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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 48 Viernes, 8 de marzo de 2013 Pág. 7099

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Sanidad

CÉDULA de 13 de febrero de 2013, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se notifica el acuerdo de inicio del expediente sancionador 2012401TA-CO por infracciones en materia sanitaria.

En fecha 23 de enero de 2013, la jefa territorial de A Coruña dictó acuerdo de inicio del expediente sancionador 2012401TA-CO incoado a Esteban Liñares Cruces.

Intentada la notificación de este acuerdo según lo dispuesto en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y no siendo posible su práctica, por medio de la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el apartado 5 del citado artículo, se notifica a Esteban Liñares Cruces el contenido del referido acuerdo de inicio que figura como anexo para que pueda tener conocimiento de él.

Asimismo, se le hace saber el derecho que le asiste, al amparo de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 16 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, para presentar alegaciones ante la jefatura territorial en el plazo de quince (15) días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de esta cédula, recordándole su derecho a consultar el expediente depositado en las dependencias de la jefatura territorial, sita en la calle Gregorio Hernández, 2-4, A Coruña, y a obtener, en su caso, copia del mismo, según lo previsto en el apartado a) del artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Se le advierte que en el caso de no efectuar alegaciones sobre el contenido de dicho acuerdo en el citado plazo, el acuerdo de inicio se considerará propuesta de resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del citado Real decreto 1398/1993.

Esta cédula se expide para que conste y sirva de notificación al interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

A Coruña, 13 de febrero de 2013

Emma Rego Valcarce
Jefa territorial de A Coruña

ANEXO

Nº expediente: 2012401TA-CO.

Interesado: Esteban Liñares Cruces (Bar A Pedriña).

DNI/NIF/CIF: 44836061E.

Última dirección conocida: Amor Ruibal, s/n, Galerías Pontepedriña, 15702 Santiago de Compostela.

Hecho/s imputado/s: infracción de la legislación aplicable en materia sanitaria.

Artículo/s infringido/s: artículo 35.b.2) de la Ley 14/1986, de 25 de abril, general de sanidad, y artículo 42.e) de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia.

Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, modificada por la Ley 42/2010, de 30 de diciembre, en sus artículos 4.d) y 19.3.n).

Resolución de 20 de septiembre de 2006, del Comisionado para el Mercado de Tabacos. Mecanismos técnicos adecuados para garantizar que las máquinas expendedoras de tabaco en el mercado impidan el acceso a menores, tal como establece el artículo 4 de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.

Tipificación provisional: grave.

Sanción propuesta: 601 € (seiscientos un euros).