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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 4 Lunes, 7 de enero de 2013 Pág. 507

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural y del Mar

ORDEN de 28 de diciembre de 2012 por la que se deja sin efecto la Orden de 25 de septiembre de 2012 por la que se procede a la apertura del plazo para la presentación de la renovación del compromiso por los titulares de explotaciones beneficiarios de las ayudas establecidas en la Orden de 18 de abril de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de sistemas de producción de razas ganaderas autóctonas en regímenes extensivos (Diario Oficial de Galicia número 79, de 24 de abril).

El viernes 5 de octubre se publicó en el Diario Oficial de Galicia número 191 la Orden de 25 de septiembre de 2012 por la que se procede a la apertura del plazo para la presentación de la renovación del compromiso por los titulares de explotaciones beneficiarios de las ayudas establecidas en la Orden de 18 de abril de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de sistemas de producción de razas ganaderas autóctonas en regímenes extensivos (Diario Oficial de Galicia número 79, de 24 de abril).

Estas ayudas se sufragan con cargo a la aplicación presupuestaria 16.22.713C.771.4 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2012, dotada para esta finalidad con 350.000 euros.

Dicha aplicación está financiada con cargo a transferencias finalistas de la Administración general del Estado.

En este sentido, y teniendo en cuenta el artículo 17 de la Orden de 18 de abril de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de sistemas de producción de razas ganaderas autóctonas en regímenes extensivos (Diario Oficial de Galicia número 79, de 24 de abril), la concesión de la ayuda estará sometida a la condición suspensiva de la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución.

A día de hoy no consta ningún ingreso efectivo por dicho concepto en el Tesoro de la Xunta de Galicia por parte del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Al amparo de lo señalado en los párrafos anteriores, es necesario dejar sin efecto esta convocatoria de ayudas, con el objetivo de cumplir la normativa en materia de estabilidad presupuestaria y déficit público.

Así pues, de acuerdo con lo expuesto y con lo establecido en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, en el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba su reglamento, así como en los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y en el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento general de subvenciones, y en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO:

Artículo único

Se deja sin efecto la Orden de 25 de septiembre de 2012 por la que se procede a la apertura del plazo para la presentación de la renovación del compromiso por los titulares de explotaciones beneficiarios de las ayudas establecidas en la Orden de 18 de abril de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de sistemas de producción de razas ganaderas autóctonas en regímenes extensivos (Diario Oficial de Galicia número 79, de 24 de abril).

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Secretaría General de Medio Rural y Montes, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117, modificados por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 28 de diciembre de 2012

Rosa María Quintana Carballo
Conselleira del Medio Rural y del Mar