La Orden de 21 de junio de 2013 por la que se establecen las bases reguladoras del programa para la promoción de la integración laboral de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo y del programa de subvenciones a las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los centros especiales de empleo, cofinanciado por el Fondo Social Europeo y se procede a su convocatoria para el año 2013 (DOG nº 125, de 3 de julio), establece en su disposición adicional sexta, en la que se recogen los créditos que financian la orden, que podrá ampliarse la cuantía máxima de estos créditos y que el incremento del crédito estará condicionado a la declaración de disponibilidad del crédito como consecuencia de una generación, ampliación o incorporación de crédito o de la existencia de remanentes de otras convocatorias financiadas con cargo al mismo crédito o créditos incluidos en el mismo programa o en programas del mismo servicio.
En consecuencia, como existen otras dotaciones que pueden ser utilizadas para los mismos fines, como consecuencia de los remanentes de otras convocatorias financiadas con cargo a créditos incluidos en el mismo programa y servicio, es necesario ampliar el importe de los créditos destinados a las ayudas que podrán ser concedidas al amparo de la orden que se cita en esta disposición, con la finalidad de hacer llegar estas al mayor número de personas beneficiarias posible.
Por todo el expuesto y en el uso de las facultades que me han sido conferidas,
DISPONGO:
Artículo 1
Se amplía el importe total de las ayudas que se van a conceder al amparo del programa para la promoción de la integración laboral de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo, regulado en el anexo A de la Orden de 21 de junio de 2013 por la que se establecen las bases reguladoras del programa para la promoción de la integración laboral de las personas con discapacidad en centros especiales de empleo y del programa de subvenciones a las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los centros especiales de empleo, cofinanciado por el Fondo Social Europeo y se procede a su convocatoria para el año 2013 (DOG nº 125, de 3 de julio), en la cuantía de 290.000 euros y con cargo a la aplicación presupuestaria 11.02. 322 C 470.1, código de proyecto 2012 00575, que figura dotada en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2013.
Artículo 2
Esta ampliación no afecta al plazo establecido en la referida orden para la presentación de solicitudes.
Disposición final única
Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 27 de noviembre de 2013
Beatriz Mato Otero
Conselleira de Trabajo y Bienestar