Intentada la notificación personal y devuelta por el servicio de Correos por resultar imposible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por la presente cédula se notifica a la empresa relacionada la resolución recaída en el expediente sancionador correspondiente.
Expediente: RL 2010/0129-4.
Acta: I362010000026417.
Empresa: Forestaga, S.L.
NIF: B-36589539.
Dirección: Antón Losada Ríos, 28, Silleda.
Materia: seguridad y salud.
Preceptos infringidos: artículos 14 y 17 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre; artículo 3 y disposición transitoria única del Real decreto 1215/1997, de 18 de julio; artículos 2.1, 4.5.1 y anexo I del Real decreto 1435/1992, de 27 de noviembre, y anexo I, apartado 1, punto 8, del Real decreto 1215/1997, de 18 de julio.
Preceptos sancionadores: artículos 5.2, 12.16.b), 39.3.c) y h) y 40 del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
Fecha de la resolución: 27 de junio de 2014.
Resolución: dejar sin efecto el acta de infracción y proceder al archivo del expediente.
Se hace saber a los interesados que pueden formular recurso de alzada, ante el director general de Trabajo y Economía Social, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 114 y siguiente de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Vigo, 28 de agosto de 2014
P.A. (Decreto 42/2013, de 21 de febrero)
Susana Figueroa Martínez
Jefa del Servicio de Coordinación Administrativa