La directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 29 de abril de 2013, resolución por la que se impone una segunda multa coercitiva a José Manuel Costas Estévez como consecuencia de incumplir la Resolución de 14 de febrero de 2012 por la que se ordena la demolición de las obras consistentes en la escavación y explanación de la parcela y construcción de muros de contención de piedra para instalar una edificación para exposición de edificaciones de madera.
Al no poderse realizar la notificación personal de aquella resolución, mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se notifica al interesado dicha resolución.
Teniendo en cuenta que el acto no se publica en su integridad, se comunica al interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, situadas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo la notificación se entenderá producida.
Contra esta resolución el interesado puede interponer recurso de reposición ante la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que se produzca la notificación, o bien, si no ejercita su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Para que conste y sirva de notificación al citado interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la LRJPAC, expido y firmo esta cédula.
Santiago de Compostela, 27 de mayo de 2013
María Martínez Allegue
Directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística