Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 185 Lunes, 29 de septiembre de 2014 Pág. 42521

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

RESOLUCIÓN de 17 de septiembre de 2014 por la que se hacen públicas las segundas anualidades concedidas por la Resolución de 16 de octubre de 2013 relativa a las ayudas para la consolidación y estructuración de unidades de investigación competitivas del Sistema universitario de Galicia para 2013, modalidad de grupos de referencia competitiva.

La Orden de 5 de julio de 2013 (DOG de 15 de julio) estableció las bases y convocó, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas para la consolidación y estructuración de unidades de investigación competitivas del Sistema universitario de Galicia para 2013, potencialmente cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) en el marco del programa operativo de Galicia 2007-2013. Estas ayudas fueron resueltas mediante Resolución de 16 de octubre de 2013 (DOG de 25 octubre).

Dicha convocatoria recogía la posibilidad de que las anualidades sucesivas fueran cofinanciadas por el Feder del programa operativo 2007-2013. El presupuesto de la Secretaría General de Universidades para 2014 incluye un importe de fondos Feder que debe ser consumido en este ejercicio, para finalizar el programa operativo 2007-2013. La mejor manera de dar uso a ese remanente es utilizarlo para cofinanciar la anualidad de los grupos de referencia competitiva en 2014 de esa misma convocatoria.

Por ello, la Secretaría General de Universidades

RESUELVE:

Primero. Hacer pública la lista de los grupos de referencia competitiva del Sistema universitario de Galicia perceptores de las ayudas para la consolidación y la estructuración de unidades de investigación competitivas del Sistema universitario de Galicia del año 2013, en régimen de concurrencia competitiva, con la indicación de la parte del importe de las segundas anualidades que se financian con Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) 2007-2013, tema prioritario 1.01.

Exped.

Solicitante

Univ.

Fondos propios 2014

Feder 2014

Total 2014

GRC2013-011

Benlliure Anaya, José

USC

21.600,00

58.400,00

80.000,00

GRC2013-014

Bermúdez de Castro López-Varela, Alfredo

USC

21.600,00

58.400,00

80.000,00

GRC2013-016

Botana López, Luis Miguel

USC

27.000,00

73.000,00

100.000,00

GRC2013-046

Brea López, Mª Mercedes

USC

13.500,00

36.500,00

50.000,00

GRC2013-018

Caride Gómez, Antonio

USC

13.500,00

36.500,00

50.000,00

GRC2013-019

Carracedo Álvarez, Ángel María

USC

27.000,00

73.000,00

100.000,00

GRC2013-061

Castro Beiras, Alfonso

UDC

13.500,00

36.500,00

50.000,00

GRC2013-020

Cela Torrijos, Rafael

USC

13.500,00

36.500,00

50.000,00

GRC2013-029

Diéguez González, Carlos

USC

27.000,00

73.000,00

100.000,00

GRC2013-055

Doallo Biempica, Ramón

UDC

21.600,00

58.400,00

80.000,00

GRC2013-050

Duro Fernández, Richard

UDC

27.000,00

73.000,00

100.000,00

GRC2013-034

Fernández Prieto, Lourenzo

USC

13.500,00

36.500,00

50.000,00

GRC2013-059

Freire Seoane, Mª Jesús

UDC

13.500,00

36.500,00

50.000,00

GRC2013-045

García Río, Eduardo

USC

13.500,00

36.500,00

50.000,00

GRC2013-001

Gómez Gesteira, Ramón

UVIGO

13.500,00

36.500,00

50.000,00

GRC2013-008

González Fernández, Pío Manuel

UVIGO

13.500,00

36.500,00

50.000,00

GRC2013-035

González Manteiga, Wenceslao

USC

18.900,00

51.100,00

70.000,00

GRC2013-056

Hernández Ibáñez, Santiago

UDC

18.900,00

51.100,00

70.000,00

GRC2013-032

Lema Rodicio, Juan Manuel

USC

27.000,00

73.000,00

100.000,00

GRC2013-006

Llamas Nistal, Martín

UVIGO

27.000,00

73.000,00

100.000,00

GRC2013-044

López Quintela, Manuel Arturo

USC

27.000,00

73.000,00

100.000,00

GRC2013-041

Mascareñas Cid, José Luis

USC

27.000,00

73.000,00

100.000,00

GRC2013-024

Miramontes Anta, José Luis

USC

27.000,00

73.000,00

100.000,00

GRC2013-036

Monterroso Montero, Juan Manuel

USC

13.500,00

36.500,00

50.000,00

GRC2013-004

Olabarría Uzquiano, Celia

UVIGO

18.900,00

51.100,00

70.000,00

GRC2013-009

Pérez González, Fernando

UVIGO

27.000,00

73.000,00

100.000,00

GRC2013-047

Prada Rodríguez, Darío

UDC

27.000,00

73.000,00

100.000,00

GRC2013-053

Rodríguez Brisaboa, Mª Nieves

UDC

27.000,00

73.000,00

100.000,00

GRC2013-007

Rodríguez de Lera, Ángel

UVIGO

18.900,00

51.100,00

70.000,00

GRC2013-003

Sanromán Braga, Mª Ángeles

UVIGO

18.900,00

51.100,00

70.000,00

GRC2013-042

Santos Rego, Miguel Anxo

USC

13.500,00

36.500,00

50.000,00

GRC2013-040

Sousa Fernández, Xulio César

USC

18.900,00

51.100,00

70.000,00

GRC2013-054

Tato Fontaíña, Laura

UDC

13.500,00

36.500,00

50.000,00

GRC2013-043

Torres López, Mª Dolores Ramona

USC

27.000,00

73.000,00

100.000,00

Segundo. Para poder proceder al libramiento de los fondos será preciso que la universidad correspondiente expida, en fecha límite de 30 de noviembre del ejercicio correspondiente a la anualidad de que se trate, la certificación expresiva de la realización del gasto y del pago acompañada de una memoria explicativa del logro de los objetivos de consolidación y estructuración del grupo. Además, por tener cofinanciación del Feder, la universidad correspondiente deberá presentar en esa misma fecha límite los documentos justificativos de los gastos y de los pagos, o un informe de auditoría de acuerdo con lo establecido en el artículo 60 del Reglamento 1083/2006 (CE), firmado por un auditor del Registro Oficial de Auditores de Cuentas. Este informe deberá certificar tanto la regularidad de la solicitud del beneficiario como describir la labor desarrollada y los resultados.

En caso de cofinanciación del Feder, también deberá adjuntarse una relación de las publicaciones, actos y reuniones en que se hiciese publicidad de dicha cofinanciación.

En cumplimiento de la normativa relativa al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, las universidades deberán mantener una separación contable adecuada para los gastos relacionados con la ayuda que facilite la «pista de auditoría». Además, deberán conservar la documentación por un período de tres años a partir del cierre del programa operativo, tal como se define en el artículo 89.3 del Reglamento 1083/2006, del Consello. Los gastos deberán justificarse con facturas o documentos contables de valor probatorio equivalente y los pagos con los justificantes de las transferencias bancarias o documentos acreditativos de los pagos realizados.

Según lo establecido en el artículo 45.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, transcurrido el plazo establecido de justificación sin haberse presentado ante el órgano administrativo competente, este requerirá al beneficiario para que en el plazo improrrogable de diez (10) días la presente. La falta de presentación de la justificación comportará la pérdida del derecho al cobro parcial o total de la subvención, la exigencia del reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley de subvenciones de Galicia.

Para efectuar el último pago, el beneficiario presentará una declaración complementaria del conjunto de las ayudas solicitadas, tanto aprobadas o concedidas como las pendientes de resolución, para el mismo proyecto de las distintas administraciones públicas competentes o de sus organismos, entes o sociedades.

Tercero. El incumplimiento por parte de los beneficiarios de cualquiera de las bases establecidas en la orden de la convocatoria supondrá la pérdida del derecho a percibir la ayuda correspondiente.

Cuarto. Dado que los pagos de las anualidades se realizan con cofinanciación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) 2007-2013, los beneficiarios de las ayudas deberán cumplir los requisitos de publicidad que establece el artículo 8 del Reglamento 1828/2006, de 8 de diciembre, cumplir también lo establecido en el Reglamento 1083/2006, por el que se que establecen las disposiciones generales relativas a Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, y en el Reglamento 1080/2006 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, así como cumplir los requisitos de justificación que establezca esa misma normativa.

Quinto. Contra esta resolución que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con los artículos 19 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Disposición final

Esta resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 17 de septiembre de 2014

José Alberto Díez de Castro
Secretario general de Universidades