Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 1353/2011 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Serafín Castelao Paramos contra la empresa Marco Obras y Proyectos de Arosa, S.L. y Enrique Seoane Raposo, S.L., se ha dictado la siguiente resolución:
«Fallo que debo estimar y estimo la demanda presentada por Serafín Castelao Paramos contra Marco Obras y Proyectos de Arosa, S.L. y Enrique Seoane Raposo, S.L. y condeno solidariamente a las demandadas a abonar al actor 1.557,53 euros, cantidad que habrá de incrementarse con los intereses del artículo 29.3 del ET. No ha lugar a realizar en la presente resolución pronunciamiento de condena al Fogasa sin perjuicio de su responsabilidad en los términos del artículo 33 del ET.
Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fogasa haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso de suplicación.
Llévese el original de esta resolución al libro de sentencias y déjese testimonio en las actuaciones.
Así lo acuerdo, mando y firmo. La magistrada jueza».
Y para que sirva de notificación en legal forma a Enrique Seoane Raposo, S.L., en paradero desconocido, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 10 de junio de 2013
La secretaria judicial