Al estar vacantes diversos puestos de trabajo de esta universidad, esta gerencia, en el uso de las atribuciones conferidas en el artículo 40 de los estatutos de esta universidad, aprobados por el Decreto 101/2004, de 13 de mayo (DOG de 26 de mayo), y de la delegación de competencias operada por Resolución de 16 de enero de 2012, en relación con el artículo 20 de la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades; modificada por la Ley orgánica 4/2007, de 12 de abril, de acuerdo con lo que dispone el artículo 79 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público; el Decreto 93/1991, de la Xunta de Galicia, de 20 de marzo (DOG de 25 de marzo), modificado por el Decreto 166/2013, de 14 de noviembre (DOG de 18 de noviembre); el Real decreto 364/1995, de 10 de marzo (BOE de 10 de abril), que aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración general del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración general del Estado; la Resolución de 8 de abril de 2013, de la Universidad de A Coruña, por la que se hace publica la relación de puestos de trabajo del personal funcionario de administración y servicios (DOG de 16 de abril), y después de ser consultada la Junta de Personal Funcionario de Administración y Servicios,
RESUELVE:
Publicar la convocatoria del concurso para cubrir los puestos vacantes que se relacionan en el anexo I de esta resolución, así como los que resulten vacantes en su proceso de cobertura, conforme a las siguientes bases:
Primera. Requisitos y condiciones de participación
Podrán participar en este concurso todos los/las funcionarios/as de carrera de las escalas de administración y servicios de la Universidad de A Coruña, así como el personal laboral fijo que ocupe plazas catalogadas como de funcionarios, cualquiera que fuese su situación administrativa, excepto los suspensos en firme, así como los que pertenezcan a cuerpos o escalas generales de cualquiera de las administraciones públicas que se hallaran en la fecha de esta convocatoria prestando sus servicios en esta universidad como funcionario de carrera, siempre que reúnan, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de las solicitudes de participación, las condiciones y requisitos exigidos en esta convocatoria así como lo establecido en el artículo 9.2 del Decreto 93/1991, de 20 de marzo: los funcionarios deberán permanecer en cada puesto de trabajo de destino definitivo un mínimo de dos años para poder participar en los concursos de provisión, a no ser por supresión del puesto.
Después de transcurrir el período de presentación de instancias, las solicitudes formuladas serán vinculantes para la persona peticionaria y los destinos adjudicados serán irrenunciables, excepto que se obtuviera otro destino por medio de convocatoria pública antes de finalizar el plazo de toma de posesión.
Segunda. Puestos de trabajo
Los puestos de trabajo son los que se detallan en el anexo I y será necesario para poder optar a cualquiera de ellos pertenecer al grupo y al cuerpo o escala que se señala en ese anexo, así como reunir los requisitos específicos que se señalan en él y en la vigente relación de puestos de trabajo de personal funcionario de administración y servicios de la Universidad de A Coruña, con las excepciones hechas en la base primera.
Asimismo, los funcionarios que lo deseen, podrán solicitar los puestos que, a resultas, puedan quedar vacantes durante el proceso de cobertura.
Tercera. Valoración de méritos
La valoración de los méritos de las personas aspirantes para la adjudicación de los puestos de trabajo que se soliciten será como a continuación se indica.
1. Méritos generales.
1.1. Grado personal consolidado.
La valoración del grado personal consolidado se efectuará según los siguientes criterios:
Grado consolidado |
Máximo: 15 |
30 |
15 |
29 |
14,5 |
28 |
14 |
27 |
13,5 |
26 |
13 |
25 |
12,5 |
24 |
12 |
23 |
11,5 |
22 |
11 |
21 |
10,5 |
20 |
10 |
19 |
9,5 |
18 |
9 |
17 |
8,5 |
16 |
8 |
15 |
7,5 |
14 |
7 |
13 |
6,5 |
12 |
6 |
1.2. Valoración del trabajo desarrollado
La valoración del trabajo desarrollado en la UDC se efectuará según los siguientes criterios:
Se valorará el trabajo desarrollado en puestos actualmente catalogados como de funcionario que se ocupen con carácter definitivo o en adscripción provisional y pertenecientes a la misma escala (administración general, bibliotecas).
En caso de ocupar una plaza en comisión de servicios, este tiempo se valorará como prestado en el último puesto que se ocupó con carácter definitivo o con adscripción provisional.
Para la valoración del trabajo desarrollado en la UDC se tomará la puntuación fijada por año para cada puesto en la tabla que a continuación se relaciona. Los períodos inferiores al año se prorratearán por meses.
