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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 62 Lunes, 31 de marzo de 2014 Pág. 14196

VI. Anuncios

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Colegio Profesional de Higienistas Dentales de Galicia

ANUNCIO de acuerdo de creación de ficheros.

Acuerdo interno aprobado por el pleno del Colegio Profesional de Higienistas Dentales de Galicia en sesión celebrada en día 18 de septiembre de 2013, en virtud de la cual se aprueba la creación de los ficheros de titularidad pública de datos de carácter personal del Colegio Profesional de Higienistas Dentales de Galicia.

La existencia de ficheros con datos de carácter personal y los avances tecnológicos, particularmente los informáticos, han supuesto un incremento en las intromisiones en la esfera de los derechos a la intimidad y privacidad de las personas. Estas intromisiones no tan sólo vienen a no manifestarse por medio de limitaciones a los derechos mencionados, sino que incluso suponen en ocasiones verdaderas vulneraciones de los mismos. Como consecuencia de ello, el ordenamiento jurídico establece diversos mecanismos para la protección de estos derechos. Así, la Constitución española reconoce en su artículo 18 el derecho fundamental al honor, la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, estableciendo su apartado cuarto que la ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor, la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos. La jurisprudencia del Tribunal Constitucional, por medio de sus sentencias 290/2000 y 292/2000, ha venido interpretando este artículo como una vía para otorgar a la protección de datos de carácter personal la consideración de derecho fundamental. Este derecho ha sido considerado por la doctrina como «derecho a la autodeterminación informativa» o «derecho al acto disposición de las informaciones personales», que cuando se refiere al tratamiento automatizado de datos se incluye en el concepto más amplio de libertad informativa.

La Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, establece un conjunto de medidas para garantizar y proteger este derecho fundamental. En virtud de la misma, la creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal es responsabilidad de las administraciones públicas. Concretamente, su artículo 20 establece que la creación, modificación o supresión de estos ficheros, para el caso de las entidades públicas, únicamente podrá realizarse por disposición de carácter general publicada en el Boletín Oficial del Estado o en el diario oficial correspondiente.

Por el presente acuerdo se deciden los siguientes apartados:

Primero. Creación

Se crean los ficheros de carácter personal señalados en el anexo.

Segundo. Medidas de seguridad

Los ficheros creados para la presente cumplen con las medidas de seguridad establecidas por la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y por el Real decreto 1720/2007 por el cual se aprueba una normativa de desarrollo reglamentario de la mencionada ley.

Tercero. Publicación

De acuerdo con el artículo 20 de la Ley orgánica de protección de datos, se acuerda la publicación del presente acuerdo en el diario oficial correspondiente.

Cuarto. Entrada en vigor

El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente en su publicación en el diario oficial correspondiente.

Santiago de Compostela, 20 de septiembre de 2013

Carolina Barrero López Andrea Pardo Rivera
Secretaria del Colegio Profesional Presidenta del Colegio Profesional
de Higienistas Dentales de Galicia de Higienistas Dentales de Galicia

ANEXO

Los ficheros que se crean mediante el presente acuerdo y sus respectivas descripciones son los siguientes:

1. Fichero colegiados.

Responsable del fichero: Colegio Profesional de Higienistas Dentales de Galicia.

Finalidad y usos: fichero con datos de carácter personal de los colegiados. Personas o colectivos afectados: colegiados.

Procedimiento de recogida de datos: encuestas, formularios y vía telemática. Procedencia de la recogida de datos: del propio interesado o su representante legal. Estructura del fichero y datos incluidos: nombre y apellidos, domicilio, NIF, teléfono, número de cuenta corriente, detalles de empleo y académicos, número de colegiado, datos relativos a infracciones administrativas.

Cesiones previstas: a empresas colaboradoras del colegio y a otros colegiados. Ejercicio de derechos: calle Nova de Abaixo, 23, entresuelo B, 15701 Santiago de Compostela, A Coruña.

Nivel de seguridad: medio sistema de tratamiento: mixto.

Transferencia internacional de datos: no se prevé.