En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y teniendo en cuenta lo establecido en el Real decreto legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de evaluación de impacto ambiental de proyectos (modificado por la Ley 6/2010, de 24 de marzo) y en el Decreto 442/1990, de 13 de septiembre, de evaluación de impacto ambiental para Galicia, así como en la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, de ordenación del territorio de Galicia, y en el Decreto 80/2000, de 23 de marzo, por el que se regulan los planes y proyectos sectoriales de incidencia supramunicipal, se somete a información pública la solicitud formulada por Fergo Galicia Vento, S.L., para las instalaciones que a continuación se describen:
Peticionario: Fergo Galicia Vento, S.L.
Parque empresarial Alvedro, C/F-23.
15180 Culleredo (A Coruña).
Situación: ayuntamiento de Alfoz y Mondoñedo (Lugo).
Emplazamiento: [Proyección: U.T.M./Huso: 29/Sistema geodésico: ED50].
Zona: 2.
Área de Desarrollo Eólico (ADE): Mondoñedo II - 1 - 11.
Poligonal de delimitación:
UTM X |
UTM Y |
627.927 |
4.819.198 |
630.050 |
4.816.900 |
631.000 |
4.815.300 |
628.400 |
4.815.300 |
626.050 |
4.818.100 |
Aerogeneradores:
UTM X |
UTM Y |
|
A1-G10X |
626.792 |
4.818.072 |
A2-G10X |
627.237 |
4.817.793 |
A3-G10X |
627.456 |
4.817.500 |
A4-G10X |
627.733 |
4.817.272 |
A5-G10X |
627.934 |
4.818.592 |
A6-G58 |
628.132 |
4.817.797 |
Antena meteorológica:
UTM X |
UTM Y |
|
Torre 1 |
627.750 |
4.817.530 |
Potencia nominal: 23,35 MW.
Producción neta anual estimada: 73.102 MWh/año.
Presupuesto total: 26.225.394,10 euros.
Características técnicas principales:
• Seis (6) aerogeneradores Gamesa, siendo cinco (5) de ellos modelo G10X de 4.500 kW de potencia nominal unitaria con 150 m de altura da buje y 150 m de diámetro de rotor, y otro (1) modelo G58 de 850 kW de potencia nominal con 65 m de altura del buje y 58 m de diámetro de rotor.
• Seis (6) centros de transformación, siendo cinco (5) de ellos de 5.000 kVA de potencia nominal unitaria, y otro (1) de 1.000 kVA, todos ellos con relación de transformación 0,69/20 kV, conexión Dyn11, e instalados unitariamente en el interior de cada aerogenerador, con sus correspondientes aparamentas de seccionamiento, maniobra y protección.
• Una (1) torre meteorológica autoportante de 117,5 m de altura, equipadas con anemómetros, veletas, sensores de temperatura, humedad, presión y registrador de datos.
• Líneas eléctricas subterráneas de 20 kV de tensión nominal y en canalización entubada, para la evacuación de energía generada, de interconexión entre centros de transformación 0,69/20 kV y la subestación transformadora 20/132 kV del parque eólico Airas.
• Caminos o viales, entre 5 e 10 m de anchura, según el tramo, y mayoritariamente en zahorra natural de la zona, para el acceso a los aerogeneradores y al edificio de control y a la subestación eléctrica del parque eólico Airas.
• Subestación transformadora PASS M0 20/132 kV, configuración simple barra, con un transformador principal 20/132 kV intemperie, YNd11, de 25/27 MVA ONAN/ONAF de potencia nominal y otro de servicios auxiliares 20/0,42 kV de 100 KVA, Yzn11, con los correspondientes equipos de control, seccionamiento, maniobra, medida y protección.
• Edificio de control de 140 m2 en planta baja, en el que se situarán entre otros, las celdas de línea, de protección y de medida.
Objeto de información pública:
• Proyecto de ejecución de las instalaciones descritas a los efectos de su autorización administrativa, aprobación y declaración de utilidad pública (que llevará implícita, de acuerdo con el artículo 54 da Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, la necesidad de urgente ocupación a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados necesarios para el establecimiento de estas instalaciones).
• Estudio de impacto ambiental.
• Proyecto sectorial de incidencia supramunicipal.
Lo que se hace público para conocimiento general y de los propietarios de las fincas y demás titulares de bienes y derechos afectados que figuran en la relación que se inserta como anexo de este anuncio, así como de las personas que, siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados, fueran omitidas, para que puedan examinar el proyecto y presentar las objeciones o alegaciones que consideren oportunas, en esta jefatura territorial con domicilio en el Edificio Administrativo de la ronda de la Muralla, 70, Lugo (27071), en el plazo de 30 días hábiles contados a partir de la última publicación de este anuncio o de su notificación individual.
Para idénticos efectos y en el mismo plazo el proyecto sectorial de incidencia supramunicipal podrá ser examinado en las dependencias de la Jefatura Territorial de la Consellería de Economía e Industria en Lugo, y en los ayuntamientos de Alfoz y Mondoñedo (Lugo) y el estudio de impacto ambiental en las dependencias de esta jefatura territorial, de la Jefatura Territorial de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de Lugo y en esos ayuntamientos.
Esta publicación se realiza igualmente a los efectos determinados por el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, cuando los interesados sean desconocidos, no se sepa el lugar o el medio de notificación, o bien, cuando intentada la notificación no se pudiera realizar.
Finalizado el plazo, el expediente, junto con las alegaciones recibidas, se remitirán a la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consellería de Economía e Industria.
Lugo, 16 de septiembre de 2013
José Manuel Vázquez Leirado
Jefe territorial de Lugo