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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 195 Viernes, 11 de octubre de 2013 Pág. 40467

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

CÉDULA de 23 de septiembre de 2013, del Servicio de Informes y Recursos, por la que se notifican resoluciones dictadas en expedientes sancionadores en materia de transportes terrestres (expediente LU-00434-O-2013 y catorce más).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que a continuación se relacionan las resoluciones que la Dirección General de Movilidad dictó en los expedientes sancionadores instruidos por infracción de la normativa vigente de los transportes terrestres, porque, intentada la notificación, no se pudo efectuar.

Se les hace saber que contra dicha resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Infraestructuras, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula.

En caso de conformidad con la resolución sancionadora, los interesados deberán abonar la multa impuesta a través de un ingreso en cualquier oficina del BBVA, de Caixa Galicia, de Caixanova o de Banesto, empleando el modelo impreso que se facilitará en los servicios centrales de la Dirección General de Movilidad.

En caso de no presentar recurso de alzada y de no pagar la sanción impuesta, se procederá a su cobro por la vía de apremio según lo previsto en el artículo 97 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Para que conste y sirva de notificación a los interesados, firmo y sello esta cédula.

Santiago de Compostela, 23 de septiembre de 2013

Mercedes López Caneda
Jefa del Servicio de Informes y Recursos

ANEXO

Expediente

Matrícula

Denunciante

Persona sancionada

DNI/CIF

Último domicilio conocido

Infracción cometida

Fecha-Hora-Carretera-p.k.

Precepto
calificador

Precepto
sancionador

Sanción
impuesta

LU-00434-O-2013

7253-BSD

Guardia Civil 2700 V57610l

Sarriana de Distribución Frigorífica, S.L.

B27263763

Corvelle s/n

27600 Sarria, Lugo

Exceso de peso sobre la MMA superior al 25 % en vehículos de hasta 10 t. Exceso de peso superior al 30 %.

21.9.2012; 9.35; CG-22; 10,1

Art. 140.19 de la LOTT y
art. 197.19 de la ROTT

Art. 143.1.h) de la LOTT y
art. 201.1.h) de la ROTT

3.951

LU-01630-O-2012

7655CHM

Guardia Civil 2704 I64330I

Translerofer, S.L.

B70202221

Ronda de Outeiro 112 bajo

15007 A Coruña

Llevar insertada una hoja de registro o tarjeta de conductor correspondientes a otro conductor.

20.9.2012; 20.20; LU-541; 00,00

Art. 140.22 de la LOTT y
art. 197.22 de la ROTT

Art. 143.1.h) de la LOTT y
art. 201.1.h) de la ROTT

3.301

LU-01646-O-2012

7655CHM

Guardia Civil 2704 I64330I

Translerofer, S.L.

B70202221

Ronda de Outeiro 112 bajo

15007 A Coruña

La carencia de hojas de registro del aparato de control, de la tarjeta de conductor o de los documentos impresos obligatorios de que exista obligación de llevar en el vehículo.

20.9.2012; 20.20; LU-541; 00,00

Art. 140.24 de la LOTT y
art. 197.24 de la ROTT

Art. 143.1.g) de la LOTT y
art. 201.1.g) de la ROTT

2.001

OU-01419-O-2012

OU-6994-S

Guardia Civil 3201 D94757N

Comercial Agrícola Ganadera Caldelana, S.L.

B32299208

Carretera de Ponferrada, s/n

32760 Castro Caldelas, Ourense

La realización de transporte privado careciendo de autorización.

12.9.2012; 16.35; OU-536; 42

Art. 141.14 de la LOTT

Art. 143.1.e) de la LOTT

601

PO-00047-O-2013

3497-GMF

Guardia Civil 3601 Q92637T

Yutabo Internacional Trading, S.L.

B85973659

c/ Princesa 25

28008 Madrid

El exceso igual o superior al 25 por ciento sobre la MMA total en vehículos con MMA hasta 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior al 35 %.

25.10.2012; 16.15; AP-9; 137,500

Art. 140.23 de la LOTT

Art. 143.1.h) de la LOTT

4.000

PO-02568-O-2012

3548-FKZ

Guardia Civil 3604 PO3095B

Ramiro Núñez Moldes

10068914C

Valle Inclán 20-2º

32300 O Barco de Valdeorras, Ourense

Realizar transporte público de mercancías careciendo de título habilitante.

3.9.2012; 17.46; AP-9; 137,5

Art. 140.1 de la LOTT

Art. 143.1.i) de la LOTT

4.001

PO-02667-O-2012

1337-DWX

Guardia Civil 3602 W13116X

Proyectos Umia, S.L.

B36488567

c/ Doutor García Bayón 5, bajo

36650 Caldas de Reis, Pontevedra

La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando.

10.9.2012; 17.30; N-550; 95

Art. 140.35 de la LOTT

Art. 143.1.g) de la LOTT

1.001

PO-02670-O-2012

1337-DWX

Guardia Civil 3602 W13116C

Proyectos Umia, S.L.

B36488567

c/ Doutor García Bayón 5 bajo

36650 Caldas de Reis, Pontevedra

La realización de transporte al amparo de autorizaciones de transporte privado complementario de servicios que no cumplen alguna de las condiciones del artículo 102.2 de la LOTT.

10.9.2012; 17.22; N-550; 95

Art. 140.1 de la LOTT

Art. 143.1.i) de la LOTT

4.001

PO-02751-O-2012

4623-DWJ

Guardia Civil 3603 U36333E

Talgutrans, S.L.

B36363133

Foxo 13, bajo, local 9

36700 Tui, Pontevedra

El exceso igual o superior al 20 por ciento sobre la MMA total en vehículos con MMA superior a 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior al 30 %.

4.10.2012; 12.01; A52; 278,300

Art. 140.23 de la LOTT

Art. 143.1.h) de la LOTT

4.000

XC-02195-O-2012

5184-DBX

Guardia Civil 1504 A-35144-Y

Javier Rodríguez Gómez

52492324E

Busto de Arriba 4-4 C

36900 Marín, Pontevedra

Carecer del certificado de conformidad para el transporte de mercancías perecederas o tenerlo caducado o falseado.

4.7.2012; 00.59; AC-553; 0001,500

Art. 140.26.2 de la LOTT y
art. 197.26 de la ROTT

Art. 143.1.g) de la LOTT y
art. 201.1.g) de la ROTT

2.001

XC-02750-O-2012

1527-GCC

Guardia Civil 1502 Q-97183-H

Manuel Fernández Bayo, S.L.

B21102504

Avda. de México 41

21001 Huelva

Realizar transporte público de mercancías careciendo de título habilitante.

18.9.2012; 11.57; AC-552; 0053,000

Art. 140.1 de la LOTT

Art. 143.1.i) de la LOTT

4.001

XC-02809-O-2012

5211-BNC

Guardia Civil 1503 A54682C

Eventos Musicales Galicia, S.L.

B27758762

Avda. Domingo Bueno 8

36400 Pontevedra

No llevar insertada en el tacógrafo la hoja de registro o tarjeta de conductor durante la prestación del servicio o no haber efectuado los documentos impresos al inicio y a la finalización del viaje en los supuestos de deterioro o mal funcionamiento de la tarjeta de conductor o en caso de que ésta no obre en poder suyo.

9.8.2012; 9.10; AP-9; 25,200

Art. 140.22 de la LOTT y
art. 197.22 de la ROTT

Art. 143.1.h) de la LOTT,
art. 201.1.h) de la ROTT

3.301

XC-02969-O-2012

4929-DFJ

Guardia Civil 1501 H-45914-F

Grupo Operador de Ttes. Pedro Ruibal, S.L.

B32320962

Rúa do Pan nº 4, Polígono Ind. Cabanelas

36636 Ribadumia, Pontevedra

La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando.

12.9.2012; 11.42; N-VI; 0580,000

Art. 140.35 de la LOTT

Art. 143.1.g) de la LOTT

1.001

XC-02994-O-2012

3154-BBP

Guardia Civil 1501 H-45914-F

Fundiciones Pardo, S.L.

B27025519

Pol. do Ceao-rúa Factoría 129

27290 Lugo

La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando.

18.9.2012; 8.36; N-634; 0666,200

Art. 140.35 de la LOTT

Art. 143.1.g) de la LOTT

1.001

XC-03246-O-2012

6071-BPX

Guardia Civil 1525 P-11649-Z

Transportes C. Novoa e Hijos, S.L.

B49125735

Avda. Federico Silva, 34-1º

49600 Benavente, Zamora

Exceso igual o superior al 50 % en los tiempos máximos de conducción diaria (sobre 10 horas) igual o superior a 15 horas.

17.9.2012; 19.15; N-550; 0004,500

Art. 140.37.1 de la LOTT

Art. 143.1.g) de la LOTT,
art. 143.4.b) de la LOTT y
art. 143.5 de la LOTT

2.000