A los efectos previstos en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico (BOE nº 285) y por el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE nº 310); el Decreto 442/1990, de 13 de septiembre, de evaluación de impacto ambiental para Galicia (DOG nº 188) y el Real decreto legislativo 1/2008, de 11 de enero, por lo que se aprueba el texto refundido de la Ley de evaluación de impacto ambiental de proyectos (BOE nº 23), modificado por la Ley 6/2010 (BOE nº 73), se someten a información pública las solicitudes realizadas por Red Eléctrica de España, S.A.U., con domicilio social en Paseo Conde de los Gaitanes, nº 177, La Moraleja, 28109 Alcobendas (Madrid), de las instalaciones eléctricas que se citan:
1º Solicitud de autorización administrativa, aprobación de proyecto de ejecución, declaración de impacto ambiental y declaración de utilidad publica, en concreto.
Expediente: IN407A 2009/471-1.
Denominación: nueva subestación a 220 kV de Lousame.
Situación: ayuntamiento de Lousame (A Coruña).
Características técnicas principales:
Subestación a 220 kV con esquema de doble barra con acoplamiento, en tecnología convencional, con las siguientes posiciones pertenecientes a la red de transporte:
Dos posiciones de línea de entrada/salida de la actual línea a 220 kV Santiago de Compostela-Tambre II.
Una posición de línea de entrada de la nueva línea a 220 kV Lousame-Tibo.
Una posición de línea de entrada de la nueva línea a 220 kV Lousame-Mazaricos.
Una posición de acoplamiento y medida.
La relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados por dicha instalación que se consideran de necesaria expropiación figuran en el anexo I que se inserta junto con esta resolución.
2º Solicitud de autorización administrativa y declaración de impacto ambiental.
Expediente: IN407A 2009/268-1.
Denominación: LAT DC 220 kV Lousame-Tibo.
Situación: ayuntamientos de Lousame, Rois, Brión, Padrón, Teo (A Coruña), y de A Estrada, Valga, Caldas de Reis, Cuntis, Pontecesures (Pontevedra).
Caracteristicas técnicas principales:
Línea eléctrica aérea a 220 kV, de doble circuito, con conductor tipo Condor AW, y dos cables tierra-óptico tipo OPGW 15.3-48 FO-17 KA, sobre apoyos metálicos de celosía, con origen en la futura subestación de Lousame (expediente IN407A 2009/471) situada en la provincia de A Coruña, y final en la subestación de Tibo, situada en la provincia de Pontevedra; con una longitud total de 40,338 km y 27 alineaciones, de los cuales 23,454 km en la provincia de A Coruña, en los ayuntamientos de Lousame, Rois, Brión, Padrón, Teo y 16,884 km en la provincia de Pontevedra, en los ayuntamientos de A Estrada, Valga, Caldas de Reis, Cuntis, Pontecesures.
3º Solicitud de autorización administrativa y declaración de impacto ambiental.
Expediente: IN407A 2009/269-1.
Denominación: LAT DC 220 kV Lousame-Mazaricos.
Situación: ayuntamientos de Lousame, Rois, Brión, Negreira, Outes, Mazaricos (A Coruña).
Características técnicas principales:
Línea eléctrica aérea a 220 kV, de doble circuito, con una longitud total de 27,431 km y 18 alineaciones, con conductor tipo Condor AW, y con dos cables tierra-óptico tipo OPGW-15.3 48 FO17 KA, sobre apoyos metálicos de celosía, con origen en la subestación de Mazaricos (expediente IN407A 2009/472) y final en la futura subestación de Lousame (expediente IN407A 2009/471).
4º Solicitud de autorización administrativa, aprobación de proyecto de ejecución, declaración de impacto ambiental y declaración de utilidad publica, en concreto.
Expediente: IN407A 2009/270-1.
Denominación: LAT 220 kV DC E/S sub. Lousame de la LAT Santiago-Tambre.
Situación: ayuntamientos de Lousame, Rois, Brión (A Coruña).
Características técnicas principales:
Línea eléctrica aérea a 220 kV, de doble circuito, con una longitud total de 1,659 km, con conductor tipo Condor AW, y con dos cables tierra-óptico tipo OPGW 15.3 48 FO tipo I 17 kA, sobre apoyos metálicos de celosía, con origen en apoyo nº 30 a sustituir de la LAT 220 kV SC Santiago-Tambre existente y final en la misma línea, una vez entre y salga de la futura subestación de Lousame (expediente IN407A 2009/471).
La relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados por dicha instalación que se consideran de necesaria expropiación figuran en el anexo II que se inserta junto con esta resolución.
El estudio de impacto ambiental único correspondiente al conjunto de las instalaciones podrá examinarse en los ayuntamientos de Lousame, Rois, Brión, Padrón, Teo, Negreira, Outes y Mazaricos de la provincia de A Coruña, y en los ayuntamientos de A Estrada, Valga, Caldas de Reis, Cuntis y Pontecesures de la provincia de Pontevedra, así como en las dependencias de las jefaturas territoriales de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Infraestructuras de A Coruña y de Pontevedra, y en las jefaturas territoriales de la Consellería de Economía e Industria de A Coruña y de Pontevedra.
La declaración de utilidad pública, según lo señalado en el artículo 54 de la citada Ley 54/1997, llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa (BOE nº 351).
Todas aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán examinar el expediente y presentar sus alegaciones en esta jefatura territorial, sita en el edificio administrativo de Monelos, calle Vicente Ferrer, 2, 2ª planta, 15071 A Coruña, así como en la Jefatura Territorial de la Consellería de Economía e Industria de Pontevedra, sita en la avenida Fernández Ladreda 43, 36003 Pontevedra, en el plazo de treinta días, a partir de la última publicación o notificación individual.
Es de significar que esta publicación se realiza igualmente a los efectos determinados por el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, cuando los interesados sean desconocidos, se ignore el lugar de notificación, o bien, intentada la notificación no se pudiera realizar, y de esta manera dirigir al Ministerio Fiscal las diligencias que se produzcan sobre estos, de conformidad con el artículo 5 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa.
A Coruña, 22 de noviembre de 2012
Susana Vázquez Romero
Jefa territorial de A Coruña