De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que a continuación se relacionan las resoluciones que el jefe territorial dictó en los expedientes sancionadores instruidos por infracción de la normativa sobre transporte terrestre, porque, intentada la notificación, no se pudo efectuar.
Se informa de que contra dicha resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe recurso de alzada, ante el director general de Movilidad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula.
En caso de conformidad con la resolución sancionadora, los interesados deberán abonar la multa impuesta, empleando el modelo impreso que se facilitará en este servicio de movilidad.
En el caso de no presentar recurso de alzada y no pagar la sanción impuesta, se procederá a su cobro por la vía de apremio según lo previsto en el artículo 97 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Para que conste y sirva de notificación a los interesados, firmo y sello esta cédula.
Ourense, 21 de marzo de 2014
Ángel Míguez López
Jefe del Servicio de Movilidad de Ourense
ANEXO
Expediente Matrícula Denunciante |
Persona sancionada DNI/CIF Última dirección conocida |
Infracción cometida Fecha-Hora-Carretera-p.k. |
Precepto cualificador |
Precepto sancionador |
Sanción impuesta |
OU-01190-O-2013 0181-FDP Guardia Civil 3202 S11089P |
Transportes Anafer 2011, S.L. B24632226 Fueros de León, 1 24400 Ponferrada, León |
Exceso en los tiempos máximos de conducción diaria (sobre 10 horas). Más de 10 horas hasta 11 horas. 11.7.2013; 16.40; N-120; 461 |
Art. 142.17 LOTT |
Art. 143.1.a) LOTT Art. 143.4.b) LOTT |
100 euros |
OU-01290-O-2013 8085-FTT Guardia Civil 3203 B38216U |
Ttes. Doradovalex Ourense, S.L. B32375321 Picouto, 4 bajo 32890 Barbadás, Ourense |
La conducción sin respetar las pausas reglamentariamente exigidas. Superior a 4 horas y 30 minutos e inferior o igual a 5 horas. 21.8.2013; 18.40; OU-P-000; 2,500 |
Art. 142.17 LOTT |
Art. 143.1.g) LOTT Art. 143.4.b) LOTT |
100 euros |