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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 139 Miércoles, 23 de julio de 2014 Pág. 32145

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía e Industria

ORDEN de 16 de julio de 2014 por la que se amplía la dotación presupuestaria de la subvención convocada al amparo de la Orden de 12 de marzo de 2014, por la que se establecen las bases reguldoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones a los ayuntamientos de Galicia para la mejora de los mercados municipales y plazas de abastos, así como de los espacios del comercio no sedentario, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder), en el marco del programa operativo Feder Galicia 2007-2013, y se procede a la convocatoria para el año 2014 (código de procedimiento IN223A).

La Orden de 12 de marzo de 2014, publicada en el Diario Oficial de Galicia núm. 56, de 21 de marzo, establece las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones a ayuntamientos de Galicia para la mejora de los mercados municipales y plazas de abastos, así como de los espacios del comercio no sedentario cofinanciadas por el Feder en el marco del programa operativo Feder Galicia 2007-2013 (código de procedimiento IN223A).

En el artículo 2 de la orden y artículo 2.1 de su anexo I – bases reguladoras –, se precisa que dichas subvenciones serán financiadas con el crédito correspondiente a la aplicación presupuestaria 08.02.751-A.761.3 «Transferencias de capital. Corporaciones locales. Ordenación territorial del comercio. Espacios comerciales municipales», por un importe total de 3.125.000,00 €.

En el artículo 2 de la orden también se señala que se podrán incrementar las cuantías previstas en función de las solicitudes presentadas y de acuerdo con la disponibilidad de crédito. En estos casos, se publicará la ampliación de crédito por los mismos medios que esta convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para resolver.

Con objeto de poder amparar el mayor número de solicitudes, y puesto que la dotación inicial resulta insuficiente, se tramita el correspondiente expediente de ampliación de crédito por lo que es necesario, mediante esta orden, ampliar la dotación presupuestaria consignada inicialmente para la concesión de las mencionadas subvenciones dada la existencia de remanentes de otras convocatorias en este mismo procedimiento IN223A, en concreto las convocatorias de ayudas correspondientes a los años 2011-2012 y 2013.

En su virtud, haciendo uso de la facultades que me confieren los artículos 38, 43.3 y 44 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidencia, y demás disposiciones de general aplicación,

DISPONGO:

Artículo 1. Financiación

1. Se amplía la dotación presupuestaria prevista en la Orden de 12 de marzo de 2014, publicada en el Diario Oficial de Galicia núm. 56, de 21 de marzo, que establece las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones a ayuntamientos de Galicia para la mejora de los mercados municipales y plazas de abastos, así como de los espacios del comercio no sedentario cofinanciadas por el Feder en el marco del programa operativo Feder Galicia 2007-2013 (código de procedimiento IN223A).

2. El incremento de la dotación será de 757.842,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 08.02.751-A.761.3, «Transferencias de capital. Corporaciones locales. Ordenación territorial del comercio. Espacios comerciales municipales», de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Este incremento de la aplicación presupuestaria está cofinanciada en un 80 % por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) y el 20 % restante por el Fondo de Compensación Interterritorial (FCI). Las actuaciones previstas están comprendidas en el programa operativo Feder Galicia 2007-2013, dentro del eje 2, tema prioritario 08, actuación 08.

Una vez efectuado este incremento, el importe de la dotación presupuestaria previsto asciende a 3.882.842,00 €.

3. En todo caso, la concesión de las ayudas reguladas en dicha orden estará limitada a las disponibilidades presupuestarias.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 16 de julio de 2014

Francisco José Conde López
Conselleiro de Economía e Industria

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