En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia y se crean el canon eólico y el Fondo de Compensación Ambiental, en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en el Decreto 661/2007, de 25 de mayo, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial, y teniendo en cuenta lo establecido en el Real decreto legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de evaluación de impacto ambiental de proyectos (modificado por la Ley 6/2010, de 24 de marzo), y en el Decreto 442/1990, de 13 de septiembre, de evaluación de impacto ambiental para Galicia, así como en la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, de ordenación del territorio de Galicia, y en el Decreto 80/2000, de 23 de marzo, por el que se regulan los planes y proyectos sectoriales de incidencia supramunicipal, se somete a información pública la solicitud formulada por Fenosa Wind, S.L., para las instalaciones que a continuación se describen:
Peticionaria: Fenosa Wind, S.L., avenida de Arteixo, nº 171, 15007 A Coruña.
Situación: ayuntamientos de Pol, Castroverde, Baleira y Baralla (Lugo).
Emplazamiento:
Zona: 3.
Área de Desarrollo Eólico (ADE): Serra do Punago II-3-4.
Poligonal de delimitación:
UTM X |
UTM Y |
|
P1 |
641.130 |
4.763.440 |
P2 |
641.840 |
4.763.550 |
P3 |
642.980 |
4.759.990 |
P4 |
643.800 |
4.758.840 |
P5 |
643.000 |
4.758.500 |
P6 |
640.100 |
4.759.500 |
Aerogeneradores:
UTM X |
UTM Y |
|
A1 |
641.512 |
4.763.180 |
A2 |
641.625 |
4.763.004 |
A3 |
641.688 |
4.762.795 |
A4 |
641.712 |
4.762.543 |
A5 |
641.749 |
4.762.293 |
A6 |
641.793 |
4.762.065 |
A7 |
641.320 |
4.761.588 |
A8 |
641.476 |
4.761.363 |
A9 |
641.728 |
4.761.220 |
A10 |
642.573 |
4.759.885 |
A11 |
642.705 |
4.759.721 |
A12 |
642.832 |
4.759.544 |
A13 |
643.015 |
4.759.422 |
A14 |
643.149 |
4.759.259 |
A15 |
643.236 |
4.759.075 |
A16 |
643.312 |
4.758.883 |
Antena meteorológica:
UTM X |
UTM Y |
|
Torre 1 |
641.555 |
4.762.914 |
Potencia nominal: 48 MW.
Producción neta anual estimada: 160.498 MW h/año.
Presupuesto total: 54.809.119,77 euros.
Características técnicas principales:
• 16 aerogeneradores Enercon E-101 de 3.000 kW de potencia nominal unitaria, con torre de hormigón prefabricado, 99 m de altura de buje y 101 m de diámetro de rotor.
• 16 centros de transformación de 3.500 kVA de potencia nominal unitaria y relación de transformación 0,4/30 kV, Dyn5, instalados individualmente en el interior de cada aerogenerador con sus correspondientes aparallajes de seccionamiento, maniobra y protección.
• 1 antena meteorológica autoportante de 99 m de altura, equipada con veletas, anemómetros, medidores de temperatura, medidores de presión y registrador de datos.
• Líneas eléctricas subterráneas de 30 kV de tensión nominal, en conductor directamente enterrado en zanjas, para la evacuación de la energía generada, de interconexión entre los centros de transformación 0,4/30 kV y subestación transformadora 30/220 kV.
• Caminos o viales, de 4 m de anchura mínima, formados por capas de zahorra compactada para o acceso a aerogeneradores, torre anemométrica, edificio de control y subestación eléctrica.
• Subestación transformadora, con una posición de línea de salida aérea con un módulo HIS, un transformador principal 30/220 kV intemperie, de 56 MVA de potencia nominal, YNd11, y otro de servicios auxiliares 30/0,4 kV de 100 KVA, Dyn11, con los correspondientes equipos de control, seccionamiento, maniobra, medida y protección.
• Edificio de control en el que se situarán, entre otros elementos, las celdas de línea, de protección y de medida.
Objeto de información pública:
• Proyecto de ejecución de las instalaciones descritas a los efectos de su autorización administrativa, aprobación y declaración de utilidad pública (que llevará implícita, de acuerdo con el artículo 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, la necesidad de urgente ocupación a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados necesarios para el establecimiento de estas instalaciones) así como para su reconocimiento como instalaciones de producción de energía eléctrica en régimen especial.
• Estudio de impacto ambiental.
• Proyecto sectorial de incidencia supramunicipal.
Lo que se hace público para conocimiento general y de los propietarios de las fincas y demás titulares de bienes y derechos afectados que figuran en la relación que se inserta como anexo de este anuncio, así como de las personas que, siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados, hubieran sido omitidas, para que puedan examinar el proyecto y presentar las objeciones o alegaciones que consideren oportunas en esta jefatura territorial, con domicilio en el Edificio Administrativo de la ronda de la Muralla 70, 27071 Lugo, en el plazo de 30 días hábiles contados a partir de la última publicación de este anuncio o de su notificación individual.
A idénticos efectos y en el mismo plazo el proyecto sectorial de incidencia supramunicipal podrá ser examinado en las dependencias de la Jefatura Territorial de la Consellería de Economía e Industria en Lugo, y en los ayuntamientos de Pol, Castroverde, Baleira y Baralla (Lugo) y el estudio de impacto ambiental en las dependencias de esta jefatura territorial, de la Jefatura Territorial de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras en Lugo y en esos ayuntamientos.
Finalizado el plazo, el expediente, junto con las alegaciones recibidas, se remitirá a la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consellería de Economía e Industria. Esta publicación se realiza igualmente a los efectos determinados por el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, cuando los interesados sean desconocidos, no se sepa el lugar o el medio de notificación, o bien, cuando intentada la notificación, no se hubiera podido realizar.
Lugo, 30 de octubre de 2012
José Manuel Vázquez Leirado
Jefe territorial de Lugo