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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 181 Lunes, 23 de septiembre de 2013 Pág. 37420

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural y del Mar

ORDEN de 21 de agosto de 2013 por la que se autoriza la transmisión mortis causa y, sucesivamente, inter vivos de la concesión y de la batea L.T.

Visto el expediente instruido a efectos de transmisión de la batea L.T. y de la concesión administrativa que lo ampara, resulta:

a) Antecedentes:

Primero. Mediante escrito de 19.8.2013, Fco. Luis Rodríguez Ojea, en nombre y representación de la comunidad de herederos de Emilia López García, solicitó autorización para la transmisión mortis causa y, sucesivamente, inter vivos de la concesión y de la batea L.T.

Segundo. Los informes del Servicio de Protección de los Recursos sobre las características de la batea son favorables.

b) Consideraciones legales y técnicas:

Primero. Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 6/2009, de 11 de diciembre (DOG nº 243, de 15 de diciembre), de modificación de la Ley 11/2008, de 3 de diciembre (DOG nº 243, de 16 de diciembre), de pesca de Galicia, y con la Resolución de 12 de abril de 2012 de delegación de firma en materia de acuicultura en los titulares de las jefaturas de coordinación del Área del Mar de la Consellería del Medio Rural y del Mar.

Segundo. El expediente siguió todos los trámites establecidos en el procedimiento administrativo común, con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en aguas de Galicia, y en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de las concesiones de los viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia.

Vistas las disposiciones citadas, la propuesta de resolución elaborada por el Servicio de Recursos Marinos, el artículo 89 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y demás normas de general y pertinente aplicación, esta consellería resuelve:

Autorizar la transmisión mortis causa e inter vivos, a favor de José Luis Rodríguez López (76967812Z), del 100 % de la concesión y de la batea que se indica a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: L.T.

Ubicación:

Cuadrícula nº: 37.

Polígono: D.

Distrito: Caramiñal (A Coruña).

Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante:

Orden otorgamiento: 28.9.1973.

Fin vigencia: 15.12.2019.

Actuales titulares: Emilia López García y Fco. Luis Rodríguez Ojea (76493555V-33197671T), 100 % gananciales.

Nuevo titular: José Luis Rodríguez López (76967812Z), 100 % privativa.

Bajo las siguientes condiciones:

Primera. Los actuales titulares deberán presentar en el plazo máximo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia, original o fotocopia cotejada de la siguiente documentación:

a) Documento notarial de la transmisión o donación.

b) Solicitud o carta de pago del impuesto de transmisiones patrimoniales o documento de sucesiones.

Segunda. Transcurrido el plazo indicado en la condición primera sin haber aportado la documentación requerida, la autorización quedará sin efecto, previa comunicación por parte de la consellería.

Tercera. El nuevo titular de la concesión queda subrogado en los derechos y obligaciones de los anteriores, desde el momento de formalización de compraventa en escritura pública.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la conselleira del Medio Rural y del Mar, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

A Coruña, 21 de agosto de 2013

P.D. de firma (Resolución de 12 de abril de 2012)
María José Cancelo Baquero
Jefa del Servicio de Recursos Marinos