De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 13, de 14 de enero), se notifica a la persona que a continuación se indica la resolución del expediente administrativo instruido de conformidad con lo dispuesto en el art. 172 y siguientes del Código civil, por no ser posible dicha notificación en el último domicilio que consta en el expediente obrante en esta jefatura territorial.
La interesada podrá interponer recurso ante el Juzgado de Primera Instancia de Pontevedra que por turno corresponda, en un plazo de tres meses desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, sin necesidad de reclamación administrativa previa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de enjuiciamiento civil.
El correspondiente expediente obra en el Servicio de Familia y Menores, de la Jefatura Territorial de la Consellería de Trabajo y Bienestar de Vigo.
Nº expediente: 2009/253-5.
Interesada: Dolores Sousa Vázquez.
Domicilio: desconocido.
Asunto: notificación de una resolución administrativa de fecha 2 de julio de 2012.
Vigo, 19 de octubre de 2012
P.A. (Decreto 109/2012, de 22 de marzo)
María Peón Fernández
Jefa del Servicio de Coordinación Administrativa