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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 44 Lunes, 4 de marzo de 2013 Pág. 6330

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 13 de febrero de 2013 por la que se notifica la resolución del expediente de reposición de la legalidad urbanística IU3/87/2011, devuelta por el órgano notificador por resultar la destinataria ausente en el reparto.

La directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 3 de diciembre de 2012, la resolución por la que se declara ilegalizable la actividad de parcelación urbanística y construcción de edificaciones en los lotes resultantes realizada en el lugar de Duancos, en el término municipal de Castro de Rei, por ser incompatible con el ordenamiento urbanístico, y se ordena la reposición de los terrenos al estado anterior al inicio de las obras.

Al no poderse realizar la notificación personal de aquella resolución a María José Gavin Seoane, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se notifica a la interesada dicha resolución.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se comunica a la interesada que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, la interesada puede interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que se haya producido la notificación, ante la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejercen su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, pueden interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste, y les sirva de notificación a la citada interesada en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la LRJPAC, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 13 de febrero de 2013

María Martínez Allegue
Directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística