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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 99 Lunes, 26 de mayo de 2014 Pág. 23670

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

CÉDULA de 27 de marzo de 2014, de la Subdirección General de Inspección del Transporte, por la que se notifican las resoluciones dictadas en los expedientes sancionadores en materia de transportes terrestres devueltas por el servicio de Correos porque, intentada la notificación, no se pudo efectuar (expediente DX-00019-I-2013 y trece más).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se les notifica a las personas que a continuación se relacionan las resoluciones que el director general de Movilidad dictó en los expedientes sancionadores instruidos por infracción de la normativa vigente de los transportes terrestres porque, intentada la notificación, no se pudo efectuar.

Se les hace saber que contra dicha resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula.

En caso de conformidad con la resolución sancionadora, el interesado deberá abonar la multa impuesta a través de un ingreso en cualquier oficina del BBVA, de Caixa Galicia, de Caixanova o de Banesto, empleando el modelo impreso que se facilitará en los servicios centrales de la Dirección General de Movilidad.

En el caso de no presentar recurso de alzada y no pagar la sanción impuesta, se procederá a su cobro por la vía de apremio según lo previsto en el artículo 97 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Para que conste y les sirva de notificación a los interesados, firmo y sello esta cédula.

Santiago de Compostela, 27 de marzo de 2014

Mercedes López Caneda
Subdirectora general de Inspección del Transporte

ANEXO

Expediente

Matrícula

Denunciante

Persona sancionada

DNI/CIF

Última dirección conocida

Infracción cometida

Fecha-Hora-Carretera-p.k.

Precepto calificador

Precepto sancionador

Sanción impuesta

DX-00019-I-2013

7467-CMT

Agente de inspección Dx/002

Marcos Casal Vega

76408575E

Rollo, 6

27800 Vilalba, Lugo

La negativa u obstrucción a la actuación de los servicios de inspección que imposibiliten total o parcialmente el ejercicio de las funciones que legal o reglamentariamente tengan atribuidas.

3.4.2013; 12.25

Art. 140.12 LOTT

Art. 143.1.i) LOTT

4.001

DX-00020-I-2013

0650-DKR

Agente de inspección Dx/002

Marcos Casal Vega

76408575E

Rollo, 6

27800 Vilalba, Lugo

La negativa u obstrucción a la actuación de los servicios de inspección que imposibiliten total o parcialmente el ejercicio de las funciones que legal o reglamentariamente tengan atribuidas.

3.4.2013; 12.35

Art. 140.12 LOTT

Art. 143.1.i) LOTT

4.001

DX-00026-I-2013

0610-DKR

Agente de inspección Dx/002

Marcos Casal Vega

76408575E

Rollo, 6

27800 Vilalba, Lugo

La negativa u obstrucción a la actuación de los servicios de inspección que imposibiliten total o parcialmente el ejercicio de las funciones que legal o reglamentariamente tengan atribuidas.

4.4.2013; 09.28

Art. 140.12 LOTT

Art. 143.1.i) LOTT

4.001

DX-00044-I-2013

Obstrucción

Agente de inspección Dx/003

Herramientas y Forjados Maceiras, S.L.

B70320643

Carretera Camariñas, km 2

15129 Vimianzo, A Coruña

La negativa u obstrucción a la actuación de los servicios de inspección que imposibiliten total o parcialmente el ejercicio de las funciones que legal o reglamentariamente tengan atribuidas.

21.5.2013; 10.00

Art. 140.12 LOTT

Art. 143.1.i) LOTT

4.001

DX-00068-I-2013

NA-4774-AF

Agente de inspección Dx/004

Arias Logística y Transporte, S.L.

B27288521

Calle Yáñez Rebolo, 35

27004 Lugo

El exceso igual o superior al 25 por ciento sobre la MMA total en vehículos con MMA hasta 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior al 35 %.

21.5.2013; 09.23.59; N-VI; 543,800

Art. 140.23 LOTT

Art. 143.1.h) LOTT

4.000

DX-00078-I-2013

Obstrucción

Agente de inspección Dx/003

Marfrost Logística, S.L.

B36933216

Gandarón, 79, 1º B

36214 Vigo, Pontevedra

La negativa u obstrucción a la actuación de los servicios de inspección que imposibiliten total o parcialmente el ejercicio de las funciones que legal o reglamentariamente tengan atribuidas.

26.6.2013; 12.00

Art. 140.12 LOTT

Art. 143.1.i) LOTT

4.001

PO-01608-O-2013

1031-CVD

Guardia Civil 3601 Q92637t

Eduardo González Dieste

35440113B

Ramon López Piñeiro, 2-5º B

36620 Vilagarcía de Arousa, Pontevedra

La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando.

20.3.2013; 08.45; PO-531; 4,8

Art. 140.35 LOTT

Art. 143.1.g) LOTT

1.001

XC-01488-O-2013

8756-BWL

Guardia Civil 1500 R76589w

Diego López Piña

46919474A

José Loureiro González, nº 6, 1º H

15145 A Laracha, A Coruña

La realización de transporte regular de viajeros de uso especial, careciendo de título habilitante.

6.2.2013; 09.00; AC-552; 9,500

Art. 140.1 LOTT

Art. 143.1.i) LOTT

4.001

XC-02008-O-2013

4128-FFV

Guardia Civil 1500 M99561y

Linotrans, S.L.

B98314479

Santísima Trinidad, 73

46290 Alcàsser, Valencia/València

La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando.

21.3.2013; 16.55; A-6; 567

Art. 140.35 LOTT

Art. 143.1.g) LOTT

1.0011

XC-02069-O-2013

NA4774AF

Guardia Civil 1501 L67151k

Arias Logística y Transporte, S.L.

B27288521

Ourense, 29

27004 Lugo

La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando.

1.4.2013; 08.45; DP-1703; 1,60

Art. 140.35 LOTT

Art. 143.1.g) LOTT

1.001

XC-02100-O-2013

9204-FKM

Guardia Civil 1504 I54077k

Aclave Gestión de Medios, S.L. en constitución

B91729459

Astronomía, 1-1-2-9

41015 Sevilla

La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando.

4.4.2013; 12.00; AP-9; 79,500

Art. 140.35 LOTT

Art. 143.1.g) LOTT

1.001

XC-02170-O-2013

7368-BFZ

Guardia Civil 1501 L-67151-k

Desguaces y Desmantalamientos, S.L.

B70168752

Vinxeira Pequena, 68, Celas de Peiro

15198 Culleredo, A Coruña

La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando.

4.4.2013; 20.10; AC-523; 2

Art. 140.35 LOTT

Art. 143.1.g) LOTT

1.001

XC-02302-O-2013

6071-BPX

Guardia Civil 1500 M-99561-y

Transportes C. Novoa e Hijos, S.L.

B49125735

Avenida Federico Silva, 34-1º

49600 Benavente, Zamora

La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando.

19.4.2013; 00.35; Dp-0512; 1,5

Art. 140.35 LOTT

Art. 143.1.g) LOTT

1.001

XC-02655-O-2013

1193-GCN

Guardia Civil 1525 P-11649-z

Ángel Fernández Prieto

76717181Z

Avenida de América, 25

32780 A Pobra de Trives, Ourense

La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando.

21.5.2013; 8.05; AP-9; 60,8

Art. 140.35 LOTT

Art. 143.1.g) LOTT

1.001