El 27 de junio de 2013 (DOG número 121) se publicó la Orden de 14 de junio de 2013 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a asociaciones, fundaciones y entidades culturales sin ánimo de lucro para el equipamiento y mejora de sus locales, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder), en el marco del programa operativo Feder Galicia 2007-2013, y se procede su convocatoria para el año 2013.
En el artículo 9.2 de dicha orden se establecía que los beneficiarios de la subvención quedan obligados a acreditar la realización de los proyectos subvencionados y a justificar la totalidad del presupuesto del proyecto antes del 1 de octubre de 2013.
Teniendo en cuenta la fecha de resolución de dichas ayudas, motivada por el elevado volumen de solicitudes recibidas y los retrasos experimentados en la tramitación de las enmiendas, con el fin de viabilizar los procesos de ejecución y justificación por parte de los beneficiarios resultantes, sin que con eso se cause perjuicio a terceros, se considera necesario introducir modificaciones en el artículo 9.2 de la Orden de 14 de junio.
Visto lo anterior,
DISPONGO:
Artículo 1. Ampliación del plazo de justificación
Ampliar hasta el 15 de noviembre de 2013, inclusive, el plazo límite previsto en el artículo 9.2 de la Orden de 14 de junio para acreditar la realización de los proyectos subvencionados y justificar la totalidad del presupuesto del proyecto.
Disposición final
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 17 de septiembre de 2013
Jesús Vázquez Abad
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria