La directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó el 10 de julio de 2014 resolución por la cual se desestima el recurso potestativo de reposición interpuesto por Manuel Rodríguez Herrero, contra la Resolución de 16 de octubre de 2013, dictada por la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, en relación con las obras promovidas por el interesado en el lugar de San Xiao, término municipal de Coirós, provincia de A Coruña.
Al no poderse realizar la notificación personal de aquella resolución al citado interesado, mediante esta cédula y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se notifica al citado interesado a dicha resolución.
Toda vez que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se hace saber al interesado que el texto íntegro de la resolución que se le notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el Edificio Witland, 1ª planta, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido el dicho plazo, la notificación se entenderá producida.
Contra esta resolución, que ponen fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1.3ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente a aquel en que se haya producido la notificación, según lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada ley.
Para que conste y sirva de notificación al interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5º de la LRJPAC, expido y firmo esta cédula.
Santiago de Compostela, 1 de septiembre de 2014
María Martínez Allegue
Directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística