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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 8 Viernes, 11 de enero de 2013 Pág. 991

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

ORDEN de 26 de diciembre de 2012 sobre la aprobación definitiva de la modificación puntual del Plan general de ordenación municial del ayuntamiento de O Porriño para la subsanación de errores en el polígono de A Granxa.

El Ayuntamiento de O Porriño aporta la modificación puntual del PGOM para la subsanación de errores en el polígono de A Granxa, en solicitud de su aprobación definitiva, conforme a lo dispuesto en el artículo 85.7 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia.

I. Antecedentes.

I.1. El ayuntamiento de O Porriño dispone en la actualidad de un PGOM aprobado definitivamente el 10.4.2003, con un texto refundido aprobado el 26.6.2003.

I.2. Este PGOM mantuvo la vigencia del Plan parcial de A Granxa aprobado el 30.5.1994 y sus 6 modificaciones de fechas 3.4.1998, 13.11.1998, 22.11.2001, 30.3.2003, 18.4.2005 y 11.10.2010; incorporándolo como ámbito de planeamiento incorporado (OIPA-19).

I.3. En fecha 24.7.2007, la CPTOPT emitió informe previo a la aprobación inicial de esta modificación, sin formular objeciones; precisando la necesidad de someterla a evaluación ambiental y de obtener informe de la Comisión Superior de Urbanismo.

I.4. Consta decisión de 15.4.2008, de la Dirección General de Desarrollo Sostenible, sobre la no necesidad de someter la MP a evaluación ambiental.

I.5. La presente modificación puntual fue aprobada inicialmente por el Ayuntamiento Pleno en sesión de 31.5.2010. Fue sometida a información pública con anuncios en los periódicos Faro de Vigo de 5.6.2010 y Atlántico de 4.6.2010; y en el Diario Oficial de Galicia de 30.6.2010.

I.6. Constan informes municipales, técnico de 11.3.2010 y jurídico de 19.4.2010.

I.7. La modificación puntual fue aprobada provisionalmente por el Ayuntamiento Pleno de O Porriño el 11.10.2010.

I.8. El 21.2.2011 la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras emite informe en el seno del artículo 85.7 de la LOUG señalando una serie de deficiencias documentales y procedimentales.

I.9. El Ayuntamiento de O Porriño recabó los informes sectoriales de la Dirección General del Patrimonio Cultural (19.7.2011) y de la Demarcación de Carreteras del Estado del Ministerio de Fomento (13.7.2011 y de 9.7.2012).

I.10. La modificación puntual fue aprobada por el Ayuntamiento Pleno de O Porriño el 27.8.2012.

II. Análisis y consideraciones.

Analizada la documentación remitida por el Ayuntamiento de O Porriño, y vista la propuesta literal que en esta misma fecha eleva la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, resulta:

1. La MP tiene por finalidad a corrección de los errores producidos en la transposición del Plan parcial de A Granxa en los documentos gráficos y escritos del PGOM, en el ámbito del OIPA-19 (Ordenanza de incorporación de planeamiento nº 19, de la ordenanza 7 del PGOM).

2. Esta finalidad puede considerarse como interés público de cara a fundamentar la modificación de planeamiento al amparo del artículo 94.1 de la LOUG.

3. La MP supone incorporar o excluir 10 pequeñas porciones de terreno en el borde este del OIPA-19, asignándoles la ordenación detallada de las parcelas colindantes.

Redefinir el límite entre el OIPA-19 y el OIPA-20.

Excluir en el sudoeste del OIPA-19 terrenos que estaban fuera del PP y clasificarlos como SRPI.

Excluir banda de terrenos de 17.683 m2, del oeste del sistema general de zonas verdes SJ15 del PGOM (parcela 261 del PP) que bordea la N-550 (SV8) para clasificarla como SRPI.

Excluir de ese sistema general de zonas verdes SJ15 las parcelas: 260 del PP (16.801 m2), lámina de agua de A Lagoa-2 Riego (19.146 m2) y parcela con edificación rodeada por la parcela 261 (1.944 m2) para integrarlas en el OIPA-19 con su ordenanza de equipamiento comercial y social del PP.

Incluir en el sistema general de zonas verdes SJ15 una banda de terreno paralela al SV8 de 12.724 m2, que se deduce del OIPA-19, parcela nº 262 del PP.

4. Considerando que la modificación afecta a terrenos calificados como espacios libres públicos, se recabó el informe favorable de la Comisión Superior de Urbanismo en su sesión de 19.12.2012, de conformidad con lo previsto en el artículo 94.4 de la LOUG.

La competencia para resolver sobre la aprobación definitiva del planeamiento general le corresponde al conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 89 y 93.4 de la LOUG, y en el artículo 1 del Decreto 316/2009, de 4 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras.

IV. Resolución.

Visto lo que antecede,

RESUELVO:

Primero. Otorgar la aprobación definitiva a la modificación puntual del PGOM de O Porriño para corrección de errores en el polígono de A Granxa, de acuerdo con el artículo 85.7.a) de la Ley 9/2002, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 92 de la Ley 9/2002 y 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, el ayuntamiento deberá publicar en el BOP la normativa y ordenanzas del PGOM aprobado definitivamente.

Tercero. Notifíquese esta orden al ayuntamiento y publíquese en el Diario Oficial de Galicia.

Cuarto. Contra esta orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, que se contarán desde el día siguiente al de su publicación, según disponen los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 26 de diciembre de 2012

Agustín Hernández Fernández de Rojas
Conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras