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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 83 Martes, 30 de abril de 2013 Pág. 13597

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

CÉDULA de 9 de abril de 2013, del Servicio de Movilidad de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se notifican las resoluciones dictadas en los expedientes sancionadores en materia de transportes terrestres devueltas por el servicio de Correos porque, intentada la notificación, no se pudo efectuar (expediente XC-02635-O-2012).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que a continuación se relacionan las resoluciones que el jefe territorial dictó en los expedientes sancionadores instruidos por infracción de la normativa vigente de los transportes terrestres, porque, intentada la notificación, no se pudo efectuar.

Se les hace saber que contra dicha resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el director general de Movilidad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula.

Las sanciones impuestas fueron abonadas anticipadamente con una reducción del 25 % de su importe en la forma prevista en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres.

Para que conste y sirva de notificación a los interesados, firmo y sello esta cédula.

A Coruña, 9 de abril de 2013

César Concheiro Ceide
Jefe del Servicio de Movilidad de A Coruña

ANEXO

Expediente

Matrícula

Denunciante

Persona sancionada

DNI/CIF

Última dirección conocida

Infracción cometida

Fecha-Hora-Carretera-p.k.

Precepto
calificador

Precepto
sancionador

Sanción impuesta

XC-02635-O-2012

7934-GHD

Guardia Civil 1504 A35144Y

Francisco Javier Lago Rodríguez

32786201T

Gómez Pérez das Mariñas 2, esc. 1

15174 Culleredo, A Coruña

Exceso de peso sobre la MMA superior al 6 % hasta el 15 %, en vehículos de hasta 10 t. Exceso de peso superior al 7 %.
16.8.2012; 16.11; N-550; 44

Art. 142.2 de la LOTT,

art. 199.2 de la ROTT

Art. 143.1.c) de la LOTT,

art. 201.1.c) de la ROTT

311 euros