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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 138 Martes, 22 de julio de 2014 Pág. 32082

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Trabajo y Bienestar

CÉDULA de 30 de junio de 2014, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se hace pública una relación de notificaciones de acuerdos de procedencia de reintegro de ayudas para el fomento de la contratación indefinida de los parados de larga duración, reguladas en la Orden de 30 de diciembre de 2008 (Diario Oficial de Galicia número 11, de 16 de enero de 2009) relativa a los expedientes TR347I 2009/000061-1 y tres más.

Intentada la notificación de las citadas resoluciones según lo dispuesto en los artículos 59.5º y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y no siendo posible su práctica, por medio de esta cédula y según lo dispuesto en el número 5 del referido artículo y lo establecido en el artículo 61 del mismo texto legal, se les notifica a los interesados el contenido de las resoluciones que figuran como anexo, para que puedan tener conocimiento de ellas.

Estas resoluciones ponen fin a la vía administrativa y contra ellas los interesados pueden interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, que empezará a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Diario Oficial de Galicia, ante el órgano competente de la jurisdicción contencioso-administrativa. Así mismo, con anterioridad y con carácter potestativo, podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, que empezará a contar a partir del día siguiente al de esta publicación, ante esta jefatura territorial, todo esto de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Se les recuerda también su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de esta jefatura territorial, sitas en la calle Salvador de Madariaga, nº 9, 1º, en A Coruña, y a obtener, en su caso, copia de la resolución, según lo previsto en la letra a) del artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

A Coruña, 30 de junio de 2014

Mª Pilar Caridad Alonso
Jefa territorial de A Coruña

ANEXO

Nº de expediente: TR347I 2009/61-1.

Nombre o razón social: Construcciones y Contratas Herculinas, S.A.

Último domicilio conocido: calle Rafael Alberti, 3, 2º F, 15008 A Coruña.

Hecho imputado: no mantener en su plantilla fija a las personas trabajadoras contratadas al amparo de este programa durante un período mínimo de tres años.

Precepto infringido: artículo 15.5 de la orden de convocatoria.

Contenido de la resolución: acuerdo de la procedencia de reintegro.

Nº de expediente: TR347I 2009/95-1.

Nombre o razón social: Plan B Equipamiento Integral, S.L.

Último domicilio conocido: calle Marcial del Adalid, 1, 1º izquierda, 15005 A Coruña.

Hecho imputado: no mantener en su plantilla fija a las personas trabajadoras contratadas al amparo de este programa durante un período mínimo de tres años.

Precepto infringido: artículo 15.5 de la orden de convocatoria.

Contenido de la resolución: acuerdo de la procedencia de reintegro.

Nº de expediente: TR347I 2009/103-1.

Nombre o razón social: Rubén Freire Valeiro.

Último domicilio conocido: lugar Fraga, 72 (Cortiñán), 15165 Bergondo, A Coruña.

Hecho imputado: no mantener en su plantilla fija a las personas trabajadoras contratadas al amparo de este programa durante un período mínimo de tres años.

Precepto infringido: artículo 15.5 de la orden de convocatoria.

Contenido de la resolución: acuerdo de la procedencia de reintegro.

Nº de expediente: TR347I 2009/124-1.

Nombre o razón social: Jessica María Fernández Expósito.

Último domicilio conocido: paseo marítimo O Temple, 15, bajo, 15679 Cambre, A Coruña.

Hecho imputado: no mantener en su plantilla fija a las personas trabajadoras contratadas al amparo de este programa durante un período mínimo de 3 años.

Precepto infringido: artículo 15.5 de la orden de convocatoria.

Contenido de la resolución: acuerdo de la procedencia de reintegro.