Escala de administración general |
|
Letrada/o asesor/a |
2,45 |
Vicegerente |
2,375 |
Jefa/e de servicio |
2,3 |
Jefa/e de sección |
1,85 |
Administrador/a |
1,775 |
Secretaria/o del/de la rector/a, Consejo Social |
1,25 |
Jefa/e de negociado |
1,175 |
Secretaria/o del/de la secretario/a general, vicerrector/a, gerente |
|
Secretaria/o de decanato/dirección |
0,875 |
Secretaria/o del Instituto Universitario |
0,8 |
Secretaria/o administrativa/o |
0,725 |
Puesto base |
0,5 |
Jefe de grupo |
0,5 |
Escala de bibliotecas |
|
Jefe/a de servicio |
2,3 |
Jefe/a de sección |
1,85 |
Director/a de biblioteca |
1,775 |
Bibliotecario/a//técnico/a de archivo |
1,175 |
Auxiliar técnico/a de biblioteca |
0,8 |
En este punto se considerará como servicios prestados en la UDC el trabajo desarrollado en la Universidad de Santiago de Compostela con anterioridad a la entrada en vigor del Decreto 3/1990, de 11 de enero, de segregación de centros y servicios de la Universidad de Santiago de Compostela con todos sus medios materiales y humanos y de su integración en las nuevas universidades de A Coruña y Vigo (DOG de 24 de enero).
El trabajo desarrollado en otras administraciones se valorará según la puntuación que corresponda con los puestos que figuran en la tabla, según su nivel de complemento de destino y específico, de acuerdo con los niveles de complemento de destino y específico acreditados en la certificación de servicios prestados, o la proporción que corresponda. La diferencia por cada nivel será de 0,075, tanto de complemento de destino como de específico. En caso de que no se pueda certificar el nivel de complemento específico, se asimilará al complemento de destino.
Se asegurará como mínimo que la puntuación será la que corresponda al puesto de nivel inferior en el que se puede prestar servicios en esta universidad dentro de cada grupo funcionarial de la RPT vigente.
Puntuación máxima de este epígrafe: 25 puntos.
1.3. Antigüedad.
Los servicios prestados en la Administración pública, en que se incluyen los servicios previos reconocidos que se prestaran con anterioridad a la condición de funcionario de carrera, se valorarán por cada año completo (o fracción 1/12 por mes completo), hasta un máximo de 20 puntos, de la siguiente manera:
– Servicios prestados en otras administraciones: 0,534 puntos por año completo de servicio.
– Servicios prestados en el Sistema universitario de Galicia: 0,667 puntos por año completo de servicio.
En este punto se considerarán servicios prestados en la UDC el tiempo trabajado en centros adscritos de naturaleza jurídico-pública con anterioridad a su integración y de acuerdo con las normas de la dicha integración.
Al amparo de lo dispuesto en el Real decreto 255/2006, por el que se modifica el Real decreto 364/1995 y el Real decreto 365/1995, se añadirá a la puntuación obtenida por antigüedad (por encima de los 20 puntos) y solo se tendrá en cuenta para puestos de igual o inferior nivel al del puesto que ocupa en el momento del concurso con carácter definitivo o en adscripción provisional y que se podrá obtener por los siguientes supuestos:
a) 1,25 puntos en caso de que el destino previo del cónyuge funcionario, obtenido mediante convocatoria pública, se localice en el municipio en que radique el puesto o los puestos de trabajo solicitados, siempre que se acceda desde un municipio distinto.
b) 1,25 puntos en el caso de acreditar el cuidado de hijos, tanto cuando fueren por naturaleza como por adopción o acogimiento permanente o preadoptivo, hasta que el hijo cumpla doce años, siempre que se acredite fidedignamente, por la persona interesada, que el puesto solicitado permite una mejor atención del menor.
c) 1,25 puntos en el caso de acreditar el cuidado de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad siempre que, por razones de edad, de accidente, de enfermedad o de discapacidad no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida, que se acceda desde un municipio distinto y siempre que la persona interesada acredite que el puesto que se solicita permite una mejor atención del familiar. La valoración de este supuesto será incompatible con la concedida por el cuidado de hijos.
1.4. Formación.
En este subepígrafe serán valorados los cursos, impartidos y/o recibidos, de formación administrativa general, así como los cursos de formación y de perfeccionamiento que versen sobre materias directamente relacionadas con las funciones propias de los puestos de trabajo. No se evaluará la formación en el DEA sí se posee la titulación de doctor.
1.4.1. La valoración de los cursos se hará de acuerdo con los siguientes criterios:
– Cursos de aptitud: 0,075 puntos por hora.
– Cursos de asistencia: 0,05 puntos por hora.
Los cursos impartidos se evaluarán como un curso de aptitud por el número de horas de una edición.
Las estadías en otras universidades de duración igual o superior a 5 días se valorarán como 20 horas de asistencia a una acción formativa.
La puntuación máxima será de 15 puntos.
La formación que tuviese una antigüedad de más de 10 años a fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias no podrán superar un máximo de 10 puntos.
1.4.1.1. Se valorarán los cursos organizados por la UDC, los recibidos en la EGAP, en el INAP o en otros centros oficiales de cualquier Administración pública, así como los homologados por la EGAP y los impartidos por organizaciones sindicales y empresariales dentro de los programas de formación continua y otros organismos públicos. Igualmente, para los puestos reservados a las escalas de archivos, bibliotecas y museos, se valorarán los cursos específicos organizados por entidades profesionales, miembros de la Federación Española de Sociedades de Archivística, Biblioteconomía, Documentación y Museística.
1.4.1.2. Los títulos propios, el DEA y la suficiencia investigadora se valorarán como los cursos recogidos en el punto 1.4.1.1.
1.4.1.3. No se valorarán cursos académicos completos ni por materias de forma aislada.
1.4.1.4. No serán objeto de valoración los cursos preparatorios o integrantes de procesos selectivos que fuesen organizados por cualquier Administración.
1.4.2. Titulación académica
Titulaciones |
Máximo: 5 |
Doctor |
5 |
Máster oficial (2º y sucesivos: 10 % del primero) |
1º = 0,5 adicional |
Licenciado |
4 |
Grado |
3,5 |
Diplomatura |
3 |
Ciclo superior de FP |
2,5 |
Bachillerato |
2 |
Ciclo medio de FP |
|
Graduado escolar |
1 |
Segundas y sucesivas titulaciones universitarias |
10 % del valor de la 1ª equivalente en el nivel de estudios |
Las equivalencias de titulaciones serán las establecidas por el ministerio y la persona interesada deberá citar la disposición y el BOE en la que se establece.
No se dará la consideración de 2ª titulación a las que constituyan una especialidad por itinerario de la titulación o las titulaciones adaptadas al EEES (grados) a los que se acceda a través de un curso puente.
En el supuesto de poseer dos titulaciones, cuando se accede al segundo ciclo de una titulación mediante la superación del primer ciclo de otra, sólo se tendrá en cuenta la de nivel superior.
1.4.3. Conocimiento de la lengua gallega.
Se valorarán los cursos según lo recogido en la Orden de 16 de julio de 2007 (DOG de 30 de julio), modificada por la Orden de 13 de junio de 2011 (DOG de 24 de junio), por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (Celga), así como las equivalencias que esta última orden dispone en el artículo 5:
Gallego |
Máximo: 5 |
Lenguaje administrativo, nivel superior o Celga 5 |
5 |
Lenguaje administrativo, nivel medio |
3,3 |
Celga 4 |
1,6 |
Celga 3 |
0,8 |
1.4.4. Conocimiento de idiomas.
El conocimiento de idiomas se valorará siguiendo los niveles de competencias lingüísticas establecidas por el Consejo de Europa en el Marco común europeo de referencia de las lenguas (MECRL), según la tabla de equivalencias contenida en el anexo III.
A efectos de valoración del nivel de competencias lingüísticas se tendrán en cuenta también las previsiones y equivalencias de los diferentes títulos obtenidos en las escuelas oficiales de idiomas regulados en el R.D. 1629/2006, de 29 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, así como en el Decreto 191/2007, de la Comunidad Autónoma de Galicia, de 20 de septiembre, por el que se establece la ordenación de enseñanzas de idiomas de régimen especial y los currículos de los niveles básico e intermedio, y el Decreto 239/2008, de la Comunidad Autónoma de Galicia, de 25 de septiembre, por el que se establece el currículo de nivel avanzado.
Nivel |
Máximo: 2,5 |
C2 |
2,25 |
C1 |
1,75 |
B2 |
1,25 |
B1 |
0,75 |
A2 |
0,25 |
A1 |
0,1 |
1.5. Grupo del cuerpo o escala de pertenencia.
Por el grupo a que pertenece el funcionario y desde el que participa en el concurso se concederán los siguientes puntos:
Subgrupo |
Máximo: 12,5 |
A1 |
12,5 |
A2 |
9,375 |
C1 |
6,25 |
C2 |
3,125 |
E (AP) |
0 |
2. Méritos específicos.
2.1. Esta fase está dirigida a la comprobación y a la valoración de los méritos específicos de las personas aspirantes a puestos de nivel de complemento de destino igual o superior al 25. Se efectuará de la siguiente forma:
Elaboración de un proyecto, exposición y defensa. Puntuación total 20 puntos.
Los solicitantes deberán elaborar una memoria en la que se evidencie el conocimiento del área a la que concursa, con un análisis de las tareas del puesto y los requisitos, condiciones y medios necesarios para desempeñarlo, así como una propuesta organizativa del puesto y área en la que se encuadra, que contenga los objetivos a desarrollar en los próximos dos años y con la descripción de, por lo menos, dos acciones para cada objetivo marcado.
A efectos de lo anterior, los solicitantes deberán presentar por escrito y defender oralmente este proyecto, en un acto público, y ante la comisión para el puesto al que se concurse.
Con cuyo objeto, se presentará el proyecto en el plazo de solicitud de la convocatoria del concurso, en un sobre blanco, tamaño 36x26 cm, cerrado y sin ningún tipo de identificación en el que aparezca sólo la dirección de la Universidad de A Coruña. Deberá tener una extensión máxima de 10 folios, en tamaño A4, a espacio y medio y con un tipo de letra Times New Roman o Arial de tamaño 12. Dentro de este sobre se incluirá, además del proyecto, un segundo sobre cerrado y también sin identificación, dentro del cual el aspirante indicará sus datos personales (nombre, apellidos y fotocopia del documento nacional de identidad).
La valoración del proyecto se hará en dos fases:
Fase a). Lectura del proyecto por parte de la Comisión Evaluadora. La valoración se hace sin conocer el nombre de los aspirantes y se evaluará con un máximo de 10 puntos, que resultará del promedio aritmético de las puntuaciones otorgadas por cada uno de los miembros de la comisión. Esta puntuación se hará pública antes de la exposición.
Fase b). Exposición pública del proyecto. La valoración se hará con base en los criterios que previamente establezca la Comisión. El tiempo máximo de intervención para la defensa y exposición por cada candidato será de 30 minutos. Con posterioridad tendrá que atender las preguntas, las aclaraciones, los comentarios y las sugerencias que pudiesen formularle los miembros de la comisión. La puntuación, será de 10 puntos como máximo, que resultará del promedio aritmético de las puntuaciones otorgadas por cada uno de los miembros de la comisión, una vez escuchada la exposición y concluido el diálogo con la persona aspirante. El aspirante deberá obtener en esta segunda fase una puntuación mínima de 5 puntos para conservar la puntuación obtenida en la primera fase. En caso de que no se presente o no obtenga esta puntuación mínima, no se le computará la puntuación obtenida en la fase a) precedente.
El acto será único para todos los aspirantes a un mismo puesto y será público. Los aspirantes serán convocados para la exposición y defensa pública por la Universidad de A Coruña con una antelación de, como mínimo, 3 días hábiles. Una vez otorgada la puntuación del proyecto, la Comisión levantará el acta correspondiente, que será publicada en el plazo máximo de los cinco días siguientes a la fecha de la exposición y en la que deberán figurar los criterios de valoración aplicados por la Comisión.
La evaluación de los méritos de esta segunda fase se efectuará mediante la puntuación obtenida con el promedio aritmético de las otorgadas por cada uno de los miembros de la comisión evaluadora, descartando a estos efectos la máxima y la mínima concedidas o, en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales. Las puntuaciones otorgadas, así como la evaluación final, deberán de reflejarse en el acta que se redactará al efecto.
Cuarta. Solicitudes
Las solicitudes para tomar parte en este concurso y el modelo de currículo se ajustarán al modelo que se publica como anexo II de esta resolución y deberán presentarse en el Registro General de la universidad, en el plazo de quince días hábiles, que se contarán a partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.
En el supuesto de que fuesen varios los puestos que se soliciten, la preferencia de ellos vendrá establecida por el orden en que aparezcan consignados en la solicitud.
Se podrán condicionar las peticiones de dos funcionarios por razón de convivencia familiar al hecho de obtener ambos destino en este concurso y en el mismo municipio, de tal manera que si uno de ellos no obtuviese destino, quedará anulada también la solicitud del otro.
Quinta. Relación de personas admitidas y excluidas
Después de finalizar el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión prevista en la base sexta elaborará una propuesta que será trasladada al gerente, que resolverá declarando la relación de personas admitidas y excluidas, donde se indicará la causa de exclusión. Esta relación se publicará en la página web y en los tablones de anuncios del Rectorado y en el Vicerrectorado del Campus de Ferrol y las personas excluidas tendrán un plazo de diez días hábiles para reclamar en contra de la exclusión.
Sexta. Comisión de valoración
Los méritos serán valorados por una comisión. La composición de esta comisión será publicada en el tablón de anuncios del Rectorado.
La Comisión de Valoración tendrá la categoría primera de las recogidas en el Decreto 144/2008, de 26 de junio, por el que se modifica el Decreto 144/2001, de 7 de junio, de indemnizaciones por razones de servicios al personal con destino en la Administración autonómica de Galicia.
Séptima. Acreditación de méritos
Los requisitos, los méritos y demás datos deberán ser acreditados por las personas interesadas mediante la presentación de los documentos y de los títulos originales, o de fotocopias compulsadas, y las certificaciones de las correspondientes unidades de personal. Las certificaciones deberán estar referidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Los servicios prestados en la Administración pública serán acreditados de oficio por el Servicio de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de A Coruña. En el caso de que éstos no consten en el expediente de la persona interesada, deberán ser acreditados mediante una certificación expedida por la jefatura de personal de la Administración donde se prestaran.
