Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 108 Viernes, 7 de junio de 2013 Pág. 21430

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 20 de mayo de 2013 por la que se notifica la resolución del expediente de reposición de la legalidad urbanística IU3/64/2012, devuelta por el órgano notificador por resultar desconocido el domicilio del interesado.

La directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 2 de mayo de 2013, resolución por la que se declaran ilegalizables las obras realizadas en suelo rústico, sin autorización urbanística autonómica, consistentes en construcción de una vivienda unifamiliar sin vinculación a explotación agrícola o ganadera, en el lugar de Rairo, en el término municipal de Ourense.

Al no poderse realizar la notificación personal de aquella resolución a Arturo Fernando Morgado, en calidad de promotor de las obras, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se notifica al interesado dicha resolución.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se comunica al interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, el interesado puede interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que se haya producido la notificación, ante la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejerce su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y le sirva de notificación al citado interesado en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la LRJPAC, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 20 de mayo de 2013

María Martínez Allegue
Directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística