obras municipal.

Tema 4. Real decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de contratos del sector público. El Real decreto legislativo 2/2000, sobre contratos de las administraciones públicas, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de contratos de las administraciones públicas.

Tema 5. Responsabilidades patrimoniales de las administraciones públicas.

Tema 6. Legislación sobre prevención de riesgos laborales: responsabilidades de la Administración y de los técnicos municipales.

Tema 7. La Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común: procedimientos, redacción de informes, participación de los ciudadanos, etc.

Tema 8. Legislaciones sectoriales con incidencia en las entidades locales (ordenación del territorio, carreteras, aguas, costas, puertos, patrimonio, medio ambiente y espacios protegidos, etc.).

Tema 9. La Administración electrónica. Nuevas tecnologías al servicio de la Administración municipal: SIG, cartografía digital, fotografía aérea, información de satélites, etc.

Tema 10. El marco legal de la ordenación del territorio y del urbanismo en Galicia.

Tema 11. Instrumentos de ordenación del territorio de ámbito autonómico: directrices de Ordenación del Territorio, Plan de ordenación del litoral.

Tema 12. El plan general municipal. Análisis técnico y análisis administrativo.

Tema 13. El desarrollo urbanístico. Los planes parciales, planes sectoriales y planes especiales.

Tema 14. Informes urbanísticos del plan general municipal y de los planes especiales.

Tema 15. Los proyectos de urbanización.

Tema 16. Los sistemas de gestión urbanística.

Tema 17. Los convenios urbanísticos.

Tema 18. Las licencias en el ámbito municipal.

Tema 19. La disciplina urbanística.

Tema 20. La evaluación ambiental de los planes.

Tema 21. La sostenibilidad y la protección del medio ambiente en el ámbito de las entidades locales.

Tema 22. Coordinación y aspectos prácticos de la planificación de infraestructuras y servicios con administraciones supramunicipales y entidades privadas.

Tema 23. La movilidad en el ámbito de la Administración local.

Tema 24. El proyecto de las infraestructuras de transporte: carreteras urbanas, calles, ferrocarriles urbanos y metropolitanos, estaciones de ferrocarril y autobuses, aparcamientos, intercambiadores, etc.

Tema 25. El proyecto de los servicios urbanos municipales: abastecimiento, saneamiento, alumbrado público, control de tráfico, energía eléctrica, telecomunicaciones, distribución de gas, gestión de residuos sólidos, etc.

Tema 26. Áreas industriales y áreas empresariales.

Tema 27. Los equipamientos y las dotaciones públicas.

Tema 28. El proyecto de los espacios libres (plazas, bordes fluviales, litoral, parques, etc.).

Tema 29. Legislación sobre accesibilidad y su incidencia en la gestión municipal.

Tema 30. La gestión de los servicios municipales y la relación con las concesionarias. Análisis desde el punto de vista técnico y desde el punto de vista jurídico.

Tema 31. La gestión del patrimonio y los bienes municipales: adquisición, inventariado, cesión, enajenación, etc.

Tema 32. Los proyectos de expropiación, asignación del valor del suelo y mutuos acuerdos.

3. Plazas: 50.

4. Destinatarios.

4.1. El 30 % de las plazas (15) tiene como destinatarios a los empleados públicos de las administraciones públicas de Galicia, tanto autonómica como local, y de las universidades del Sistema universitario de Galicia que estén en posesión del título de doctor, licenciado, diplomado, grado, arquitecto, ingeniero, arquitecto técnico e ingeniero técnico que se encuadren en alguna de las siguientes categorías:

4.1.1. Pertenecer al grupo A (subgrupos A1 y A2) del personal funcionario.

4.1.2. Pertenecer a los grupos I y II del personal laboral.

Este curso se valorará con 1 punto a aquellos alumnos que sean considerados aptos a la finalización del mismo y, por lo tanto, tengan derecho a certificado de aprovechamiento, siempre que cumplan los requisitos para la aplicación de lo establecido en la Resolución de 26 de octubre de 1994, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se establecen, de acuerdo con las comunidades autónomas, los criterios de reconocimiento y valoración de los cursos de formación y perfeccionamiento de Administración local, en cumplimiento de lo establecido en la Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas de 10 de agosto de 1994, de la Resolución de 30 de noviembre de 1994, del Instituto Nacional de Administración Pública por la que se corrigen errores de la Resolución de 26 de octubre de 1994, y conforme a lo establecido en el Decreto 49/2009, de 26 de febrero, sobre el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respecto de los funcionarios con habilitación de carácter estatal (DOG núm. 52, de 16 de marzo).

4.2. El 20 % de las plazas (10) tiene como destinatarios a profesionales que estén en posesión del título de doctor, licenciado, diplomado, grado, arquitecto, ingeniero, arquitecto técnico e ingeniero técnico.

4.3. El 40 % de las plazas (20) tiene como destinatarios a ingenieros de caminos, canales y puertos colegiados.

4.4. El 10 % de las plazas (5) tiene como destinatarios a estudiantes de ingeniería de caminos, canales y puertos precolegiados.

En el caso de no cubrirse en su totalidad el cupo de plazas reservadas en los puntos anteriores, éstas podrán cubrirse con el resto de los solicitantes, en el orden de preferencia siguiente:

a) Si no se cubren las plazas del punto 4.1, estas serán ocupadas por los solicitantes de los puntos 4.3, 4.2. y 4.4, por este orden.

b) En el caso de no cubrirse las plazas del punto 4.2, estas serán cubiertas por los solicitantes de los puntos 4.1, 4.3 y 4.4, por este orden.

c) En el caso de no cubrirse las plazas del punto 4.3, se cubrirán con los solicitantes de los puntos 4.1, 4.2 y 4.4, por esta orden.

d) En el caso de no cubrirse las plazas del punto 4.4, se ocuparán con los solicitantes de los puntos 4.3, 4.1. y 4.2, por este orden.

5. Pago de la matrícula.

5.1. El importe de la matrícula es de novecientos euros (900 €), para todos aquellos solicitantes que cumplan las condiciones prescritas en el punto 4.1.

El importe anterior se podrá hacer efectivo en su totalidad en el momento de formalizar la matrícula o en dos plazos. En este último caso, el 60 % del total (540 €) se pagará al matricularse, entre el 25 de noviembre y el 15 de diciembre de 2014 y el 40 % restante (360 €) se hará efectivo entre el 15 y 31 de enero de 2015.

5.2. El importe de la matrícula es de mil doscientos euros (1.200 €) para los solicitantes que cumplan las condiciones indicadas en los puntos 4.2, 4.3 y 4.4.

Al igual que en el apartado anterior, este importe se podrá hacer efectivo en su totalidad en el momento de formalizar la matrícula o en dos plazos. En este último caso, el 60 % del total (720 €) se pagará al matricularse, entre el 25 de noviembre y el 15 de diciembre de 2014 y el 40 % restante (480 €) se hará efectivo entre el 15 y 31 de enero de 2015.

6. Forma de pago.

Los pagos de la matrícula se realizarán a través del número de cuenta ES97 0081 5186 3400 0124 4226, indicando en el concepto «VI Curso Administración Local».

No se devolverán las cantidades abonadas en concepto de matrícula en el caso de renuncia o abandono una vez iniciado el curso.

7. Incumplimiento de los plazos de pago.

Las personas matriculadas que no hagan efectivo el importe total de los derechos de inscripción dentro de los plazos marcados para cada caso perderán su condición de alumnos de este curso y no tendrán derecho a la devolución de las cantidades ingresadas con anterioridad.

8. Plazo de inscripción y presentación de instancias.

El plazo para la inscripción finaliza el 31 de octubre de 2014.

Para inscribirse, las personas interesadas deberán cubrir la instancia curricular que a esos efectos figurará en la página web de la EGAP, en la siguiente dirección:

http://egap.xunta.es/cursoTecnicoLocal

A las personas admitidas se les solicitará que presenten los siguientes documentos:

8.1. Si los peticionarios son los referidos en el apartado 4.1:

8.1.1. Certificación pública descriptiva de las funciones que desarrolla en el puesto de trabajo, expedida por la persona que realice las tareas de certificación de la Administración en la que presta sus servicios.

8.1.2. Documentación acreditativa de los méritos incluidos en la instancia curricular.

8.2. Si los peticionarios son los referidos en el apartado 4.2:

8.2.1. Original o copia debidamente compulsada de la titulación de doctorado, licenciatura, diplomatura, grado, arquitectura, ingeniería, arquitectura técnica o ingeniería técnica.

8.2.2. Documentación acreditativa de los méritos incluidos en la instancia curricular.

8.3. Si los peticionarios son los referidos en el apartado 4.3:

8.3.1. Certificación pública de estar colegiado en el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, expedida por la persona acreditada para emitirla.

8.3.2. Documentación acreditativa de los méritos incluidos en la instancia curricular.

8.4. Si los peticionarios son los referidos en el apartado 4.4:

8.4.1. Certificación pública de estar precolegiado en el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, expedida por la persona acreditada para emitirla. Original o copia debidamente compulsada de estar matriculado en el curso universitario 2014/15.

8.4.2. Documentación acreditativa de los méritos incluidos en la instancia curricular.

Toda la documentación remitida por los solicitantes que no sea original tendrá que estar debidamente compulsada.

Todos los méritos alegados deberán acreditarse siguiendo el orden establecido en esta convocatoria, presentándose la documentación exigida numerada en los términos de la misma. La no cumplimentación en los referidos términos supondrá la no valoración de los mismos.

Se podrá pedir la aclaración en todo momento de los méritos presentados. Los méritos que se incluyan en la ficha curricular deberán estar convenientemente acreditados. La no presentación de los documentos acreditativos de los citados méritos dará lugar a la exclusión del curso del solicitante previamente seleccionado.

9. Criterios de selección.

Los participantes serán seleccionados por una comisión técnica independiente, designada al efecto, en la que participarán representantes de la Escuela Gallega de la Administración Pública, del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de Galicia, de la Federación Gallega de Municipios y Provincias y de la Dirección General de Administración Local y cuya composición será publicada en el portal web de la EGAP. La comisión seleccionará a los candidatos con discrecionalidad técnica e independencia con respecto a los órganos directivos de las tres entidades mencionadas.

Los criterios selectivos para la admisión en este curso serán los siguientes:

9.1. Para los solicitantes incluidos en el apartado 4.1, se valorarán:

9.1.1. Puesto de trabajo actual.

9.1.2. Experiencia profesional independiente y distinta de la correspondiente al actual puesto de trabajo, lo que se acreditará exclusivamente en los términos señalados en la base 8.1.

Los solicitantes deberán indicar la fecha exacta (día, mes y año) de toma de posesión y, en su caso, de cese de los apartados 9.1.1 y 9.1.2.

9.1.3. Formación:

9.1.3.1. Formación recibida:

a) Títulos oficiales universitarios distintos a los exigidos o acreditados como requisito para acceder a este curso.

b) Cursos o seminarios recibidos de más de 200 horas que tengan relación con la materia del curso.

c) Cursos, seminarios o jornadas recibidos entre 40 y 200 horas relacionados con la materia del curso.

En el supuesto de que no se consigne el número de horas de la actividad formativa, la misma no será objeto de valoración.

9.1.3.2. Formación impartida:

a) Enseñanzas oficiales universitarias.

b) Cursos, jornadas y seminarios impartidos que estén relacionados con la materia de esta convocatoria.

9.1.4. Otros méritos:

9.1.4.1. Publicaciones: libros, revistas técnicas y ponencias o comunicaciones de congresos relacionados con la materia del curso.

9.1.4.2. Premios y becas relacionadas con la materia del curso.

Todos los méritos alegados deberán acreditarse en los términos consignados y serán aportados siguiendo el orden establecido en esta convocatoria, presentándose la documentación exigida numerada en los términos de la misma. La no cumplimentación en los referidos términos supondrá la no valoración de los mismos.

En todo caso, esta convocatoria se regirá subsidiariamente por los criterios de participación en las actividades docentes de la EGAP (DOG núm. 7, de 10 de enero de 2008).

9.2. Para los solicitantes incluidos en el apartado 4.2 y 4.3, se valorarán:

9.2.1. Experiencia profesional. Tendrán prioridad aquellos solicitantes que acrediten mediante certificación emitida por el organismo o entidad contratante y/o, en su caso, mediante copia del contrato, que su actividad profesional actual tiene relación directa con la materia del curso.

9.2.2. Experiencia profesional independiente y distinta de la correspondiente al actual puesto de trabajo, lo que se acreditará exclusivamente en los términos señalados en la base 8.1.

9.2.3. Formación:

9.2.3.1. Formación recibida:

a) Títulos oficiales universitarios distintos a los exigidos o acreditados como requisito para acceder a este curso.

b) Cursos o seminarios recibidos de más de 200 horas que tengan relación con la materia del curso.

c) Cursos, seminarios o jornadas recibidos entre 40 y 200 horas relacionados con la materia del curso.

9.2.3.2. Formación impartida:

a) Enseñanzas oficiales universitarias.

b) Cursos, jornadas y seminarios impartidos que estén relacionados con la materia de esta convocatoria.

9.2.4. Otros méritos:

9.2.4.1. Publicaciones: libros, revistas técnicas y ponencias o comunicaciones de congresos relacionados con la materia del curso.

9.2.4.2. Premios y becas relacionadas con la materia del curso.

9.3. Para los solicitantes incluidos en el apartado 4.4, se valorarán:

9.3.1. Experiencia académica. Se valorará el mayor nivel alcanzado de estudios.

9.3.2. Formación:

9.3.2.1. Formación recibida:

a) Títulos oficiales universitarios distintos a los exigidos o acreditados como requisito para acceder a este curso.

b) Cursos o seminarios recibidos de más de 200 horas que tengan relación con la materia del curso.

c) Cursos, seminarios o jornadas recibidos entre 40 y 200 horas relacionados con la materia del curso.

9.3.2.2. Formación impartida:

a) Enseñanzas oficiales universitarias.

b) Cursos, jornadas y seminarios impartidos que estén relacionados con la materia de esta convocatoria.

9.3.3. Otros méritos:

9.3.3.1. Publicaciones: libros, revistas técnicas y ponencias o comunicaciones de congresos relacionados con la materia del curso.

9.3.3.2. Premios y becas relacionadas con la materia del curso.

La comisión podrá establecer cuotas para garantizar el carácter interdisciplinario e interadministrativo en los grupos de trabajo que se establezcan, de acuerdo con las solicitudes recibidas. Asimismo, resolverá las alegaciones y reclamaciones que se pudieran suscitar.

10. Publicación de la lista de seleccionados y plazo de presentación de alegaciones.

La lista de seleccionados se publicará en el tablón de anuncios y en la página web de la EGAP (http://egap.xunta.es). El plazo para la presentación de alegaciones será de tres días hábiles a partir de la fecha de publicación, todo esto de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

11. Lista de espera.

La comisión fijará una lista de espera por orden de preferencia en el proceso selectivo para cubrir las posibles vacantes de aquellas personas seleccionadas que causen baja antes del inicio del curso o en el transcurso de las primeras veinticuatro horas lectivas del curso. Las personas que no figuren en dicha lista de espera figuran en un puesto más alejado en la lista de reservas o fueron excluidas por alguna de las causas establecidas en las bases de la convocatoria.

12. Certificado de aprovechamiento.

La superación de este curso queda supeditada a que los alumnos acudan con regularidad al curso, con un porcentaje de asistencia mínimo del 90 % de las horas programadas (solo serán admisibles un 10 % de faltas, siempre justificadas), y también a la aprobación del trabajo. Los participantes que no cumplan los requisitos serán excluidos y, como consecuencia, perderán todos sus derechos.

Además, para la superación de este curso y la obtención del certificado de aprovechamiento, los alumnos deberán presentar los trabajos en grupo, que se elaborarán bajo la dirección de los profesores durante el período docente, y el trabajo final de curso. Éste, de carácter individual, será objeto de exposición pública y evaluado por un tribunal designado al efecto.

Las normas de realización del trabajo, así como el plazo de entrega del mismo serán comunicados a los alumnos durante la realización del curso y con la suficiente antelación, y serán de cumplimiento obligado. Si tras la exposición pública del proyecto el tribunal considera que no tiene una calidad mínima, el alumno podrá presentar de nuevo el proyecto una sola vez en la fecha que la dirección del curso le indique.

Al finalizar el curso, los alumnos obtendrán una calificación que será de no apto, apto o apto con mención. En estos dos últimos casos, esto se reflejará en un certificado de superación del curso que emitirá la EGAP. No se expedirán certificados de asistencia sin superar el curso, aunque sí podrán emitirse, a efectos de justificar la comparecencia a las clases, certificados de las fechas y horas de asistencia.

13. Desarrollo.

El curso se desarrollará en el aula de formación del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de Galicia, en la plaza de la Milagrosa, núm. 2, entresuelo en A Coruña, entre el 9 de enero de 2015 y el 9 de mayo de 2015.

Tendrá una duración de 120 horas, que se distribuirán la razón de ocho horas por semana, los viernes de 16.00 a 20.30 horas y los sábados de 9.30 a 14.00 horas.

Durante la realización de este curso se llevará a cabo un control permanente de la asistencia mediante los sistemas que se establezcan al efecto. Los alumnos tendrán que acreditar mediante su firma su asistencia a cada una de las sesiones académicas, tanto teóricas como prácticas.

14. Renuncia, asistencia y puntualidad.

14.1. La renuncia:

a) Las personas seleccionadas sólo podrán renunciar a la actividad formativa:

– Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.

– Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de los responsables de los centros directivos.

– Por otras causas justificadas documentalmente.

b) La renuncia debe ser comunicada por escrito a la Escuela Gallega de Administración Pública con una antelación mínima de tres días hábiles anteriores al inicio de la actividad formativa. En la página web de la escuela está disponible un modelo de renuncia.

Para esto se podrá utilizar, además de lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE de 27 de noviembre), cualquiera de las siguientes vías:

– La dirección de correo electrónico novas.egap@xunta.es

– El número de fax 981 54 63 30.

c) Las personas que incumplan lo previsto en los apartados a) y b) pasarán al final de las listas de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

14.2. Asistencia y puntualidad:

a) Son obligatorias la asistencia a las sesiones de la actividad formativa y la puntualidad.

b) Durante la actividad formativa tendrá lugar un control permanente de asistencia y puntualidad, incluidos controles extraordinarios.

c) Faltas de asistencia:

– Serán siempre justificadas y no podrán superar en ningún caso el 10 % de las horas lectivas presenciales (12 horas).

– La justificación de las faltas de asistencia deberá acreditarse documentalmente ante los responsables de la actividad formativa en un plazo máximo de 10 días contados a partir del día de la falta de asistencia.

d) Las personas que incumplan lo previsto en el apartado c):

– Perderán el derecho al certificado de participación en la actividad formativa.

– Pasarán al final de las listas de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

15. Modificaciones e incidencias.

La EGAP se reserva la facultad de modificar el programa y de resolver las cuestiones que pudieran surgir en el desarrollo de este curso, así como de cancelarlo si el escaso número de solicitudes no justificase su realización.

Corresponde a la dirección del curso resolver las incidencias de carácter general que puedan producirse durante el desarrollo del curso.

La realización de este curso queda condicionada a la formalización de matrículas, así como al pago de, al menos, su primer plazo, por un importe que los organizadores del curso consideren suficiente para la financiación del curso. En caso de que, por insuficiencia de matrículas, no sea posible la realización del curso, se procederá a la devolución de las cantidades abonadas.

Santiago de Compostela, 12 de septiembre de 2014

Sonia Rodríguez-Campos González
Directora de la Escuela Gallega de Administración Pública