Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 194 Jueves, 10 de octubre de 2013 Pág. 40345

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (878/2011).

Juan Rey Pita, secretario del Juzgado de lo Social número 3, en sustitución del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 878/2011, a instancia de Óscar Vázquez Becerra contra la empresa Mármoles y Granitos Osjo, S.L., sobre reclamación de cantidad, en los que recayó sentencia en fecha 9 de septiembre de 2013 que, copiada en los particulares necesarios, dice así:

Fallo:

Se estima la demanda formulada por Óscar Vázquez Becerra frente a Mármoles y Granitos Osjo, S.L. y, en consecuencia:

– Se condena a la empresa Mármoles y Granitos Osjo, S.L. a abonar al actor Óscar Vázquez Becerra la cantidad de cuatro mil quinientos veinticinco euros con cincuenta y ocho céntimos (4.525,58 euros), devengando los conceptos salariales el interés moratorio del 10 %.

Notifíquese la resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante, dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros, en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña.

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Mármoles y Granitos Osjo, S.L., expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 20 de septiembre de 2013

El secretario judicial