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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 203 Miércoles, 24 de octubre de 2012 Pág. 40161

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural y del Mar

CÉDULA de 19 de septiembre de 2012, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se hace pública una notificación de resolución de recurso de alzada del expediente sancionador PESAN1 2011/000666-5.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, de 27 de noviembre), se notifica a la persona que a continuación se relaciona, la resolución de recurso de alzada del expediente instruido por infracción de la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia, modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre.

El interesado dispone de un plazo de diez días, contado a partir del día siguiente a la publicación de este edicto, para examinar el expediente e interponer, dentro del plazo que en cada caso se establezca, el recurso pertinente.

El expediente relacionado a continuación se encuentra a disposición del interesado en la citada Jefatura de Coordinación del Área del Mar de Vigo, c/ Concepción Arenal, 8.

Nº de expediente: PESAN1 2011/000666-5.

Denunciado: Marítima de Hoteis e Restaurantes, S.L.

NIF: B36916989.

Dirección: plaza de Compostela, 6, entresuelo, Vigo (Pontevedra).

Precepto infringido: 137.G.2.

Sanción: 301 euros.

Resolución: desestimatoria confirmando la resolución recurrida.

De conformidad con lo previsto en la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 23 de noviembre de 2001 (DOG nº 235, de 5 de diciembre), el importe de dicha sanción deberá ser abonada en los plazos que establece el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, o de lo contrario se procederá, sin más trámite, a su cobro por la vía de apremio reglamentaria. Para el pago en período voluntario el interesado deberá recoger en la antedicha Jefatura de Coordinación de la Consellería del Medio Rural y del Mar el documento de ingreso correspondiente.

Si cumple los requisitos previstos en el artículo 151 de la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, podrá solicitar, en el plazo de un mes contado a partir de la firmeza de la presente resolución, la suspensión condicional de la ejecución de la sanción impuesta, mediante escrito motivado en el que manifieste el compromiso de atenerse a las condiciones que para su otorgamiento se establezcan, a fin de garantizar, durante el plazo de suspensión, un comportamiento de respeto a la normativa reguladora de la actividad pesquera.

Vigo, 19 de septiembre de 2012

Gerardo Zugasti Enrique
Jefe territorial de Pontevedra