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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 190 Viernes, 4 de octubre de 2013 Pág. 39635

III. Otras disposiciones

Instituto Energético de Galicia

RESOLUCIÓN de 20 de septiembre de 2013 por la que se conceden subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a proyectos de energías renovables, con financiación procedente de fondos comunitarios derivados del programa operativo Feder-Galicia 2007-2013, incluidos en la convocatoria efectuada mediante Resolución de 9 de abril de 2013 (Diario Oficial de Galicia número 76, de 16 de abril).

Antecedentes.

1. En la referida Resolución de 9 de abril de 2013, por la que se establecieron las bases reguladoras y se anunció la convocatoria de subvenciones para este ejercicio a proyectos de energías renovables (en adelante, bases reguladoras), se establece la posibilidad de solicitar ayudas –entre otras– en las siguientes tecnologías previstas en su anexo I:

Concepto

Código de procedimiento

Energía solar térmica

IN421A

Calderas de biomasa

IN421D

2. Teniendo en cuenta el carácter dinámico que se otorga al procedimiento administrativo de concesión, una vez confirmada la reserva de fondos y la posterior presentación en plazo de las solicitudes ya formalizadas, se verificó que tanto su documentación como los proyectos técnicos cumplen con los requisitos establecidos en las bases reguladoras.

Consideraciones legales.

1. El Departamento de Secretaría y Servicios Generales del Instituto Energético de Galicia será el órgano competente para la instrucción del procedimiento administrativo de concesión de las subvenciones y corresponde a la Dirección de este organismo dictar las diferentes resoluciones que se deriven del mismo (artículo 12.1 de las bases reguladoras).

2. Todas las resoluciones serán notificadas de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Con carácter general, no se enviarán notificaciones postales y, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.6.b) de la indicada ley, en el caso de las resoluciones de concesión se podrá sustituir la notificación individual por la publicación en el Diario Oficial de Galicia y en la página web del Inega (www.inega.es). En esta publicación se especificará la fecha de la convocatoria, los beneficiarios, las cantidades concedidas y la finalidad de las subvenciones otorgadas. Con la publicación en el DOG se remitirá a los beneficiarios a que consulten la información detallada de la resolución a través del tablón electrónico de anuncios habilitado a estos efectos en la referida página web.

3. La concesión de las subvenciones se efectuará respetando el orden riguroso de la reserva de fondos realizada a través de la aplicación informática, y después de presentar la solicitud y la totalidad de la documentación administrativa y técnica prevista en el artículo 7.5 de las bases reguladoras, sin perjuicio de la posterior revisión por la Comisión Técnica de tales documentos, que podría dar lugar, en su caso, a la modificación de la ayuda en la resolución de concesión (artículos 7.1.a) y 10 de las bases reguladoras).

4. Las presentes ayudas están cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en un 52 %, en el marco del programa operativo Feder-Galicia 2007-2013, eje 4, tema prioritario 40 y 41.

5. En este procedimiento sólo se tienen en cuenta aquellos hechos, alegaciones o pruebas aducidos por los propios interesados.

6. Para determinar el importe de la inversión subvencionada o el coste elegible y fijar la cuantía máxima de ayuda se atendió a los criterios recogidos en el anexo I de las bases reguladoras (Normas por tecnología aplicada).

7. Salvo en aquellos supuestos en que los beneficiarios son particulares o instituciones que non desarrollan actividades económicas que repercutan en terceros, se estuvo a lo dispuesto en el artículo 23 y concordantes del Reglamento (CE) número 800/2008, de 6 de agosto, de la Comisión, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 107 y 108 del TFUE (DOUE L 214, de 9 de agosto), concretamente para la siguiente categoría exenta: ayudas a la inversión para la protección del medio ambiente destinadas a la promoción de energía procedente de fuentes de energía renovables.

8. Tal y como dispone el artículo 14 de las bases reguladoras, todas las ayudas concedidas implican la aceptación por parte de sus destinatarios para que sean incluidos en la lista pública de beneficiarios prevista en los artículos 6 y 7.2.d) del Reglamento (CE) de la Comisión de 8 de diciembre de 2006 (DOUE L 371, de 27 de diciembre).

Asimismo, como beneficiarios de ayudas que cuentan con financiación comunitaria, deberán cumplir con las obligaciones de información y publicidad establecidas en los artículos 8 y 9 del citado reglamento, y en el artículo 1, apartados 1) y 2), del Reglamento (CE) de la Comisión de 1 de septiembre de 2009 (DOUE L 250, de 23 de septiembre).

De acuerdo con todo lo anterior, y dentro del plazo previsto en el artículo 13 de las bases reguladoras, esta dirección

RESUELVE:

Primero. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia de las ayudas concedidas con cargo a las aplicaciones presupuestarias 08.A2.733A.781.7, 08.A2.733A.781.1 y 08.A2.733A.771.6, en las distintas tipologías que aparecen recogidas en el anexo de esta resolución.

Segundo. Todos los beneficiarios podrán obtener la información detallada de los requisitos de la subvención concedida, accediendo al tablón electrónico a través de la aplicación informática habilitada para estas ayudas con el usuario y contraseña del solicitante, desde la página web del Instituto Energético de Galicia (www.inega.es), en el apartado «Ayudas a instalaciones energías renovables 2013».

Tercero. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 de las bases reguladoras, si transcurriesen diez (10) días hábiles desde la publicación de esta resolución en el DOG sin que los interesados que figuran en el anexo comunicasen expresamente su renuncia a la subvención, se entenderá que aceptan y, desde ese momento, adquirirán la condición de beneficiarios.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de la ciudad de Santiago de Compostela, en el plazo de dos (2) meses a contar desde el día siguiente al de su publicación o notificación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso administrativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un (1) mes contado del mismo modo, tal y como disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno.

Santiago de Compostela, 20 de septiembre de 2013

Ángel Bernardo Tahoces
Director del Instituto Energético de Galicia

ANEXO

Subvenciones concedidas

IN421A - Grupo I: energía solar térmica (eje 4, medida 40).

Beneficiarias: familias e instituciones sin ánimo de lucro.

Aplicación presupuestaria: 08.A2.733A.781.7.

Código de solicitud

NIF

Datos del solicitante

Inversión sin IVA (€)

Subvención (€)

IN421A/13R440

33277832Y

José Tallón Freire

5.974,40

945,00

IN421A/13R447

53161519D

Virginia Neira Cousillas

6.213,57

2.158,24

IN421A/13R453

34891116R

Juan Fernando Fernández Vachet

4.580,00

1.130,17

IN421A/13R480

44087726S

Gonzalo Toval Barreras

2.980,00

1.183,68

IN421A/13R483

33252578Y

Manuel Chan Antelo

2.745,00

978,08

IN421A/13R491

32597598C

Rodrigo Eduardo Ramos Ardá

3.201,00

693,70

IN421A/13R513

35247287V

José Guillermo Dopazo Sueiro

6.570,00

2.240,10

IN421A/13R537

35553360Y

María Rodríguez Rodríguez

1.180,00

732,00

IN421D - Grupo IV: calderas de biomasa (eje 4, medida 41).

Beneficiarias: familias e instituciones sin ánimo de lucro.

Aplicación presupuestaria: 08.A2.733A.781.1.

Código de solicitud

NIF

Datos del solicitante

Inversión sin IVA (€)

Subvención (€)

IN421D/13R1506

34245419Y

José Manuel Rodríguez Carreira

12.135,00

3.000,00

IN421D/13R1521

34581460V

Emilio Jesús Levices González

5.002,00

1.992,00

IN421D/13R1546

33851233V

José Luis Cortón López

6.192,14

1.992,00

IN421D/13R1602

33846553Y

Miguel González Rivas

6.072,45

1.992,00

IN421D/13R1666

35784636V

Guillermo Gil Rodríguez

7.466,00

2.560,00

IN421D/13R1670

76911153G

Juan Manuel Domínguez Alonso

5.800,00

1.992,00

IN421D/13R1699

35240254E

Andrés Otero Vázquez

6.945,00

3.369,24

IN421D/13R1715

36118993T

Casiano Iglesias García

14.215,00

1.600,00

IN421D/13R1734

53177912A

Dimas Rodríguez Álvarez

13.674,00

2.500,00

IN421D/13R1736

33821869R

Jesús Pacios Valín

10.981,00

1.236,00

IN421D/13R1756

33327278W

Iván Leivas Montero

7.410,00

2.400,00

IN421D/13R1788

34987457H

María Guadalupe Vázquez Acevedo

5.284,00

1.992,00

IN421D/13R1802

35802023Q

Florinda Barredo Fernández

7.527,00

1.600,00

IN421D/13R1804

76896586L

Águeda Treinta Álvarez

10.000,00

2.560,00

IN421D/13R1806

33345799P

Patricia Pico Roca

7.500,00

1.800,00

IN421D/13R1832

36045306M

José Benigno Alejandro Lorenzo

6.535,00

1.992,00

IN421D/13R1667

76805723Y

Lina Carrillo Santiago

4.380,00

900,00

IN421D/13R1683

33195520B

Ramón Blanco Veiras

9.500,00

1.650,00

IN421D/13R1687

33299421K

Amalia Liste Liste

1.950,00

637,33

IN421D/13R1689

34636445D

Jacobo Rodríguez Silvosa

7.917,43

600,00

IN421D/13R1693

33806435T

María Josefa García Liz

4.800,00

1.250,00

IN421D/13R1710

35211164G

Magín Méndez Fernández

6.007,00

1.250,00

IN421D/13R1750

34128917E

Pablo Rodríguez Curto

3.534,00

1.437,24

IN421D/13R1769

34173485Q

Domitila Castro Figueiras

3.351,00

1.020,00

IN421D - Grupo IV: calderas de biomasa (eje 4, medida 41).

Beneficiarias: empresas privadas.

Aplicación presupuestaria: 08.A2.733A.771.6.

Código de solicitud

NIF

Datos del solicitante

Inversión

sin IVA (€)

Subvención (€)

IN421D/13R1770

A32016511

Forestación y Repoblación, S.A.

119.300,00

17.600,00

IN421D/13R1778

B27446665

Biolugo, S.L.

2.645,00

870,00