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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 195 Viernes, 11 de octubre de 2013 Pág. 40509

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 23 de septiembre de 2013 por la que se da traslado de la orden de suspensión de obras (expediente PON/31/2013-S1) devuelta por el servicio de Correos por resultar desconocido el domicilio del interesado.

La directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó el 13 de septiembre de 2013 orden de suspensión de las obras de construcción de una edificación para usos residenciales en el camino Sendeiro da Auga, barrio de Millarada, Vilar de Infesta, en el término municipal de Redondela, provincia de Pontevedra; la retirada de los materiales preparados para ser utilizados en la obra suspendida y la maquinaria afecta, a ella; y la suspensión de las correspondientes subministraciones de agua, electricidad, gas y telecomunicaciones de las obras que se ordena paralizar.

Al no poder realizarse la notificación personal de la orden de suspensión a Óscar González Pereira, mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se le notifica al interesado dicha orden.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se hace saber al interesado que el texto íntegro de la orden de suspensión que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha orden de suspensión de la actividad, que pone fin a la vía administrativa, el interesado puede interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de esta cédula, ante la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejercita su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y sirva de notificación al citado interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 23 de septiembre de 2013

María Martínez Allegue
Directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística