Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 200 Viernes, 18 de octubre de 2013 Pág. 41309

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ORDEN de 17 de octubre de 2013 por la que se amplía la dotación presupuestaria de la Orden de 8 de agosto de 2013, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para la ejecución de infraestructuras de uso público destinadas a los ayuntamientos de Galicia, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Diario Oficial de Galicia número 152, de 9 de agosto).

Mediante la Orden de 8 de agosto de 2013, de la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, se establecieron las bases reguladoras y se convocaron subvenciones para la ejecución de infraestructuras de uso público destinadas a los ayuntamientos de Galicia.

Esta convocatoria está cofinanciada en un 80 % con cargo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder), y en un 20 % con cargo a fondos FCI. Estos fondos Feder están incluidos en el programa operativo Feder 2007-2013, en su eje 5 de desarrollo sostenible local y urbano, tema prioritario 58, actuación 5, que tiene como fin, entre otros, las ayudas a las entidades locales para infraestructuras de uso público.

Estas subvenciones se harán efectivas con cargo a la aplicación presupuestaria 05.23.141A.760.3 (código de proyecto: 2008 00178 Planes de desarrollo local), hasta una cuantía máxima de un millón ciento setenta y un mil doscientos setenta y un euros con cuarenta céntimos (1.171.271,40 €), correspondiente a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2013.

Existe la posibilidad de ampliación de crédito en los supuestos previstos en el artículo 30.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. En estos casos, el órgano concedente deberá publicar la ampliación de crédito en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.

En la misma aplicación presupuestaria y en el mismo código de proyecto presupuestario, existe crédito disponible por importe de 123.108,67 € procedente de una incorporación de crédito de ejercicios anteriores.

Se considera que este crédito es susceptible de aplicarse para la financiación de la convocatoria de subvenciones que nos ocupa, por lo que se pretende el incremento de la dotación presupuestaria de referencia a través del supuesto previsto en el artículo 30.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, recogido expresamente en el artículo 4.2 de la Orden de 8 de agosto de 2013.

De conformidad con dichos preceptos reglamentarios, el órgano concedente debe publicar la ampliación de crédito en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura del plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.

En consecuencia con lo expuesto, de acuerdo con el Decreto 72/2013, de 25 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia y de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, en el que se atribuye a la Dirección General de Administración Local el fomento de las líneas de colaboración con las entidades locales gallegas en lo referente a la convocatoria y ejecución de las subvenciones a ellas destinadas,

Dispongo:

Artículo único

Primero. Se amplía la dotación presupuestaria determinada en la Orden de 8 de agosto de 2013 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para la ejecución de infraestructuras de uso público destinadas a los ayuntamientos de Galicia, cofinanciada en un 80 % con cargo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder), y en un 20 % con cargo a fondos FCI.

Estos fondos Feder están incluidos en el programa operativo Feder 2007-2013, en su eje 5 de desarrollo sostenible local y urbano, tema prioritario 58, actuación 5, que tiene como fin, entre otros, las ayudas a las entidades locales para infraestructuras de uso público.

Segundo. El incremento de la dotación para el ejercicio 2013 será de 123.108,67 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 05.23.141A.760.3 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2013, quedando establecida en 1.294.380,07 € la cuantía máxima de las subvenciones que se concedan.

Tercero. Esta modificación no afecta al plazo establecido en la Orden de 8 de agosto de 2013 para la presentación de solicitudes ni implica el inicio de un nuevo cómputo de plazo para resolver.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 17 de octubre de 2013

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia