Se pone en conocimiento de todos los interesados en la zona de concentración parcelaria de San Bartolomeu de Berrande (Vilardevós-Ourense) que, con fecha 14 de diciembre de 2012, el director general de Desarrollo Rural, en uso de las facultades que le confieren los artículos 23 y 25 de la Ley 10/1985, de 14 de agosto, de concentración parcelaria para Galicia, modificada por la Ley 12/2001, de 10 de septiembre, resolvió excluir del proceso de concentración parcelaria de San Bartolomeu de Berrande (Vilardevós-Ourense) las parcelas que figuran recogidas en las siete hojas que constituyen el anexo 1 de esa resolución.
Ourense, 3 de enero de 2013
P.A. (Resolución 26.6.2012)
José-Antonio García Rodríguez
Jefe territorial de Ourense