Visto el expediente para otorgar la autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se cita:
Expediente: IN407A 2014/010-1.
Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.
Domicilio social: avenida de Arteixo, 171, 15007 A Coruña.
Denominación: LMTS, CTC calle Alcalde Juan Seijas, nº 8-10.
Situación: ayuntamiento de Carral.
Características técnicas:
– Línea de media tensión subterránea a 15/20 kV, con una longitud de 0,300 km, con origen en empalmes proyectados a realizar en la LMTS RAL-706, en el tramo entre el CT Alto do Castro (expediente 45/2011) y el CT Paraíso (expediente 4/2006) en conductor RHZ1-20 L-12/20 kV 3 (1×240) Al y final en el centro de transformación calle Alcalde Juan Seijas, nº 8-10 proyectado.
– Centro de transformación no prefabricado, con una potencia de 250 kVA y una relación de transformación de 15.000/400-230 V.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre (BOE nº 310), del sector eléctrico, y en el título VII, capítulo II, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE nº 310), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y de acuerdo con la Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54), esta jefatura territorial resuelve:
Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.
Esta instalación está previsto que se ejecute en un plazo de un año, contado a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación o publicación en los términos establecidos en los artículos 107, 110, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.
A Coruña, 21 de julio de 2014
P.A.
María Mar Ferreiro Broz
Jefa del Servicio de Administración Industrial