En virtud de la Orden de la Consellería de la Presidencia y Administración pública de 29 de noviembre de 2001 se convocaron los procesos selectivos para el ingreso en el cuerpo facultativo superior de la Xunta de Galicia, grupo A, escala de inspección pesquera (DOG núm. 238, de 11 de diciembre), en el cuerpo facultativo de grado medio de la Xunta de Galicia, grupo B, escala técnica de vigilancia pesquera (DOG núm. 238, de 11 de diciembre) y en el cuerpo de ayudantes facultativos de la Xunta de Galicia, grupo C, escala de subinspección pesquera (DOG núm. 239, de 12 de diciembre).
Las órdenes por las que se convocaron los procesos selectivos para el ingreso en la escala técnica de vigilancia pesquera (grupo B) y en la escala de subinspección pesquera (grupo C) fueron modificadas por órdenes de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública de 16 de abril de 2002 (DOG núm. 80, de 25 de abril).
Una vez tramitados dichos procesos selectivos, los aspirantes que los superaron fueron nombrados funcionarios, con adjudicación de destino provisional, mediante las órdenes de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública que a seguir se relacionan:
– Cuerpo facultativo superior de la Xunta de Galicia, grupo A, escala de inspección pesquera: Orden de 6 de mayo de 2003 (DOG nº 91, de 13 de mayo).
– Cuerpo facultativo de grado medio de la Xunta de Galicia, grupo B, escala técnica de vigilancia pesquera: Orden de 11 de noviembre de 2003 (DOG nº 224, de 18 de noviembre).
– Cuerpo de ayudantes facultativos de la Xunta de Galicia, grupo C, escala de subinspección pesquera: Orden de 11 de noviembre de 2003 (DOG nº 224, de 18 de noviembre).
Los puestos adjudicados con carácter provisional estaban adscritos al Servicio de Protección de Recursos de la consellería competente en materia de pesca y recursos marinos.
Durante la situación de provisionalidad, la Ley 2/2004, de 21 de abril, creó el Servicio de Guardacostas de Galicia en sustitución del Servicio de Protección de Recursos. Igualmente creó tres escalas: técnica (grupo A), ejecutiva (grupo B) y de agentes (grupo C) y declaró a extinguir las previamente existentes de inspección (grupo A), técnica de vigilancia pesquera(B) y subinspección (grupo C).
La integración de los funcionarios del Servicio de Protección de Recursos en las nuevas escalas del Servicio de Guardacostas fue regulada en la disposición transitoria primera de la Ley 2/2004, desarrollada por la disposición transitoria primera del Decreto 157/2005, de 26 de mayo (DOG núm. 112, de 13 de junio).
El personal que superase los procesos selectivos objeto de esta orde se integró en las nuevas escalas por resoluciones de la Dirección General de Función Pública con fecha de 27 de septiembre de 2006 y de 3 de julio de 2009.
Finalmente, por acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 26 de marzo de 2009 (DOG núm. 67, de 7 de abril) se aprobó la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo de la Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos para adaptar los puestos dependientes del Servicio de Guardacostas a las escalas creadas por la Ley 2/2004.
Es necesario ahora que el personal que superó los procesos selectivos para el ingreso en las extintas escalas de inspección pesquera, técnica de vigilancia pesquera y de subinspección pesquera, y que se integró en las escalas técnica, ejecutiva y de agentes elija destino definitivo.
De conformidad con el artículo 42 del Decreto legislativo 1/2008, de 13 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de función pública de Galicia los aspirantes que superaron el ingreso realizaran su solicitud de puesto definitivo según el orden obtenido en el proceso selectivo; orden anteriormente seguido para la elección del destino provisional.
De acuerdo con todo lo expuesto y al objeto de que dicho personal tome posesión de un destino definitivo, esta consellería
DISPONE:
Primero. Convocar a los/las funcionario/as que se relacionan en el anexo I de esta orden al acto de elección de destino definitivo que tendrá lugar en el salón de actos numero 2 (pequeño) de la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia (edificio administrativo San Caetano, s/n, Santiago de Compostela) el día 12 de julio de 2013, a las 11.00 horas.
Segundo. Los funcionarios convocados elegirán destino definitivo por el mismo orden seguido en la elección de destino provisional, que es el que figura en el anexo I de esta orden.
Tercero. Los puestos que se ofertarán y los requisitos exigidos para su ocupación – escala y titulación-figuran en el anexo II de esta orden.
Cuarto. Los/las funcionarios/as que pretendan optar a puestos para cuyo desempeño se exija una titulación distinta de la que acreditó en el proceso selectivo, deberán presentar el original o unha copia cotejada en el acto de elección de destino.
Quinto. Los aspirantes deberán ir provistos de DNI u otro documento que acredite fidedignamente su identidad; en el caso de no comparecer personalmente podrán ser representados por terceras personas con poder notarial suficiente.
Sexto. Una vez concluida la adjudicación de puestos a los aspirantes presentes o representados, se les adjudicará a los aspirantes que no comparezcan aquellos que quedasen sin adjudicar, siguiendo el orden de publicación de éstos y el orden de prelación de los aspirantes en el proceso selectivo. No se adjudicaran de oficio puestos para cuyo desempeño se exija una titulación que el aspirante no acreditase en el proceso selectivo.
Séptimo. Se exceptúan de lo dispuesto en el párrafo anterior a los aspirantes que ocupen un puesto abierto a su escala del Servicio de Guardacostas adjudicado por el sistema de libre designación. En este caso la incomparecencia al acto implicará la opción por permanecer en ese puesto.
Octavo. Los aspirantes que soliciten ser declarados en excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público o por interés particular regladas en el artículo 57.1 del Decreto legislativo 1/2008, de 13 de marzo-redacción dada por el artículo 25 de la Ley 15/2010, de 28 de diciembre (DOG núm. 250, de 30 de diciembre)-deberán presentarse al llamamiento con un certificado del responsable de su unidad de personal en el que conste la condición con la que presta servicios en la actualidad en documento original o fotocopia debidamente compulsada.
Noveno Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la conselleira de Hacienda en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde esa misma fecha ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdición contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 3 de julio de 2013
Elena Muñoz Fonteriz
Conselleira de Hacienda
ANEXO I
Escala de acceso: facultativo superior, escala inspección pesquera.
Nº |
Apellidos y nombre |
NIF |
Escala actual |
1 |
Codesido Vilar, Juan Carlos |
32637943T |
Escala técnica (A1) |
Escala de acceso: facultativo grado medio, escala técnica de vigilancia pesquera.
Nº |
Apellidos y nombre |
NIF |
Escala actual |
2 |
Ordás Patiño, Gerardo |
35419083A |
Escala técnica (A1) |
Escala de acceso: ayudantes facultativos de la Xunta de Galicia, escala de subinspección pesquera.
Nº |
Apellidos y nombre |
NIF |
Escala actual |
3 |
Baliñas Pazos, José Antonio |
35442755P |
Escala ejecutiva (A2) |
4 |
Molina Jack, María Eugenia |
46905949W |
Escala de agentes (C1) |
5 |
Escudero Dans, David |
32835913D |
Escala de agentes (C1) |
6 |
Piñeiro Pouso, Ramón Javier |
33274192T |
Escala de agentes (C1) |