De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se les notifica a las personas que a continuación se relacionan las resoluciones que el director general de Movilidad dictó en los expedientes sancionadores instruidos por infracción de la normativa vigente de los transportes terrestres porque, intentada la notificación, no se pudo efectuar.
Se les hace saber que contra dicha resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula.
En caso de conformidad con la resolución sancionadora, el interesado deberá abonar la multa impuesta a través de un ingreso en cualquier oficina del BBVA, de Caixa Galicia, de Caixanova o de Banesto, empleando el modelo impreso que se facilitará en los servicios centrales de la Dirección General de Movilidad.
En el caso de no presentar recurso de alzada y no pagar la sanción impuesta, se procederá a su cobro por la vía de apremio según lo previsto en el artículo 97 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Para que conste y les sirva de notificación a los interesados, firmo y sello esta cédula.
Santiago de Compostela, 27 de marzo de 2014
Mercedes López Caneda
Subdirectora general de Inspección del Transporte
ANEXO
Expediente Matrícula Denunciante |
Persona sancionada DNI/CIF Última dirección conocida |
Infracción cometida Fecha-Hora-Carretera-p.k. |
Precepto calificador |
Precepto sancionador |
Sanción impuesta |
DX-00019-I-2013 7467-CMT Agente de inspección Dx/002 |
Marcos Casal Vega 76408575E Rollo, 6 27800 Vilalba, Lugo |
La negativa u obstrucción a la actuación de los servicios de inspección que imposibiliten total o parcialmente el ejercicio de las funciones que legal o reglamentariamente tengan atribuidas. 3.4.2013; 12.25 |
Art. 140.12 LOTT |
Art. 143.1.i) LOTT |
4.001 |
DX-00020-I-2013 0650-DKR Agente de inspección Dx/002 |
Marcos Casal Vega 76408575E Rollo, 6 27800 Vilalba, Lugo |
La negativa u obstrucción a la actuación de los servicios de inspección que imposibiliten total o parcialmente el ejercicio de las funciones que legal o reglamentariamente tengan atribuidas. 3.4.2013; 12.35 |
Art. 140.12 LOTT |
Art. 143.1.i) LOTT |
4.001 |
DX-00026-I-2013 0610-DKR Agente de inspección Dx/002 |
Marcos Casal Vega 76408575E Rollo, 6 27800 Vilalba, Lugo |
La negativa u obstrucción a la actuación de los servicios de inspección que imposibiliten total o parcialmente el ejercicio de las funciones que legal o reglamentariamente tengan atribuidas. 4.4.2013; 09.28 |
Art. 140.12 LOTT |
Art. 143.1.i) LOTT |
4.001 |
DX-00044-I-2013 Obstrucción Agente de inspección Dx/003 |
Herramientas y Forjados Maceiras, S.L. B70320643 Carretera Camariñas, km 2 15129 Vimianzo, A Coruña |
La negativa u obstrucción a la actuación de los servicios de inspección que imposibiliten total o parcialmente el ejercicio de las funciones que legal o reglamentariamente tengan atribuidas. 21.5.2013; 10.00 |
Art. 140.12 LOTT |
Art. 143.1.i) LOTT |
4.001 |
DX-00068-I-2013 NA-4774-AF Agente de inspección Dx/004 |
Arias Logística y Transporte, S.L. B27288521 Calle Yáñez Rebolo, 35 27004 Lugo |
El exceso igual o superior al 25 por ciento sobre la MMA total en vehículos con MMA hasta 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior al 35 %. 21.5.2013; 09.23.59; N-VI; 543,800 |
Art. 140.23 LOTT |
Art. 143.1.h) LOTT |
4.000 |
DX-00078-I-2013 Obstrucción Agente de inspección Dx/003 |
Marfrost Logística, S.L. B36933216 Gandarón, 79, 1º B 36214 Vigo, Pontevedra |
La negativa u obstrucción a la actuación de los servicios de inspección que imposibiliten total o parcialmente el ejercicio de las funciones que legal o reglamentariamente tengan atribuidas. 26.6.2013; 12.00 |
Art. 140.12 LOTT |
Art. 143.1.i) LOTT |
4.001 |
PO-01608-O-2013 1031-CVD Guardia Civil 3601 Q92637t |
Eduardo González Dieste 35440113B Ramon López Piñeiro, 2-5º B 36620 Vilagarcía de Arousa, Pontevedra |
La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando. 20.3.2013; 08.45; PO-531; 4,8 |
Art. 140.35 LOTT |
Art. 143.1.g) LOTT |
1.001 |
XC-01488-O-2013 8756-BWL Guardia Civil 1500 R76589w |
Diego López Piña 46919474A José Loureiro González, nº 6, 1º H 15145 A Laracha, A Coruña |
La realización de transporte regular de viajeros de uso especial, careciendo de título habilitante. 6.2.2013; 09.00; AC-552; 9,500 |
Art. 140.1 LOTT |
Art. 143.1.i) LOTT |
4.001 |
XC-02008-O-2013 4128-FFV Guardia Civil 1500 M99561y |
Linotrans, S.L. B98314479 Santísima Trinidad, 73 46290 Alcàsser, Valencia/València |
La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando. 21.3.2013; 16.55; A-6; 567 |
Art. 140.35 LOTT |
Art. 143.1.g) LOTT |
1.0011 |
XC-02069-O-2013 NA4774AF Guardia Civil 1501 L67151k |
Arias Logística y Transporte, S.L. B27288521 Ourense, 29 27004 Lugo |
La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando. 1.4.2013; 08.45; DP-1703; 1,60 |
Art. 140.35 LOTT |
Art. 143.1.g) LOTT |
1.001 |
XC-02100-O-2013 9204-FKM Guardia Civil 1504 I54077k |
Aclave Gestión de Medios, S.L. en constitución B91729459 Astronomía, 1-1-2-9 41015 Sevilla |
La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando. 4.4.2013; 12.00; AP-9; 79,500 |
Art. 140.35 LOTT |
Art. 143.1.g) LOTT |
1.001 |
XC-02170-O-2013 7368-BFZ Guardia Civil 1501 L-67151-k |
Desguaces y Desmantalamientos, S.L. B70168752 Vinxeira Pequena, 68, Celas de Peiro 15198 Culleredo, A Coruña |
La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando. 4.4.2013; 20.10; AC-523; 2 |
Art. 140.35 LOTT |
Art. 143.1.g) LOTT |
1.001 |
XC-02302-O-2013 6071-BPX Guardia Civil 1500 M-99561-y |
Transportes C. Novoa e Hijos, S.L. B49125735 Avenida Federico Silva, 34-1º 49600 Benavente, Zamora |
La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando. 19.4.2013; 00.35; Dp-0512; 1,5 |
Art. 140.35 LOTT |
Art. 143.1.g) LOTT |
1.001 |
XC-02655-O-2013 1193-GCN Guardia Civil 1525 P-11649-z |
Ángel Fernández Prieto 76717181Z Avenida de América, 25 32780 A Pobra de Trives, Ourense |
La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando. 21.5.2013; 8.05; AP-9; 60,8 |
Art. 140.35 LOTT |
Art. 143.1.g) LOTT |
1.001 |