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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 197 Martes, 15 de octubre de 2013 Pág. 40847

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

ANUNCIO de 27 de agosto de 2013, de la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental, por el que se procede a la notificación de la resolución de cancelación en el Registro EMAS de la entidad Eurocontrol y Accesos, S.L.

1. Con fecha 21 de enero de 2008 se procede a la inscripción del centro de la entidad Eurocontrol y Accesos, S.L., con CIF: B36917713, sito en c/ Conde de Torrecedeira, 75, bajo, 36202 Vigo (Pontevedra), en el Registro gallego de centros adheridos al sistema de gestión y auditoría ambiental con número ES-GA-000148.

2. En la citada declaración ambiental se hacía constar que la misma tenía validez de un año desde el día de su validación. Terminado el plazo para la presentación de la siguiente declaración ambiental validada, no se recibió, por parte de Eurocontrol y Accesos, S.L., ningún tipo de comunicación desde la inscripción en el registro.

3. Con fecha 4 de febrero de 2011 se envió una comunicación a la empresa en la que se informaba de que, de no recibir ningún tipo de documentación o comunicación relativa al mantenimiento en el registro en el plazo de tres meses, se procedería a darlos de baja en el Registro EMAS.

4. Tras varios intentos infructuosos de comunicación con la empresa, se acuerda dar un trámite de audiencia a la entidad mercantil Eurocontrol y Accesos, S.L., concediéndole un plazo de quince días a contar desde la notificación del citado escrito para formular alegaciones y aportar los documentos y justificaciones que considere convenientes, al amparo de lo dispuesto en el artículo 14.5 del Decreto 185/1999, de 17 de junio. Asimismo, se procede a dar publicidad al citado acuerdo de trámite de audiencia a través del tablón de anuncios del Ayuntamiento de Vigo y del Diario Oficial de Galicia, con la mención expresa de los requisitos exigidos por el artículo 58.2º de la Ley 30/1992, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Fundamentos jurídicos:

1º La presente resolución corresponde a la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental, según los artículos 12 a 14 del Decreto 185/1999, de 17 de junio, por el que se establece el procedimiento para la aplicación, en la Comunidad Autónoma gallega, de un sistema voluntario de gestión y auditoría ambiental, y según el Decreto 44/2012, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras.

2º El artículo 14.1º del Decreto 185/1999, de 17 de junio, por el que se establece el procedimiento para la aplicación en la Comunidad Autónoma gallega de un sistema voluntario de gestión y auditoría ambiental (EMAS), dispone que: «1. Una vez inscrito el centro en el registro, si este no presentase la siguiente declaración ambiental validada en el plazo fijado por la propia empresa en su solicitud, que en ningún caso será superior a tres años, y no pagase la tasa de registro, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental cancelará la inscripción del centro en el registro e informará de tal medida a la dirección del centro».

3º El apartado 5 del citado precepto establece que: «5. La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, antes de ordenar la suspensión o cancelación de la inscripción de un centro del registro, dará trámite de audiencia al interesado, concediéndole un plazo de quince días para que presente las alegaciones, documentos y justificaciones que estime oportunos. La resolución que acuerde la suspensión o cancelación de la inscripción de un centro del registro será motivada y se notificará a la dirección del centro y al Registro de Establecimientos Industriales».

Dado que no se obtuvo respuesta por parte del interesado a todos y cada uno de los requerimientos realizados, y vistos los preceptos señalados y demás de general y pertinente aplicación, esta Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental, en virtud de la competencia que le otorga el Decreto 185/1999, de 17 de junio, por el que se establece el procedimiento para la aplicación, en la Comunidad Autónoma gallega, de un sistema voluntario de gestión y auditoría ambiental, y según el Decreto 44/2012, de 4 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras,

RESUELVE:

Cancelar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.1 del Decreto 185/1999, de 17 de junio, por el que se establece el procedimiento para la aplicación, en la Comunidad Autónoma gallega, de un sistema voluntario de gestión y auditoría ambiental (EMAS), la inscripción del centro de la entidad mercantil Eurocontrol y Accesos, S.L. en c/ Conde de Torrecedeira, 75, Vigo.

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Santiago de Compostela, 27 de agosto de 2013

Justo de Benito Basanta
Secretario general de Calidad y Evaluación Ambiental