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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 110 Martes, 11 de junio de 2013 Pág. 22044

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 6 de mayo de 2013, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se somete a información pública la autorización administrativa, la declaración de utilidad pública, con la necesidad de urgente ocupación que implica, la aprobación del proyecto de ejecución, el proyecto sectorial de incidencia supramunicipal de la instalación eléctrica y el estudio ambiental de las instalaciones referidas al parque eólico del Merendón (ayuntamientos de Oia y O Rosal, provincia de Pontevedra, expediente IN661A 2011/19-4).

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico; en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en el Decreto 442/1990, de 13 de septiembre, de evaluación de impacto ambiental para Galicia; en el Real decreto legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de evaluación de impacto ambiental de proyectos, modificado por la Ley 6/2010, de 24 de marzo; en el Decreto 80/2000, de 23 de marzo, por el que se regulan los planes y proyectos sectoriales de incidencia supramunicipal; y en la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, de ordenación del territorio de Galicia; y en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia; sobre autorización de instalaciones eléctricas, se someten a información pública, a solicitud de la empresa Tiraventos, S.L., las instalaciones que a continuación se describen:

Título: Parque Eólico do Merendón.

Solicitante: Tiraventos, S.L.

Domicilio social: Polígono de Torneiros, s/n, A Relva, 36410 O Porriño.

Municipios afectados: Oia y O Rosal.

Superficie afectada: 412,63 ha.

Emplazamiento: (coordenadas UTM).

Coordenadas de la poligonal:

X

Y

X

Y

513.020

4.647.940

512.050

4.649.630

513.730

4.648.590

512.130

4.649.330

514.020

4.648.460

511.180

4.648.450

514.177

4.647.834

511.310

4.647.530

513.445

4.646.535

512.350

4.647.140

510.910

4.646.600

512.700

4.647.090

510.730

4.647.080

513.310

4.647.340

511.230

4.649.380

513.326

4.647.425

511.890

4.649.820

Las coordenadas de los aerogeneradores son:

X

Y

511.887

4.649.513

513.694

4.647.781

510.949

4.647.084

511.137

4.646.869

511.473

4.647.196

511.761

4.647.031

513.775

4.648.317

Características técnicas del parque eólico:

• 7 aerogeneradores con una potencia nominal unitaria de 3.000 kW.

• Potencia total admitida: 21 MW.

• Producción neta anual estimada: 61.069,90 MWh/año.

• Presupuesto total: 23.532.748,81 euros.

Características técnicas de la infraestructura eléctrica de generación, transformación e interconexión:

• 7 transformadores de 3.500 kVA instalados en el interior del aerogenerador con una relación de transformación 0,40/30 kV.

• Red subterránea de interconexión entre las máquinas existentes, a 30 kV.

• Subestación de maniobra de 30 kV.

Objeto de la información pública:

• Estudio ambiental.

• Proyecto sectorial de incidencia supramunicipal.

• Autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración de utilidad pública de las instalaciones que comprende el proyecto del parque eólico.

La declaración de utilidad pública llevará implícita, de acuerdo con el artículo 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, la necesidad de la urgente ocupación a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados necesarios para el establecimiento de estas instalaciones.

Relación de propietarios, bienes y derechos afectados:

La relación concreta e individualizada de los propietarios, bienes y derechos afectados figura en el anexo que se inserta con esta resolución.

Lo que se hace público para conocimiento general y de los propietarios de las fincas y demás titulares de derechos afectados que no llegaron a un acuerdo con la entidad solicitante y que figuran en la relación del anexo que se inserta con esta resolución, así como las personas que, siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados, fuesen omitidas, para que puedan examinar el proyecto y presentar las alegaciones que consideren oportunas al mismo en esta jefatura territorial, sita en la avda. Fernández Ladreda, nº 43, 36003 Pontevedra, en el plazo de treinta días contados a partir de la última publicación de esta resolución o notificación individual.

El plazo de información pública para el proyecto sectorial es de 30 días contados a partir de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. El proyecto sectorial se podrá examinar en esta jefatura territorial e en los ayuntamientos de Oia y O Rosal.

Asimismo, el estudio ambiental correspondiente a las instalaciones del parque eólico se podrá examinar en las dependencias de la Jefatura Territorial de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras en Pontevedra, ayuntamientos de Oia y O Rosal, y en esta jefatura territorial de la Consellería de Economía e Industria de Pontevedra, pudiendo presentarse ante la misma cuantas alegaciones se consideren oportunas dentro del mismo plazo señalado en el párrafo anterior.

Terminado dicho plazo, el expediente, junto con las alegaciones recibidas, se remitirá a la Dirección General de Industria, Energía y Minas.

Esta publicación se hace igualmente a los efectos determinados por el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y de procedimiento administrativo común, cuando los interesados sean desconocidos, se ignore el lugar o el medio de notificación, o bien, cuando intentada la notificación, no se pudiese realizar.

Pontevedra, 6 de mayo de 2013

Ignacio Rial Santomé
Jefe territorial de Pontevedra

ANEXO

Parque Eólico O Merendón

Ayuntamiento de O Rosal

(Pontevedra)

Superficie en m2

Pleno dominio

Servidumbre vial y zanja

Servidumbre de vuelo

Servidumbre de protección eólica

Nº finca

Nº polígono

Nº finca catastro

Nombre

Dirección

Cimentación

Plataforma

Subestación

Viales

Zanjas

Vuelo

P. eólica

Clasificación

Paraje

1

6

163

CMVMC de O Rosal

Alto de Novás, s/n, 36770 O Rosal

962

1.990

 

4.327

 

4.875

31.763

Matorral y pinar maderable

Río Rigueiro

2

10

1

CMVMC de O Rosal

Alto de Novás, s/n, 36770, O Rosal

962

1.973

 

18.476

349

4.162

36.568

Matorral, pinar maderable y eucaliptus

Sin paraje

3

11

1

CMVMC de O Rosal

Alto de Novás, s/n, 36770, O Rosal

 

 

 

 

3.126

 

 

Matorral, pinar maderable y eucaliptus

Sin paraje

Ayuntamiento de Oia

(Pontevedra)

Superficie en m2

Pleno dominio

Servidumbre vial y zanja

Servidumbre de vuelo

Servidumbre de protección eólica

Nº finca

Nº polígono

Nº finca catastro

Nombre

Dirección

Cimentación

Plataforma

Subestación

Viales

Zanjas

Vuelo

P. eólica

Clasificación

Paraje

1

39

1230

CMVMC de Sta. María de Oia

Vista Alegre, 24, 36794 Oia

2.886

5.999

 

8.615

12.337

15.787

84.177

Pinar maderable

Río Rigueiro

2

39

529

CMVMC de Sta. María de Oia

Vista Alegre, 24, 36794 Oia

 

394

 

875

2.767

281

33.456

Desconocido

Sin paraje

3

50

168

CMVMC de Sta. María de Oia

Vista Alegre, 24, 36794 Oia

 

 

5.001

 

3.696

 

 

Matorral, pinar maderable y eucaliptus

Sin paraje

4

40

7

CMVMC de Loureza

Acevedo, 98, Loureza,

36779 Oia

1.924

4.196

 

17.450

4.325

10.049

66.444

Matorral, pinar maderable y eucaliptus

Sin paraje