El subdirector de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística por sustitución de la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística (artículo 3 del Decreto 51/2008, de 6 de marzo, DOG nº 59, de 27 de marzo) acordó, el 28 de agosto de 2013, incoar expediente de reposición de la legalidad urbanística por las obras consistentes en la construcción de una edificación para uso residencial en el lugar de A Fontaíña, s/n, Lérez, en el término municipal de Pontevedra, provincia de Pontevedra.
Al no poder realizarse la notificación personal de aquel acuerdo a Dolores Pereira Cons, mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se notifica a la interesada dicho acuerdo.
Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se hace saber a la interesada que el texto íntegro del acuerdo que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.
La interesada dispondrá de un plazo de quince (15) días hábiles para alegar y presentar los documentos e informaciones que estime pertinentes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de los que pretenda valerse.
Para que conste, y sirva de notificación a la citada interesada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5º de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, expido y firmo esta cédula.
Santiago de Compostela, 16 de septiembre de 2013
María Martínez Allegue
Directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística