Intentada la notificación personal y devuelta por el servicio de Correos por resultar imposible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por la presente cédula se notifica a la empresa relacionada la resolución recaída en el expediente sancionador correspondiente.
Expediente: RL 2013/0187-4.
Acta: I362013000064948.
Empresa: Pirouxa Hostel, S.L.U.
NIF: B-27765874.
Dirección: avenida de Peinador, 213, 2º, Vigo.
Materia: obstrucción.
Preceptos infringidos: artículo 11 de la Ley 42/1997, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 50 de Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
Preceptos sancionadores: artículos 50.2, 39 y 40.1.b) del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
Fecha de la resolución: 26.11.2013.
Resolución: multa de 2.500 €.
Se hace saber a la interesada que puede formular recurso de alzada, ante el director general de Trabajo y Economía Social, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 114 y siguiente de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Se le advierte que, de no ser interpuesto en tiempo y forma, deberá abonar la multa impuesta mediante la necesaria utilización del impreso que podrá solicitar en la Jefatura Territorial de Vigo de la Consellería de Trabajo y Bienestar, en el número de cuenta y en la entidad bancaria y plazo que en él se señala, ya que, en otro caso, se incoará el procedimiento por la vía de apremio ante la Consellería de Hacienda.
Vigo, 3 de diciembre de 2013
María Peón Fernández
Jefa territorial de Vigo