La Comisión de Valoración no tendrá en cuenta los méritos que la persona interesada no acredite documentalmente.
No obstante, la Comisión de Valoración podrá, si lo considera oportuno, requerir de las personas concursantes la presentación de los documentos adicionales, las aclaraciones y las pruebas que considere precisas.
Octava. Resolución del concurso y toma de posesión
El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos vendrá dada por la puntuación total que se obtenga. En caso de empate en la puntuación se acudirá para dirimirlo a la orden de valoración de méritos establecida en el artículo 10.1 del Decreto de la Xunta de Galicia 93/1991, de 20 de marzo, que aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo, promoción profesional y promoción interna.
Después de finalizar los trabajos de valoración de méritos, la Comisión de Valoración publicará en la página web y en los tablones de anuncios del Rectorado y en el Vicerrectorado del Campus de Ferrol las puntuaciones que obtengan las personas aspirantes por cada concepto, así como la propuesta provisional de adjudicación de los puestos, contra la que las personas interesadas podrán formular reclamaciones en el plazo de diez días hábiles, que contarán a partir del día siguiente a su publicación.
Después de transcurrir este plazo, la Comisión remitirá al gerente la propuesta definitiva de adjudicación de puestos a favor de las personas solicitantes que obtuviesen la mayor puntuación y especificará, si fuere el caso, los puestos que quedaran desiertos.
El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario, o de siete días hábiles si comporta cambio de residencia.
Cuando el/la adjudicatario/a del puesto obtenga con su toma de posesión el reingreso al servicio activo, el plazo será de veinte días hábiles.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse en la fecha que se determine justificadamente mediante resolución del órgano convocante publicada en el Diario Oficial de Galicia. Si implica el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha fecha.
Esta convocatoria y sus bases vinculan a la Administración y a los que participen en ella.
Contra esta resolución, que ponen fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia. Potestativamente, en el plazo de un mes, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano.
A Coruña, 2 de enero de 2014
Juan Manuel Díaz Villoslada
Gerente de la Universidad de A Coruña
ANEXO I
Relación de puestos vacantes de personal funcionario
Nº puesto |
Puesto |
C. destino |
N. C. específico |
C. específico |
Tipo |
Provisión |
Subgrupo |
Escalas especiales |
Turno |
Campus |
Formación específica |
Área |
Unidad |
Centro |
59 |
Puesto base de relaciones internacionales |
16 |
19 |
480,56 |
N |
C |
C1/C2 |
M |
F |
2 |
Vicerrectorado de Relaciones Internacionales y Cooperación |
Vicegerencia Campus de Ferrol |
Gerencia |
|
81 |
Jefe de servicio |
28 |
29 |
1.321,87 |
S |
C |
A/A2 |
M |
C |
Servicio de Retribuciones, Seguridad Social y Acción Social |
Gerencia |
|||
89 |
Jefe de servicio |
28 |
29 |
1.321,87 |
S |
C |
A1/A2 |
M |
C |
Servicio de Personal de Administración y Servicios |
Gerencia |
|||
103 |
Jefe del Negociado de Obras |
21 |
21 |
560,71 |
S |
C |
A2/C1 |
M |
C |
Servicio de Patrimonio, Inventario y Gestión Económica |
Gerencia |
|||
155 |
Jefe del Negociado de Bolsas y Ayudas Propias |
21 |
21 |
560,71 |
S |
C |
A2/C1 |
M |
C |
Servicio de Investigación |
Vicerrectorado de Investigación y Transferencia |
|||
163 |
Jefe de la Sección de Coordinación de la Investigación |
25 |
26 |
941,28 |
S |
C |
A1/A2/C1 |
M |
C |
Servicio de Investigación |
Vicerrectorado de Investigación y Transferencia |
|||
243 |
Jefe del Negociado de Planes de Estudio |
21 |
21 |
560,71 |
S |
C |
A2/C1 |
M |
C |
Servicio de Organización Académica |
Vicerrectorado de Títulos, Calidad y Nuevas Tecnologías |
|||
260 |
Puesto base |
16 |
17 |
450,55 |
N |
C |
C1/C2 |
M |
C |
Servicio de Organización Académica |
Vicerrectorado de Títulos, Calidad y Nuevas Tecnologías |
|||
369 |
Puesto base |
16 |
17 |
450,55 |
N |
C |
C1/C2 |
M |
C |
Servicio de Estudiantes |
Vicerrectorado de Estudiantes, Deportes y Cultura |
|||
390 |
Puesto base de relaciones internacionales |
16 |
19 |
480,56 |
N |
C |
C1/C2 |
M |
C |
2 |
Oficina de Relaciones Internacionales |
Vicerrectorado de Relaciones Internacionales y Cooperación |
||
400 |
Jefe del Negociado de Asuntos Académicos I |
21 |
21 |
560,71 |
S |
C |
A2/C1 |
M |
F |
Unidad de Gestión Académica Integrada de Esteiro (UGAI-Esteiro) |
Administración |
Vicerrectorado del Campus de Ferrol y Responsabilidad Social |
||
406 |
Administrador de asuntos económicos y residencia universitaria |
25 |
25 |
841,13 |
S |
C |
A1/A2/C1 |
M |
F |
Unidad de Gestión Académica Integrada de Esteiro (UGAI-Esteiro) |
Administración |
Vicerrectorado del Campus de Ferrol y Responsabilidad Social |
||
419 |
Jefe de negociado |
21 |
21 |
560,71 |
S |
C |
A2/C1 |
M |
C |
Unidad de Apoyo a Departamentos e Investigación |
Dirección |
ETS de Arquitectura |
||
445 |
Jefe de negociado |
21 |
21 |
560,71 |
S |
C |
A2/C1 |
M |
C |
Unidad de Apoyo a Departamentos e Investigación |
Dirección |
ETS de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos |
||
454 |
Bibliotecario |
21 |
21 |
560,71 |
N |
C |
A1/A2 |
Facultativo/ayudante |
T |
C |
Biblioteca |
ETS de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos |
||
455 |
Auxiliar técnico de biblioteca |
18 |
19 |
480,56 |
N |
C |
C1 |
Auxiliar |
M |
C |
Biblioteca |
ETS de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos |
||
471 |
Auxiliar técnico de biblioteca |
18 |
19 |
480,56 |
N |
C |
C1 |
Auxiliar |
T |
C |
Biblioteca |
ETS de Náutica y Máquinas |
||
485 |
Auxiliar técnico de biblioteca |
18 |
19 |
480,56 |
N |
C |
C1 |
Auxiliar |
T |
C |
Biblioteca |
EU de Arquitectura Técnica |
||
500 |
Puesto base |
16 |
17 |
450,55 |
N |
C |
C1/C2 |
M |
F |
Administración |
EU Politécnica |
|||
501 |
Jefe del Negociado de Asuntos Económicos |
21 |
21 |
560,71 |
S |
C |
A2/C1 |
M |
F |
Administración |
EU Politécnica |
|||
506 |
Auxiliar técnico de biblioteca |
18 |
19 |
480,56 |
N |
C |
C1 |
Auxiliar |
T |
F |
Biblioteca |
EU Politécnica |
||
519 |
Puesto base |
16 |
17 |
450,55 |
N |
C |
C1/C2 |
M |
F |
Administración |
Escuela Politécnica Superior |
|||
525 |
Auxiliar técnico de biblioteca |
18 |
19 |
480,56 |
N |
C |
C1 |
Auxiliar |
T |
F |
Biblioteca |
Escuela Politécnica Superior |
||
537 |
Jefe de negociado |
21 |
21 |
560,71 |
S |
C |
A2/C1 |
M |
C |
Unidad de Apoyo a Departamentos e Investigación |
Dirección |
Facultad de Ciencias |
||
541 |
Administrador |
25 |
25 |
841,13 |
S |
C |
A1/A2/C1 |
M |
C |
Administración |
Facultad de Ciencias |
|||
546 |
Puesto base |
16 |
17 |
450,55 |
N |
C |
C1/C2 |
M |
C |
Administración |
Facultad de Ciencias |
|||
564 |
Jefe de negociado |
21 |
21 |
560,71 |
S |
C |
A2/C1 |
M |
C |
Unidad de Apoyo a Departamentos e Investigación |
Dirección |
Facultad de Ciencias de la Educación |
||
567 |
Administrador |
25 |
25 |
841,13 |
S |
C |
A1/A2/C1 |
M |
C |
Administración |
Facultad de Ciencias de la Educación |
|||
586 |
Secretario de decanato |
19 |
19 |
480,56 |
S |
C |
C1/C2 |
M |
C |
Dirección |
Facultad de Ciencias de la Salud |
|||
616 |
Jefe de negociado |
21 |
21 |
560,71 |
S |
C |
A2/C1 |
M |
C |
Unidad de Apoyo a Departamentos e Investigación |
Dirección |
Facultad de Derecho |
||
622 |
Puesto base |
16 |
17 |
450,55 |
N |
C |
C1/C2 |
M |
C |
Administración |
Facultad de Derecho |
|||
635 |
Jefe de negociado |
21 |
21 |
560,71 |
S |
C |
A2/C1 |
M |
C |
Unidad de Apoyo a Departamentos e Investigación |
Dirección |
Facultad de Economía y Empresa |
||
647 |
Puesto base |
16 |
17 |
450,55 |
N |
C |
C1/C2 |
M |
C |
Administración |
Facultad de Economía y Empresa |
|||
653 |
Auxiliar técnico de biblioteca |
18 |
19 |
480,56 |
N |
C |
C1 |
Auxiliar |
T |
C |
Biblioteca |
Facultad de Economía y Empresa |
||
668 |
Jefe de negociado |
21 |
21 |
560,71 |
S |
C |
A2/C1 |
M |
C |
Unidad de Apoyo a Departamentos e Investigación |
Dirección |
Facultad de Filología |
||
678 |
Auxiliar técnico de biblioteca |
18 |
19 |
480,56 |
N |
C |
C1 |
Auxiliar |
T |
C |
Biblioteca |
Facultad de Filología |
||
683 |
Secretario de decanato |
19 |
19 |
480,56 |
S |
C |
C1/C2 |
M |
F |
Dirección |
Facultad de Humanidades y Documentación |
|||
688 |
Jefe de negociado |
21 |
21 |
560,71 |
S |
C |
A2/C1 |
M |
C |
Unidad de Apoyo a Departamentos e Investigación |
Dirección |
Facultad de Informática |
||
691 |
Administrador |
25 |
25 |
841,13 |
S |
C |
A1/A2/C1 |
M |
C |
Administración |
Facultad de Informática |
|||
698 |
Puesto base |
16 |
17 |
450,55 |
N |
C |
C1/C2 |
M |
C |
Administración |
Facultad de Informática |
|||
Notas: El nivel de conocimiento de idiomas será el que establece la Orden de 18 de febrero de 2011 (DOG de 26 de abril) de la siguiente manera: – Para los grupos A1 y A2: nivel C1. – Para los grupos C1 y C2: nivel B2. Formación específica: 2 Inglés u otro idioma de la EU fuera del Estado español. |
ANEXO II
Concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo de personal funcionario de administración y servicios de la Universidad de A Coruña
(Convocado por Resolución de 2 de enero de 2014)
MODELO DE SOLICITUD
Don/doña |
|
Escala/cuerpo: |
Grupo: |
Situación administrativa: |
DNI: |
Puesto que ocupa: |
Nivel: |
Centro o dependencia: |
Grado consolidado: |
Domicilio: |
Teléfono: |
SOLICITA LOS PUESTOS SIGUIENTES:
Orden de petición |
Nº de puesto |
(1) |
Denominación del puesto |
Centro de destino |
(1) Indique un R si el puesto se solicita a resultas, por no estar actualmente vacante
A Coruña, ____ de _____________ de 2014
Fdo.:__________________________________
Gerencia de la Universidad de A Coruña (UDC)
MODELO DE CURRÍCULO
(Deberán numerarse los justificantes por orden correlativa y se hará constar el número en los correspondientes recuadros)
Apellidos: |
Nombre: |
NRP: |
||||||
Cuerpo/escala: |
Grupo: |
|||||||
Puesto que ocupa: |
Nivel: |
Nº RPT: |
Situación administrativa: |
|||||
Destino definitivo (cubrir sólo en caso de ser distinto del puesto que ocupa): |
Centro/unidad: |
Nivel: |
Nº RPT: |
1. Grado personal consolidado: ____
2. Trabajo desarrollado:
Denominación del puesto |
Centro/unidad |
Nivel |
Desde |
Hasta |
3. Antigüedad en la Administración:
Servicios prestados en otras administraciones (reconocidos) a __________ : ______________ |
Años |
Meses |
Días |
|||
Servicios prestados en la Universidad de A Coruña (reconocidos) a ___________: ______________ |
Años |
Meses |
Días |
4. Cursos de formación general y específica:
Denominación |
Impartido por |
Horas |
Nº justif. |
5. Titulación académica:
� Bachillerato, FPII o equivalente.
� Diplomado universitario, ingeniero técnico, arquitecto técnico o equivalente.
� Licenciado universitario, ingeniero, arquitecto o equivalente.
� Doctor.
6. Conocimiento de la lengua gallega:
� Curso de iniciación a la lengua gallega.
� Curso de perfeccionamiento.
� Curso de lenguaje administrativo nivel medio.
� Curso de lenguaje administrativo nivel superior.
7. Conocimiento de idiomas:
1er idioma: _______________________
� C2
� C1
� B2
� B1
� A2
� A1
� 2º idioma: _______________________
� C2
� C1
� B2
� B1
� A2
� A1
8. Grupo del cuerpo o escala de pertenencia:
� Grupo A1
� Grupo A2
� Grupo C1
� Grupo C2
A Coruña, _______de _________ de 2014
Fdo.: _____________________________________
ANEXO III
Tabla de equivalencias en el Marco europeo común de referencia de las lenguas (MECRL)
|
A1 |
A2 |
B1 |
B2 |
C1 |
C2 |
Alemán |
Start Deutsch 1 |
Start Deutsch 2 |
Zertifikat Deutsch (ZD) |
TestDaF |
TestDaF |
Zentrale Oberstufen- |
Catalán |
|
Certificat de nivell bàsic de català |
Certificat de nivell elemental de català |
Certificat de nivell intermedi de català |
Certificat de nivell suficiència de català |
Certificat de nivell superior de català |
Chino |
HSK I |
HSK II |
HSK III |
HSK IV |
HSK V |
HSK VI |
Danés |
|
Prøve i Dansk 1 |
Prøve i Dansk 2 |
Prøve i Dansk 3 |
Studieprøven |
|
Euskera |
|
|
PL 1 – IVAP y Osakidetza |
PL 2 – IVAP y Osakidetza |
Euskararen Gaitasun Agiria (EGA) |
Laugarren maila/Nivel 4 HABE |
Finlandés |
|
Suomen kieli perustaso 1 |
Suomen kieli perustaso 2-3 |
Suomen kieli keskitaso 4-5 ylintaso 5 |
Suomen kieli |
Suomen kieli |
Francés |
Diplôme initial de langue française (DILF), Diplôme d´Etudes en Langue Française (DELF A1) |
Diplôme d´Etudes en Langue Française (DELF A2) |
Diplôme d´Etudes en Langue Française (DELF B1) |
Diplôme d´Etudes en Langue Française (DELF B2) |
Diplôme Approfondi de Langue Française (DALF C1) |
Diplôme Approfondi de Langue Française (DALF C2) |
Griego |
|
|
Bebaevsh Ellhnomaqeiai (Veveosi Elinomathias) |
Elinomathias Epipedo Eparkias |
|
|
Inglés |
Preliminary English Test (PET), |
Key English Test (KET), |
Preliminary English Test |
First Certificate in English (FCE), |
Certificate in Advanced English (CAE), |
Certificate of Proficiency in English (CPE), |
Italiano |
Diploma Elementare di |
Certificato di Conoscenza della Lingua Italiana Livello 1 (CELI 1), PLIDA A2 |
Diploma Intermedio di Lingua Italiana (DILI) |
Diploma Avanzado di Lingua Italiana (DALI) |
Diploma Commerciale di Lingua Italiana (DALC) |
Certificato di Conoscenza della Lingua Italiana Livello 5 (CELI 5), PLIDA C2 |
Japonés |
N5 (antiguo 4-kyû) |
N4 (antiguo 3-kyû) |
N3 |
N2 (antiguo 2-kyû) |
N1 (antiguo 1-kyû) |
|
Luxemburgués |
|
Zertifikat Lëtzebuergesch als Friemsprooch (ZLaF) |
Éischten Diplom Lëtzebuergesch als Friemsprooch (1DLaF) |
Zweten Diplom Lëtzebuergesch als Friemsprooch (2DLaF) |
|
Ieweschten Diplom Lëtzebuergesch |
Neerlandés |
|
Profiel Toeristische en Informele Taalvaardigheid (PTIT) |
Profiel Maatschappelijke Taalvaardigheid (PMT) |
Staatsexamen Nederlands als Tweede Taal Examen I (NT2-I) |
Staatsexamen Nederlands als Tweede Taal Examen II (NT2-II) |
|
Noruego |
|
|
Språkprøven i norsk for voksne innvandrere |
|
Test i norsk for fremmed-språklige Høyere nivå |
|
Portugués |
|
Certificado Inicial de Português Língua Estrangeira (CIPLE) |
Diploma Elementar de Português Língua Estrangeira (DEPLE) |
Diploma Intermédio de Português Língua Estrangeira (DIPLE) |
Diploma Avançado de Português Língua Estrangeira (DAPLE) |
Diploma Universitário de Português Língua Estrangeira (DUPLE) |
Ruso |
|
Test of Russian as a Foreign Language (TORFL/ТРКИ B) Básico/Bazoviy |
Test of Russian as a Foreign Language (TORFL/ТРКИ I) Primero/Perviy |
Test of Russian as a Foreign Language (TORFL/ТРКИ II) Segundo/Vtoroy |
Test of Russian as a Foreign Language (TORFL/ТРКИ III) Tercero/Tretii |
Test of Russian as a Foreign Language (TORFL/ТРКИ IV) Cuarto/Chetvertiy |
Sueco |
|
|
Sfi-provet |
|
Test in Swedish for University |
|
Valenciano |
|
Certificat de coneixements orals de valencià |
Certificat elemental de coneixements de valencià |
Certificat mijtà de coneixements de valencià |
Certificat superior de coneixements de valencià |